Es noticia
Ahogados por la deuda: ¿le conviene a una persona declararse en quiebra?
  1. Economía
LAS FAMILIAS SON HASTA EL 20% DE LOS CASOS DE CONCURSOS ATENDIDOS POR LOS ABOGADOS

Ahogados por la deuda: ¿le conviene a una persona declararse en quiebra?

“Mi mujer se ha quedado en el paro, a mí me han reducido la jornada y no podemos seguir pagando las deudas del coche, la casa,

Foto: Ahogados por la deuda: ¿le conviene a una persona declararse en quiebra?
Ahogados por la deuda: ¿le conviene a una persona declararse en quiebra?

“Mi mujer se ha quedado en el paro, a mí me han reducido la jornada y no podemos seguir pagando las deudas del coche, la casa, los electrodomésticos y las vacaciones. ¿Qué hacemos?”. Durante los primeros años de la crisis las familias recurrieron a créditos personales para hacer frente a este tipo de situaciones. Pero han llegado a un punto en que devolver esos préstamos supone otra carga que tampoco pueden afrontar. ¿Qué opciones les quedan? Pueden seguir endeudándose, refinanciar la deuda o declararse en quiebra si la situación es extrema. Ninguna de las soluciones está exenta de riesgo.

Los datos son poco alentadores. Los bancos conceden menos préstamos y lo hacen a unos tipos cada vez más caros, cercanos al 10% en los créditos al consumo, según los datos del Banco de España publicados esta semana. Ante las dificultades crecientes de las familias para obtener financiación, las deudas adquiridas durante la burbuja en algunos casos son ya inasumibles. El número de personas que acuden a los despachos de abogados, gestorías y  empresas intermediarias entre banco y cliente es cada vez mayor y la salida que se busca es cada vez más desesperada, según explican las fuentes consultadas.

La mayoría de expertos en refinanciaciones y abogados que gestionan procesos concursales aconsejan que declararse en quiebra sea la última vía para una persona física, ya que la ley está hecha para empresas y no protege a los individuos, que pueden perderlo todo y aun así seguir arrastrando las deudas. El proceso empieza cuando la familia tiene varios créditos pendientes de pago con distintos acreedores y no tiene liquidez para afrontarlos. Entonces, si opta por esta vía debe solicitarlo en el juzgado de lo mercantil correspondiente y el juez determinará si procede y cuáles son las necesidades económicas mínimas para que esa persona y las que estén a su cargo puedan vivir -vivienda, alimentación-. En una primera fase se establece un administrador concursal y se negocia con los acreedores. Si no hay acuerdo se liquidan los bienes de la familia para saldar la deuda.

Cada vez hay más familias que piden declararse en quiebra, subraya Armando González, director comercial del Negociador Bancario. En esto coincide con otros expertos, como los responsables de Agencia Negociadora o los socios del bufete Rosales. Antes de la crisis prácticamente ninguna familia lo solicitaba -la ley les permite hacerlo desde 2003-, pero “hasta 2008-2009 no empezaron a entrar casos de personas físicas”, afirma José Plaza, socio director de Rosales. Ahora, los despachos reconocen que las familias que piden la quiebra ya representan entre el 15 y el 20% de los atendidos por los abogados.

Otra cuestión es cuántas llevan el proceso hasta el final. Los datos del INE muestran que el número de personas físicas sin actividad empresarial que se ha declarado en concurso de acreedores en el primer trimestre de 2013 ha sido un 17% inferior al del trimestre anterior. En concreto fueron 193, frente a un total de concursos de 2.854. Cataluña y Madrid son las comunidades que más deudores en quiebra registraron, 43 y 26, respectivamente.  

Para las familias es rentable, para las familias no

El problema del concurso de acreedores, explican los abogados, es que en el caso de que se pase a la liquidación, deshacerse de la deuda para las familias es más difícil que para las sociedades. Para las empresas, una vez que se ha liquidado todo, se disuelve la sociedad. “Pero las familias no se disuelven y la deuda pendiente les persigue el resto de su vida, hasta que la salden”, advierte Verónica Doblado, de Iure Abogados.

