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Condenan al expresidente de Kutxabank a 6 meses de cárcel por apropiación indebida
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TRIBUNALES

Condenan al expresidente de Kutxabank a 6 meses de cárcel por apropiación indebida

La Audiencia de Vizcaya le impone esta pena por el pago irregular de 243.592 euros bajo su mandato al exdelegado del Gobierno en Euskadi Mikel Cabieces (PSOE), a quien le condena a un año de prisión

Foto: Cabieces, en primer término, Alcorta y Fernández, el pasado mes de febrero durante el juicio. (EFE)
Cabieces, en primer término, Alcorta y Fernández, el pasado mes de febrero durante el juicio. (EFE)

La Audiencia Provincial de Vizcaya ha condenado al expresidente de Kutxabank Mario Ferndández a una pena de seis meses de prisión por un delito de apropiación indebida e inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo de condena por el pago irregular de 243.592 euros al exdelegado del Gobierno en Euskadi Mikel Cabieces (PSOE) durante su mandato por supuestos servicios de asesoría laboral prestados desde el bufete de abogados Alcorta. Al que fuera responsable del Ejecutivo español en el País Vasco le ha impuesto un pena mayor, de un año de prisión, como "cooperador necesario de un delito de apropiación indebida cualificado con la accesoria de inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena". Por su parte, el abogado Rafael Alcorta, el tercer implicado en este caso, ha sido condenado a medio año de cárcel como "cómplice penalmente responsable de un delito de apropiación indebida cualificado y la inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo durante este tiempo".

La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Vizcaya para el que ha sido el juicio más mediático de la esfera económica vasca libra de la cárcel a los tres imputados, a quienes además se les absuelve del delito de falsedad en documento mercantil por el que fueron acusados. La Fiscalía solicitaba penas de cárcel de dos años y medio a tres años.

El expresidente de Kutxabank se sentó en el banquillo de los acusados entre el 14 y 17 de febrero, cuando tuvo lugar la vista oral por los pagos presuntamente irregulares otorgados a Cabieces bajo su mandato durante casi tres años por importe de 243.592 euros (a razón de 5.783 euros al mes). Durante el juicio, Fernández admitió que impulsó el “favor” de dar “un puesto de trabajo” al exdelegado del Gobierno en Euskadi dentro de “la función que tenemos que cumplir de proteger a personas que han estado en primera línea en la lucha contra ETA” con una salida laboral una vez abandonan sus cargos institucionales. No obstante, el expresidente de Kutxabank entregó esta cantidad de su bolsillo el día después de que su sucesor en el cargo, Gregorio Villalabeitia, le pidiera explicaciones por este pago.

La Audiencia Provincial de Vizcaya tiene en cuenta el "atenuante muy cualificado de reparación del daño" de Fernández para rebajarle la condena

Este "atenuante muy cualificado de reparación del daño" es tenido en cuenta por la sección sexta de la Audiencia Provincial de Vizcaya para rebajarle la pena en la sentencia que le condena a seis meses de prisión, a inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo durante este tiempo y a una multa de tres meses con una cuota diario de 50 euros (unos 4.500 euros). El fallo, fechado este lunes 20 de marzo y contra el que se puede interponer recurso de casación en el plazo de cinco días (Fernández ya ha anunciado que lo recurrirá), también impone esta multa económica a Alcorta y la eleva hasta los seis meses en el caso de Cabieces. Además, los tres condenados deberán correr con las costas del procedimiento "excluyendo las correspondientes a la acusación popular", ejercida por los sindicatos LAB, ESK, STEE-EILAS, EHNE, EKA e Hiru y la plataforma de pensiones de Euskal Herria.

Durante el juicio, quien fuera el responsable de la fusión de las tres cajas vascas, relató que “una alta personalidad” de un partido le pidió que buscara acomodo laboral a Cabieces tras el triunfo de Mariano Rajoy en las elecciones de noviembre de 2011, algo que fue “corroborado por llamadas de dos altas personalidades de otro partido”, en alusión al PP y al PSOE. Fernández accedió a esta petición porque, como alegó, “siempre se ha ayudado a encontrar trabajo a las personas que han ocupado cargos relevantes y de primera línea en la lucha antiterrorista, como delegados del Gobierno, gobernadores civiles y consejeros [vascos] de Interior”. En todo caso, negó que se le buscara “un puesto para cobrar” sin trabajar.

Cabieces, sobre quien ha recaído la mayor condena, recibió mensualmente un pago de 5.783 euros al mes por parte de Kutxabank desde marzo de 2012 hasta noviembre de 2014, cuando se acabó la vinculación que unía a ambos, lo que llegó apenas unos días antes que Fernández dimitiera de su cargo enfrentado al PNV ante la falta de apoyo ‘jeltzale’ a sus planes de salir a bolsa y dar entrada a accionistas privados. Al poco de llegar a la presidencia de Kutxabank, Villalabeitia trasladó en febrero de 2015 a la Fiscalía la supuesta práctica irregular de Fernández tras tener conocimiento de que se había pagado a Cabieces sin que prestara servicio alguno a la entidad desde el despacho de Rafael Alcorta. Antes le pidió explicaciones a Fernández, quien decidió expedir un cheque con su dinero por los 243.592 euros pagados al exdelegado del Gobierno en Euskadi y que fue ingresado un día después en la entidad bancaria.

