Es noticia
El 40% de las pensiones de autónomos recibe alguna subvención del Estado
  1. Economía
EL DOBLE QUE LOS ASALARIADOS

El 40% de las pensiones de autónomos recibe alguna subvención del Estado

La diferencia entre lo cotizado y lo percibido en el momento de la jubilación continúa disparada. Sobre todo, en el caso de los trabajadores autónomos. El 40% cobra alguna subvención del Estado

Foto: Un autónomo en su panadería (Corbis)
Un autónomo en su panadería (Corbis)

Las cifras son elocuentes. Y ponen de relieve la enorme diferencia entre lo que cotizan los trabajadores autónomos y la cantidad que finalmente perciben cuando pasan a la jubilación. Nada menos que cuatro de cada diez pensiones (el 39,13%) reciben una subvención a cargo del Estado. O un complemento de mínimos, según la jerga de la Seguridad Social. Pero en el caso de las pensiones de viudedad el porcentaje llega al 42%.

Para hacerse una idea de lo que representan esos porcentajes hay que tener en cuenta que en el caso de las pensiones de jubilación del régimen general (los asalariados) apenas el 21% percibe el complemento de mínimos. O el 18% en el caso de los trabajadores del mar.

La causa de esta enorme diferencia tiene que ver con las escasas cotizaciones que hacen los trabajadores por cuenta propia respecto de la cuantía de sus pensiones, lo que obliga a la Seguridad Social a cubrir la diferencia mediante aportaciones a cargo de los Presupuestos. O expresado de forma más directa, la cuantía media que pone el Estado cada mes en la nómina de un pensionista con complemento de mínimos asciende a 209 euros.

En total, el año 2016, el Gobierno ha presupuestado destinar a ese fin nada menos que 7.409 millones de euros para el conjunto del sistema pese a que desde hace 20 años, cuando se firmó el Pacto de Toledo, la estrategia del sistema público de protección social ha pasado por hacer más proporcional lo cotizado respecto de lo percibido en el momento de la jubilación.

Las cuantías mínimas de las pensiones, como se sabe, se establecen anualmente y tienen como objeto garantizar un nivel mínimo de subsistencia a todos los pensionistas. Cuando la cuantía de la pensión reconocida no llega a la cifra fijada se reconoce un complemento hasta ese importe.

Un derecho con base legal

El derecho a complemento a mínimo no es consolidable, se revisa anualmente, y es incompatible con la percepción por el pensionista de ingresos de trabajo, de capital, o de cualquier otra fuente cuando la suma de todas las percepciones, excluida la pensión a complementar, exceda de una determinada cuantía. Este tope máximo de ingresos se fija anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, y en 2016 es de 7.116,18 euros al año para los pensionistas que no tengan cónyuge a cargo y de 8.301,10 para los que tienen cónyuge a cargo.

En julio 2015 existían 2,49 millones de pensiones con complementos a mínimos, lo que representa un 26,75% del total. Es decir, una de cada cuatro pensiones está subvencionada para alcanzar el mínimo que exige la ley, pero con fuertes diferencias en función de cada uno de los regímenes.

Una de cada cuatro pensiones está subvencionada para alcanzar el mínimo que exige la ley, pero con fuertes diferencias en función de cada régimen

Como admite la propia Seguridad Social en su Informe Económico y Financiero 2016, los complementos a mínimos son habituales en el régimen de autónomos donde sus trabajadores “frecuentemente cuentan con menos años cotizados y cotizan en una elevada proporción por la base mínima”. Por lo tanto, en muchos casos, los trabajadores por cuenta propia han preferido cotizar por bases más bajas que sus ingresos reales porque saben que al final será el Estado quien complemente su pensión con aportaciones procedentes de impuestos, toda vez que el proceso de separación de fuentes de financiación ha culminado.

Hay que tener en cuenta que, según un estudio de CCOO, con datos de la propia Seguridad Social, la base media de cotización se sitúa en el régimen general (trabajadores por cuenta ajena) en 1.723 euros, mientras que en el RETA (régimen de autónomos) esa cuantía descendiente hasta los 1.052 euros mensuales, lo que supone un 38% menos.

Esa diferencia, lógicamente, se traslada a la hora del cálculo de las pensiones. Mientras que la cuantía media de las nuevas pensiones se situaba en 2014 en 1.113 euros, en el caso de los autónomos baja hasta los 713 euros. Casi el 40% de estos pensionistas son los que están ‘subvencionados’ por el Estado a través de los complementos de mínimos. En total, 770.159 autónomos perciben alguna ayuda del Estado en el momento de la jubilación, lo que supone prácticamente el doble que en 2001 (370.820).

En el caso de los asalariados, el porcentaje de pensiones subvencionadas ha crecido en los últimos años del 19% en 2011 al 24% en julio de 2015, pero sobre todo debido a la integración de los trabajadores del régimen especial agrario y a los empleados del hogar. En ambos regímenes especiales, como sostiene la Seguridad Social, “más de la mitad de sus pensionistas generaban pensiones con complemento a mínimos al cotizar por bases fijas y a menudo con pocos años cotizados”.

La propia Seguridad Social destaca que mientras el 71,6% de los trabajadores asalariados se jubilan después de haber cotizado 35 o más años (el mínimo legal para cobrar el 100% de la base reguladora), en el régimen de autónomos el porcentaje de pensiones con escaso número de años cotizados es “importante”, por lo que la incidencia de los complementos a mínimos es más elevada.

Las cifras son elocuentes. Y ponen de relieve la enorme diferencia entre lo que cotizan los trabajadores autónomos y la cantidad que finalmente perciben cuando pasan a la jubilación. Nada menos que cuatro de cada diez pensiones (el 39,13%) reciben una subvención a cargo del Estado. O un complemento de mínimos, según la jerga de la Seguridad Social. Pero en el caso de las pensiones de viudedad el porcentaje llega al 42%.

Seguridad Social Derecho Presupuestos Generales del Estado CCOO
El redactor recomienda