“Para las empresas es rentable, para las familias no. Por lo menos hasta que cambie la norma: con la ley de Apoyo al Emprendedor se espera una modificación para que esto no suceda en los casos en los que la resolución del concurso no sea culpable, es decir, que el problema de deuda no haya derivado de una gestión irresponsable del presupuesto familiar”. En mayo el Gobierno dio el visto bueno al anteproyecto de ley que contempla la protección de la vivienda del autónomo para evitar el embargo. Aunque se debería ir más allá, señala José Plaza: “Hace falta una ley de segunda oportunidad como hay en otros países de nuestro entorno, para poder empezar de cero tras la liquidación”.

Quiebra para reducir los créditos personales

Sin embargo, en algunos casos la quiebra puede ser una solución al estrangulamiento financiero. “El concurso de acreedores sí es una salida para quienes tienen deudas de consumo importantes, de entre treinta y cincuenta mil euros, pero que podrían afrontar el pago de la hipoteca si se librasen de los otros créditos”, explica Armando González de Negociador Bancario.

¿Por qué? Porque cuando se solicita el proceso concursal se frena el pago de los intereses y quedan paralizadas las reclamaciones de todos los acreedores. Por otra parte, para los créditos de consumo, la negociación suele saldarse de forma positiva para el deudor.

Se “puede llegar a reducir estas deudas hasta un 50%, sobre todo en los casos en los que las personas físicas han actuado como avalistas de empresas que han tenido que cerrar”, subraya González. En su experiencia, “lo normal en estos casos es que los acreedores acepten una quita parcial, dadas las circunstancias económicas actuales” y, además, hay un plazo de cinco años para pagar estos créditos.

Renegociación de la deuda

Pero antes de llegar al punto de declararse en quiebra, los expertos aconsejan otras alternativas, como la renegociación de la deuda con la entidad financiera y la reagrupación de los créditos. La primera opción no es fácil. “Mucha gente acude a la oficina de su banco para hablar con el director y ver si se pueden aplazar los pagos o qué solución podría plantearse. El problema es que en bastantes casos no se les está haciendo caso u ofreciendo una opción viable”, señala Luis Javaloyes, consejero delegado de Agencia Negociadora.

Por otro lado, han proliferado los anuncios de empresas que venden como milagro financiero la reunificación de las deudas. Aunque los expertos aconsejan precaución: en realidad, solo sirve para tener mayor desahogo mes a mes y muchas de las empresas solo ofrecen esta vía únicamente a las personas solventes pero con problemas de liquidez.

Cambio del plazo de la deuda

Lo que se hace en estos casos es ampliar la hipoteca para saldar el resto de créditos. De esta forma se convierten los préstamos a corto plazo que no podemos asumir y que suelen tener tipos de interés más altos en créditos a largo al incluirlos dentro de la hipoteca. La cuota mensual se reduce de forma importante y se recortan los intereses, pero hay que tener en cuenta que se alarga el pago de los mismos al prolongar la vida del crédito.

“El aspecto positivo es que organiza la economía de la familia y les da cierta capacidad de ahorro. Pero a largo plazo no pagas menos”, explica Javaloyes. “La realidad financiera no varía”, subrayan desde Bankimia. “Sirve para llegar a final de mes más desahogado, pero no para personas que no pueden pagar las hipotecas, hace falta que la persona tenga ingresos para reestructurar la deuda”, Javaloyes.  

En los últimos seis meses ha crecido bastante la demanda, según los datos que maneja Agencia Negociadora, un 5%. Lo llamativo es que también acude cada vez más gente con un nivel mayor de ingresos. Este tipo de servicios se cobra sólo si se obtiene el resultado que espera el cliente y puede oscilar entre 6.000 y 8.000 euros para un volumen de deuda de 120.000 euros. Y no se cobra directamente, el coste de la agrupación, sino que se incluye el importe en el nuevo crédito para que el impacto para el cliente sea menor.

“Mi mujer se ha quedado en el paro, a mí me han reducido la jornada y no podemos seguir pagando las deudas del coche, la casa, los electrodomésticos y las vacaciones. ¿Qué hacemos?”. Durante los primeros años de la crisis las familias recurrieron a créditos personales para hacer frente a este tipo de situaciones. Pero han llegado a un punto en que devolver esos préstamos supone otra carga que tampoco pueden afrontar. ¿Qué opciones les quedan? Pueden seguir endeudándose, refinanciar la deuda o declararse en quiebra si la situación es extrema. Ninguna de las soluciones está exenta de riesgo.