El fallo determina que "el ánimo de beneficiar y el perjuicio correlativo son evidentes y fueron conscientes de ello los tres acusados"

La sentencia argumenta que Fernández "dio orden" al director de Recursos Humanos de Kutxabank, Fernándo López de Eguilaz, de pagar mensualmente a Cabieces 5.783 euros durante un periodo de tres años a cargo de las cuentas de la entidad bancaria, así como 900 euros en concepto de gastos de viaje, siendo "consciente" del "perjuicio económico" que iba a ocasionar a la entidad que presidía. Las facturas era emitidas por el despacho de abogados Alcorta, que prestaba trabajos de asesoría y defensa jurídica para Kutxabank en el ámbito laboral, y el bufete a su vez extendía un cheque nominativo correlativo por el citado importe mensual al exdelegado del Gobierno, que cobraba, según sus facturas, por el concepto “prestación de servicios profesionales de colaboración y asesoramiento y en materia, prioritariamente, jurídico-laboral".

La Audiencia pone de relieve que Cabieces acudía al despacho de Alcorta de forma "esporádica" sin que conste la "frecuencia, volumen e intensidad de la actuación desarrollada conjuntamente con él". Además, expone que no existía "ningún acuerdo" contractual de Cabieces con Kutxabank, para la que "no trabajaba", por lo que los pagos se debían únicamente a una "decisión personal" de Fernández, que procuró al exdelegado del Gobierno "un beneficio económico que se produjo a costa del patrimonio de la entidad". "El ánimo de beneficiar y el perjuicio correlativo son evidentes y fueron conscientes de ello los tres acusados", asevera de forma contundente la sentencia.

La sentencia es contundente: desacredita algunas tesis de las defensas con los calificativos de "realmente insostenibles" o "francamente absurdas"

El fallo es muy contundente. Así, determina que "el conjunto de explicaciones referidas fundamentalmente por Fernández y Cabieces y, con reiteración, por sus defensas, no son sino intentos por ofrecer, a posteriori, una hipótesis alternativa, una presentación de los hechos, realmente insostenible". Según asegura, el expresidente de la entidad bancaria "no pretendió en ningún momento un reforzamiento de la asesoría y asistencia jurídica de Kutxabank en materia laboral". A este respecto, sostiene que la tesis de las defensas de que la actividad de Cabieces suponía un refuerzo ante la mayor carga de trabajo derivada de la fusión de las tres cajas vascas "no puede por menos que ser catalogada, profundizando en todo ello, como francamente absurda".

Por contra, sostiene que el responsable de Kutxabank "actuó de forma personal, al margen de la entidad, sin implicar a ésta en ningún momento, en una actuación por completo ajena a la actividad ordinaria del banco". Haciendo "uso de su autoridad", prosigue el tribunal, Kutxabank realizó durante casi tres años los pagos "simplemente porque así había sido ordenado por su presidente, no, evidentemente, en contraprestación de un servicio que no había sido contratado". Además, recuerda que Fernández "trató de evitar que transcendiera al conocimiento público cualquier implicación de Kutxabank" con Cabieces. "Esos pagos podían haber cesado en cualquier momento sin que Miguel Ángel Cabieces hubiera tenido nada que reclamar", asevera.

Mario Fernández anuncia que va a recurrir la sentencia condenatoria porque tiene "la conciencia tranquila" y para "limpiar" su "honor" profesional

Tras conocer la sentencia, el expresidente de Kutxabank ha emitido un comunicado en el que justifica su intención de presentar un recurso porque tiene "la conciencia tranquila" y para "limpiar" su "honor" profesional. "Recurro porque mi actuación al frente de Kutxabank ha sido legal y ética y siempre en defensa de los intereses de Kutxabank. Voy a recurrir porque nunca, y así ha quedado acreditado, he actuado atendiendo a mis propios intereses. Voy a recurrir la condena, aunque sea por seis meses y un único presunto delito", ha afirmado. Fernández ha denunciado la "situación de indefensión" sufrida durante el juicio por la "vulneración de la presunción de inocencia" y que, a su juicio, "alteró todo el proceso" ."En lugar de probarse los presuntos hechos delictivos, hemos tenido los acusados que probar la inocencia", ha censurado. Aunque es consciente de que "será un proceso largo", ha anunciado que agotará todas las vías judiciales porque, según ha remarcado, "no tengo otro objetivo en este momento que limpiar mi honor profesional labrado durante años de trabajo y esfuerzo".

La Audiencia Provincial de Vizcaya ha condenado al expresidente de Kutxabank Mario Ferndández a una pena de seis meses de prisión por un delito de apropiación indebida e inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo de condena por el pago irregular de 243.592 euros al exdelegado del Gobierno en Euskadi Mikel Cabieces (PSOE) durante su mandato por supuestos servicios de asesoría laboral prestados desde el bufete de abogados Alcorta. Al que fuera responsable del Ejecutivo español en el País Vasco le ha impuesto un pena mayor, de un año de prisión, como "cooperador necesario de un delito de apropiación indebida cualificado con la accesoria de inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo durante el tiempo de la condena". Por su parte, el abogado Rafael Alcorta, el tercer implicado en este caso, ha sido condenado a medio año de cárcel como "cómplice penalmente responsable de un delito de apropiación indebida cualificado y la inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo durante este tiempo".

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