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Multan a Yelmo con 30.000 euros por no dejar introducir comida de fuera a sus salas
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Tras la denuncia de Facua

Multan a Yelmo con 30.000 euros por no dejar introducir comida de fuera a sus salas

El instituto de consumo vasco Kontsumobide ha interpuesto la sanción a la empresa tras la denuncia de Facua en enero, que denunciaba esta "cláusula abusiva"

Foto: Multan a Yelmo con 30.000 euros por no dejar introducir comida de fuera a sus salas. (Yelmo Cines)
Multan a Yelmo con 30.000 euros por no dejar introducir comida de fuera a sus salas. (Yelmo Cines)

Yelmo Cines tendrá que pagar 30.000 euros por no dejar introducir comida de fuera de sus salas en el País Vasco. El instituto de consumo vasco Kontsumobide ha interpuesto la multa a la empresa tras la denuncia de Facua en enero, que denunciaba esta “cláusula abusiva” para acceder a ver una película.

Facua justificaba en la denuncia que “la actividad principal de un cine es la exhibición de películas y no la restauración, por lo que no resultaba válido que se acogieran a esta excusa para impedir la entrada con comida y bebida del exterior cuando, además, dentro del propio recinto pueden adquirirse alimentos”.

Facua denuncia "la cláusula abusiva" de cines y festivales

La prohibición de no acceder a los cines o festivales con comida del exterior se ha convertido en uno de los asuntos más batallados por la organización. La primera resolución a favor de los consumidores llegó en 2019. En ese caso, el Instituto de Consumo de Extremadura sancionó con 3.005 euros a los multicines Excisa por una "infracción grave" del Estatuto de Consumo de la comunidad al no dejar pasar productos comprados en otros establecimientos.

Muchas de estas demandas se producen tras las quejas de los clientes que se encuentran a las puertas del cine carteles, advirtiendo que no se puede entrar con alimentos y bebidas del exterior. Yelmo Cines sigue en el punto de mira con la denuncia de Facua en Madrid. La organización ha llevado ante la Justicia el caso de la capital este mismo año. Y han interpuesto una acción de cesación al considerar que la cadena incurre con ello en una “cláusula abusiva con la que limita los derechos de los consumidores”.

Desde Facua, se amparan en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. La normativa determina la prohibición como abusiva, ya que en su artículo 82.1 recoge como tales aquellas que provoquen "un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato". También se apoyan en el reglamento de la Comisión de Cooperación de Consumo, donde se indica que "las cláusulas en las que se impone al consumidor limitaciones en orden a la adquisición de los productos sin fundarse en circunstancias objetivas deben ser consideradas abusivas".

Además, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha consideró que "si se limita la posibilidad acceder a la sala en función de la procedencia de los productos y solo se pueden consumir los adquiridos en su interior, resulta que de manera indirecta se está imponiendo que utilice servicios que en principio no ha solicitado, pero que se ve forzado a pedir a la propia empresa".

Yelmo Cines tendrá que pagar 30.000 euros por no dejar introducir comida de fuera de sus salas en el País Vasco. El instituto de consumo vasco Kontsumobide ha interpuesto la multa a la empresa tras la denuncia de Facua en enero, que denunciaba esta “cláusula abusiva” para acceder a ver una película.

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