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¿Qué hay que revisar del borrador de la renta para evitar errores en la declaración?
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La OCU aconseja revisar estos datos

¿Qué hay que revisar del borrador de la renta para evitar errores en la declaración?

Si vais a preparar ya el borrador de vuestra declaración de la renta, sería conveniente estar muy atentos a estos datos que la OCU recomienda revisar antes de enviarlo a Hacienda

Foto: ¿Qué hay que revisar del borrador de la renta antes de enviarlo a Hacienda? (Unslpash)
¿Qué hay que revisar del borrador de la renta antes de enviarlo a Hacienda? (Unslpash)

Este martes 11 de abril empieza la campaña de la renta, y los contribuyentes ya pueden acceder al borrador y presentar su declaración a través de internet. Posteriormente, también podrán hacerlo por llamada telefónica a partir del 5 de mayo, y de manera presencial en oficinas desde el 1 de junio.

Como preparación ante todo este proceso, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recomienda revisar el borrador antes de enviarlo, porque Hacienda puede tener algún dato erróneo nuestro o no estar del todo completo. Para ayudar a los contribuyentes, la OCU enumera una lista de datos que cree conveniente repasar atentamente en el borrador.

Foto: ¿Cómo solicitar el borrador de la declaración de la renta 2022-2023 por internet?

Qué hay que revisar del borrador

En total, la OCU señala ocho aspectos del borrador que deberíamos tener muy en cuenta. Estos son los datos que la organización recomienda repasar:

  • Datos personales y familiares. Si durante 2022 se ha cambiado de domicilio o estado civil, o se han tenido hijos o mayores a su cargo, se debe revisar que estos datos figuran de forma correcta en el borrador de declaración para evitar pagar más por no aplicar los mínimos y ventajas fiscales.
  • Gastos e ingresos declarados por inmuebles. Es conveniente verificar que los rendimientos de los inmuebles declarados se imputan de forma correcta, en especial el porcentaje de titularidad en el caso de bienes gananciales.
  • Deducciones en caso de separación. Si durante 2022 se produjo una separación legal, es necesario comprobar que los datos sobre inmuebles se incluyen de forma correcta. También se debe comprobar la opción que interesa más en el pago de pensiones compensatorias y por alimentos.
  • Declaración de los bienes transmitidos. Si durante 2022 se ha vendido o donado algún bien, se debe incluir en la declaración la ganancia o pérdida de patrimonio obtenida en la transacción, pero recordando que Hacienda no admite la compensación de pérdidas de bienes donados.
Foto: Campaña de la declaración de la renta 2022-2023: cuándo empieza y calendario de las fechas (nensuria para Freepik)
  • Deducciones familiares. Hay que comprobar que se incluye de forma correcta las deducciones a las que se tienen derecho por discapacidad o familia numerosa.
  • Deducción por maternidad. Si se ha sido madre trabajadora durante 2022 y no se solicitó el pago anticipado, es posible incluir la deducción por maternidad en la declaración.
  • Deducciones autonómicas. Los contribuyentes tienen derecho en determinados casos a aplicar las deducciones autonómicas establecidas en la comunidad en la que se reside habitualmente. En algunos casos, estas deducciones autonómicas son de carácter familiar (por familia numerosa, por familia monoparental, por nacimiento) o por una serie de gastos (como alquiler de vivienda, ayuda doméstica, gastos educativos, libros de texto, guardería, gastos médicos, recursos energéticos renovables, dispositivos de ahorro de agua, vehículos eléctricos o donativos, etc.).
  • Comprobar qué opción resulta más favorable, si la declaración individual o la conjunta. Se puede optar por el tipo de declaración que resulte más rentable. Por ello, antes de enviar el borrador a Hacienda es recomendable contrastar el resultado de una y otra declaración.

En cualquier caso, si hubiera cualquier error al enviar el borrador, es posible acceder a Renta Web para modificar la declaración y corregir los datos erróneos, siempre que sea antes de que finalice el plazo para presentar la declaración.

Este martes 11 de abril empieza la campaña de la renta, y los contribuyentes ya pueden acceder al borrador y presentar su declaración a través de internet. Posteriormente, también podrán hacerlo por llamada telefónica a partir del 5 de mayo, y de manera presencial en oficinas desde el 1 de junio.

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