Revés para los interinos: la abogada de la UE rechaza convertirles en indefinidos
Reconoce que los interinos que hayan sufrido abuso de temporalidad tienen derecho a una indemnización, pero no es extensible a quienes no la hayan sufrido, y no será la fijeza automática
Unos 800.000 interinos esperaban este día con impaciencia y se han llevado un jarro de agua fría. Hoy era la fecha fijada para que la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Juliane Kokott, publicara su informe de conclusiones, que suele servir como guía para el fallo posterior del tribunal, ante la reclamación de los interinos. La abogada da la razón a los interinos en el sentido de que las Administraciones Públicas españolas han cometido un abuso de temporalidad con los interinos que llevan años cubriendo plazas vacantes que no han salido a oposición. Sin embargo, rechaza su principal demanda de que el tribunal europeo les convierta automáticamente en indefinidos como sanción contra la Administración por este abuso de poder.
La abogada no prohíbe que la justicia española declare, cuando así lo considere, que estos interinos deben ser convertidos en indefinidos, pero niega que se deba aplicar de forma autómatica. En su lugar, se inclina por que se adopten sanciones económicas, que podrían tener dos partes: una primera a modo de indemnización equivalente a la que tendría un indefinido (33 días por año trabajado) y una segunda por los daños causados. Lo que sí descarta claramente es que la conversión de los interinos en fijos sea la sanción adecuada para todos ellos y deja en manos de la justicia española que decida en qué casos es apropiado aplicarla.
Esto supone un duro mazazo para los interinos, ya que el Tribunal Supremo ha sentado jurisprudencia al respecto y no reconoce la fijeza como la sanción adecuada. De hecho, los interinos que han conseguido llevar su caso hasta el tribunal europeo lo hicieron alegando que la justicia española no respetaba los derechos de la normativa europea.
Kokott argumenta que la jurisprudencia española que rechaza convertir automáticamente a los interinos en fijos no vulnera la normativa europea
Kokott argumenta que la jurisprudencia española que rechaza convertir automáticamente a los interinos en fijos no vulnera la normativa europea. Eso no significa que los interinos que han sufrido un abuso de temporalidad no tengan reconocido su derecho a recibir una indemnización, cosa que la ley española les niega. Lo que sí expresa claramente es que la fijeza que ellos reclaman no tiene por qué ser la sanción adecuada. "El uso abusivo de sucesivos nombramientos temporales por parte de una Administración Pública no se sanciona automáticamente con la transformación de la relación de servicio temporal en una relación de servicio fija", explica. La abogada general va incluso más lejos, y considera que si se aplicara la fijeza para todos los interinos "tendría graves consecuencias para el acceso a la función pública en su conjunto y pondría seriamente en cuestión el objetivo de los procesos de selección".
La abogada considera que el interino tiene derecho a quedarse en el puesto de trabajo hasta que sea cubierto por los cauces ordinarios, esto es, un concurso-oposición, y que posteriormente perciba una indemnización por el abuso sufrido. La estimación de dicho abuso dependerá de "la pérdida de oportunidades de empleo y la consiguiente pérdida de ingresos impide o dificulta en extremo el ejercicio de los derechos", explica la abogada. En cualquier caso, deberían ser los tribunales españoles quienes determinen la cuantía de esta sanción. Además, apunta que "estas medidas deben ir acompañadas de un mecanismo de sanciones efectivo y disuasorio" para que las Administraciones Públicas no vuelvan a cometer el abuso: "Cabría pensar en una obligación adicional de pago de una indemnización por un importe a tanto alzado suficientemente disuasorio".
La abogada también respalda la normativa española que no concede indemnización a un trabajador interino cuando su plaza es cubierta
La abogada también respalda la normativa española, que no concede indemnización a un trabajador interino cuando es despedido cuando su plaza sea cubierta por un trabajador titular. En su opinión, aunque es cierto que los interinos realizan la misma función que sus compañeros fijos, su puesto "no es una plaza de funcionario" porque no han cubierto el concurso-oposición necesario. De ahí que no exista discriminación de trato por no concederles indemnización automática, ya que las plazas no son las mismas. En cualquier caso, deja abierta la puerta a que el tribunal de turno examine si existen razones objetivas para argumentar desigualdad de trato, pero en ningún caso sería una indemnización automática.
[El 'boom' de las oposiciones]
Kokott afea a las distintas administraciones españolas que hayan abusado de la contratación temporal de interinos para cubrir puestos de trabajo de carácter permanente, algo que es totalmente ilegal en el sector privado. En la mayoría de los casos, estos interinos han cubierto plazas fijas durante años porque así las administraciones se ahorraban tener que convocar las oposiciones para contratar a trabajadores fijos. Este abuso tiene que conllevar una sanción contra las administraciones, pero no necesariamente tiene que ser la fijeza.
El abogado de los dos casos de interinos que han llegado hasta el TJUE, Javier Araúz, ha mostrado su optimismo pese a las conclusiones de la abogada general. "Lo que ya no es sostenible es que los interinos mantengan la misma situación de precariedad de despido libre y gratuito", ha señalado, y confía en que finalmente obligue a aplicar la fijeza para todos ellos. "Seguimos confiando en que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que se conocerá en unos dos meses, avalará los derechos de los 800.000 interinos afectados".
Unos 800.000 interinos esperaban este día con impaciencia y se han llevado un jarro de agua fría. Hoy era la fecha fijada para que la abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), Juliane Kokott, publicara su informe de conclusiones, que suele servir como guía para el fallo posterior del tribunal, ante la reclamación de los interinos. La abogada da la razón a los interinos en el sentido de que las Administraciones Públicas españolas han cometido un abuso de temporalidad con los interinos que llevan años cubriendo plazas vacantes que no han salido a oposición. Sin embargo, rechaza su principal demanda de que el tribunal europeo les convierta automáticamente en indefinidos como sanción contra la Administración por este abuso de poder.
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