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El Supremo decidió ayer ‘no acatar’ la sentencia del Constitucional que afecta al caso de Los Albertos
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El Supremo decidió ayer ‘no acatar’ la sentencia del Constitucional que afecta al caso de Los Albertos

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) se reunió ayer sin carácter jurisdiccional con el fin de estudiar la reciente sentencia de la Sala Segunda del

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El Supremo decidió ayer ‘no acatar’ la sentencia del Constitucional que afecta al caso de Los Albertos

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) se reunió ayer sin carácter jurisdiccional con el fin de estudiar la reciente sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional (TC) –del pasado mes de abril, contra un fallo de la Audiencia de Orense-, que deja sin efecto la dictada por el propio TS que condena a los primos Alberto Cortina y Alberto Alcocer, ‘Los Albertos’, por el ‘caso Urbanor’. Pues bien, el Supremo ha acusado al Constitucional de invadir sus competencias y de no respetar la Constitución. Además, el TS asegura que no acatará dicha sentencia.

En efecto, la Sala Segunda del Supremo ha considerado que el TC “invade la jurisdicción” de este organismo “y deja vacío de contenido el artículo 123 de la Constitución”, que señala, en su punto primero, que “el Tribunal Supremo, con jurisdicción en toda España, es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales”. El lío, por tanto, está servido.

No es la primera vez que chocan el Supremo y el Constitucional. En enero de 2003, el TS, en una sentencia escandalosa, condenó a once magistrados del Constitucional, entre ellos a Jiménez de Parga, su presidente entonces, al pago de 5.500 euros –500 cada uno- a un abogado por archivar un recurso de amparo sin estudiarlo. Aunque este ha sido el caso más sonado, no es la única vez que las discrepancias han saltado a las páginas de los periódicos.

Sucedió lo mismo en el caso de la doncella de Isabel Preysler, en el que el TS y el TC discreparon sobre si hubo o no invasión de la intimidad. Por otro lado, en el año 94, el Supremo llegó a pedir la mediación del Rey en un caso de paternidad, para evitar lo que el Tribunal entendía que era una intromisión del Constitucional. Otro enfrentamiento lo provocó el Supremo tras admitir una querella de Jordi Pujol contra Jiménez de Parga porque éste cuestionó la diferencia entre regiones y nacionalidades históricas.

El caso que nos ocupa, sin embargo, hace referencia a la posibilidad de que ‘Los Albertos’ entren en prisión en cumplimiento de la sentencia del Supremo, suspendida por el Constitucional al admitir a trámite el recurso de amparo presentado por los primos en el ‘caso Urbanor’. El pasado mes de abril, el Constitucional emitió una sentencia sobre otro juicio que cambiaba radicalmente la doctrina del Supremo sobre prescripción de delitos.

Precisamente esa doctrina fue la que llevó al Supremo a condenar a ‘los Albertos’ a tres años y cuatro meses de prisión como autores de dos delitos consumados de falsedad documental y estafa en el ‘caso Urbanor’ que les enfrenta con sus ex socios Pedro Santieri y Julio Sanmartín. Urbanor era la sociedad propietaria de los terrenos en los que se construyeron las Torre KIO, en la madrileña Plaza de Castilla.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) se reunió ayer sin carácter jurisdiccional con el fin de estudiar la reciente sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional (TC) –del pasado mes de abril, contra un fallo de la Audiencia de Orense-, que deja sin efecto la dictada por el propio TS que condena a los primos Alberto Cortina y Alberto Alcocer, ‘Los Albertos’, por el ‘caso Urbanor’. Pues bien, el Supremo ha acusado al Constitucional de invadir sus competencias y de no respetar la Constitución. Además, el TS asegura que no acatará dicha sentencia.