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De los gastos de alquiler al material escolar: las deducciones autonómicas en Madrid que puedes incluir en tu declaración de la renta
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Campaña Renta 2023

De los gastos de alquiler al material escolar: las deducciones autonómicas en Madrid que puedes incluir en tu declaración de la renta

Es hora de hacer cuentas con Hacienda y para que tengas más posibilidades de que te salga a devolver, es importante que conozcas todos los gastos que puedes deducirte en tu comunidad

Foto: Ya se puede hacer la declaración de la renta 2023. (Europa Press/Eduardo Parra)
Ya se puede hacer la declaración de la renta 2023. (Europa Press/Eduardo Parra)

Ya ha comenzado la campaña de la Renta y desde el pasado 3 de abril puedes modificar o confirmar tu borrador o realizar tu declaración de IRPF. Si resides en la Comunidad de Madrid, es conveniente que conozcas todas las deducciones que puedes añadir para pagar menos.

Precisamente, y al contrario que Cataluña, la Comunidad de Madrid es donde se aplica la fiscalidad más baja del Estado en el tramo autonómico. Unos baremos que oscilan entre el 9% para las bases inferiores a 12.450 euros y el 21% para las rentas superiores a 53.407,20 euros. Por lo que, en total, un madrileño pagará entre el 18,5% y el 45,5%.

Foto: Esta es la comunidad autónoma de España que más IRPF paga.(Agencia Tributaria)

Deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid

En cuanto a las deducciones disponibles en la comunidad, se encuentran algunas por circunstancias personales y familiares:

  • Por nacimiento o adopción de hijos.
  • Por adopción internacional de niños.
  • Por acogimiento familiar de menores.
  • Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad.
  • Por cuidado de hijos menores de 3 años, mayores dependientes y personas con discapacidad.
  • Para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos.
  • Por cuidado de ascendientes.
  • Por obtención de la condición de familia numerosa.

Relativas a la vivienda habitual:

  • Por arrendamiento de vivienda habitual.
  • Por pago de intereses por préstamos para adquisición de vivienda por jóvenes menores de 30 años.
  • Por adquisición de vivienda habitual por nacimiento o adopción de hijos.
  • Por el incremento de los costes de financiación ajena para la inversión en vivienda habitual derivada del alza de los tipos de interés.

Por donativos y donaciones:

  • Por donativos a fundaciones y clubes deportivos.

Otros conceptos deducibles:

  • Por gastos educativos.
  • Por inversión en adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación.
  • Para el fomento del autoempleo de jóvenes.
  • Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil.
  • Por gastos derivados del arrendamiento de vivienda.
  • Por pago de intereses por préstamos a estudios de Grado, Máster y Doctorado.

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