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¿Puedo llevar mi propia comida a un festival? Un abogado explica el cambio que ha sufrido esta normativa
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El primer expediente sancionador

¿Puedo llevar mi propia comida a un festival? Un abogado explica el cambio que ha sufrido esta normativa

Las empresas ofrecen servicios con comida para consumir dentro, pero son muchos los que prefieren ahorrarse ese gasto extra que no entra dentro del precio de la entrada. ¿Es legal?

Foto: ¿Puedo llevar mi propia comida a un festival? Un abogado explica el cambio que ha sufrido esta normativa.(TikTok)
¿Puedo llevar mi propia comida a un festival? Un abogado explica el cambio que ha sufrido esta normativa.(TikTok)

Es temporada alta de festivales y quienes tienen entrada a estos macroconciertos siempre dudan sobre si se puede acceder al recinto con comida. En la mayoría de casos, las empresas ofrecen servicios con comida para consumir dentro, pero son muchos los que prefieren ahorrarse ese gasto extra que no entra dentro del precio de la entrada.

Pues la duda ya ha sido resuelta tras el primer expediente sancionador a un festival de música por prohibir el acceso con comida y bebida de forma arbitraria. Consumo ha abierto el expediente a la empresa organizadora porque "incluía como cláusula obligatoria la prohibición expresa de entrada al recinto del festival con comida o bebida del exterior, pudiendo los asistentes ser registrados y, en su caso, denegarles la entrada por este motivo".

Foto: Denuncian a Yelmo Cines por su "cláusula abusiva" de acceso: ¿pueden prohibirte entrar con comida y bebida al cine? (Yelmo Cines)

"Un antes y un después"

De esta primera sanción a un festival por este motivo se ha hecho eco un abogado para explicar por qué se considera ilegal. Xavi Abat ha advertido que tras este primer expediente sancionador habrá "un antes y un después".

El abogado señala que prohibir entrar con comida a un festival, sala de cine o parque "vulnera el artículo 82 de la Ley General de Consumidores y Usuarios" y que es "una práctica totalmente abusiva, por tanto, nula". La restricción que aplican las compañías es "ilegal".

Como advierten desde Consumo, las sanciones previstas para estas infracciones pueden llegar a considerarse como infracciones graves o muy graves, y sancionarse con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves, y entre 100.001 y 1.000.000 de euros, en el caso de las muy graves.

Además, en el comunicado indican que se está investigando el sistema de pago a través de pulseras cashless, ya que la devolución y reembolso de la cantidad sobrante no se admite por debajo de 2 euros debido a los gastos de gestión que ascienden a 1,5 euros. De modo que el incumplimiento en este supuesto constituiría una infracción al ser consideradas cláusulas abusivas, así como la negativa a aceptar el pago en efectivo.

Es temporada alta de festivales y quienes tienen entrada a estos macroconciertos siempre dudan sobre si se puede acceder al recinto con comida. En la mayoría de casos, las empresas ofrecen servicios con comida para consumir dentro, pero son muchos los que prefieren ahorrarse ese gasto extra que no entra dentro del precio de la entrada.

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