Es noticia
Primera sentencia contra la sanidad privada: 300.000 euros por dejar ciego a un paciente
  1. Tecnología
  2. Ciencia
POR EL USO DE GAS ALA OCTA DEFECTUOSO

Primera sentencia contra la sanidad privada: 300.000 euros por dejar ciego a un paciente

Un hombre que perdió la visión del ojo izquierdo durante una operación de desprendimiento de retina en una clínica cordobesa será indemnizado por la aseguradora Allianz

Foto: Una cirugía de cataratas en Peshawar, Pakistán (EFE / EPA)
Una cirugía de cataratas en Peshawar, Pakistán (EFE / EPA)

El Juzgado de 1ª Instancia nº97 de Madrid ha condenado a la aseguradora alemana Allianz a indemnizar con 307.808 euros a un paciente que perdió la vista en el ojo izquierdo debido al uso de un producto sanitario defectuoso en una operación que tuvo lugar en la Clínica La Arruzafa de Córdoba. El Ala Octa, un gas oftalmológico fabricado por el laboratorio alemán AlaMedics y empleado en la cirugía de retina para readherirla tras un desprendimiento, fue retirado del mercado por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) en el año 2015 tras registrar numerosas alertas.

Esta es la primera sentencia emitida en contra de una operación realizada en la sanidad privada, pero no la primera en contra del Ala Octa o perfluoroctano, principal componente de este gas. En diciembre de 2018, el Servicio Cántabro de Salud fue condenado a indemnizar con 25.000 euros a una paciente que se quedó ciega debido a la toxicidad del Ala Octa tras dos operaciones de desprendimiento de retina en el Hospital Sierrallana de Torrelavega.

Foto: Reunión del consejo rector de la AEMPS. (EFE)

Fuentes jurídicas conocedoras de la situación aseguran a El Confidencial que, además de la cántabra, el Ala Octa defectuoso ya ha generado a la sanidad pública una decena de sentencias en contra, pero hasta ahora ni ésta ni otra situación habían provocado una sentencia en contra de una intervención realizada en una clínica u hospital privado, por lo que resulta pionera en este sentido. "Actualmente existen otras siete sentencias pendientes relacionadas con el Ala Octa en la sanidad privada", añaden.

Estas mismas fuentes no descartan que, en otros casos anteriores, las partes hayan podido llegar un acuerdo económico para evitar la sentencia.

Uno de los primeros casos

Cuando el afectado fue operado en Córdoba, el 29 de julio de 2014, el Ala Octa aún no había dado señales públicas de alarma. De hecho, las primeras notificaciones por complicaciones en el uso de este producto por parte de las comunidades autónomas comenzaron a darse en otoño de ese año, aunque permanecieron bajo el radar hasta que la distribuidora española del producto, W.M. Bloss, notificó a la AEMPS de una veintena de eventos adversos.

La operación fue, en principio, un éxito, dado que se logró la replicación de la retina desprendida, pero el paciente —de iniciales A.G.G y 69 años de edad— sufrió una pérdida de visión total en el ojo operado, lo que sumado a la que previamente sufría en el otro ojo le sumió en una ceguera completa. La culpa era, evidentemente, del fabricante del producto y no del oftalmólogo que realizó la operación (que además trasladó a las autoridades la alerta sobre un posible perjuicio ocasionado por el producto) pero no estaba tan claro que el laboratorio alemán acabara indemnizando al paciente, entre otras cosas porque se declararon en quiebra poco después de que el escándalo estallara.

A partir de aquí comenzó el litigio que acabó de resolverse hace unos días. La demanda se dirigió a la aseguradora Allianz, que había suscrito con AlaMedics una póliza de responsabilidad civil. La aseguradora trató de argumentar ante la jueza que los daños "vinieron motivados por una complicación propia de la operación quirúrgica", según dice la sentencia.

Además, los abogados de Allianz jugaron la baza de que al seguro de responsabilidad civil no debía aplicársele la ley española —en este caso, el artículo 76 de la Ley del Contrato de Seguro— sino la alemana, "ya que así lo convinieron ambas partes en el contrato", reza el texto legal.

Pero la magistrada desarboló esta estrategia aplicando el reglamento 864/2007 del Parlamento Europeo, que en su artículo 5 establece que la ley aplicable a a la responsabilidad por productos defectuosos no la alemana sino la española "por ser la del país del perjudicado donde se comercializó el producto". Para Carlos Gómez, abogado del bufete bilbaíno especializado en negligencias médicas que representa a decenas de afectados por el Ala Octa "esta es una cuestión clave" y así lo entendió también la juez.

Fuentes del hospital cordobés señalan a este periódico que "en todo momento se ha estado al lado del paciente, que aún continúa siendo atendido por nuestros profesionales y que agredece en todo momento el trato y el servicio que le hemos prestado, como se hace constar en el proceso judicial". Asimismo, señalan que la clínica "ha acudido como testigo en dos ocasiones al proceso judicial siempre que el equipo jurídico del paciente lo ha requerido, con el propósito de mostrar total transparencia y apoyo al paciente", explican estas mismas fuentes, que subrayan que el Hospital La Arruzafa "nunca ha sido condenado en proceso judicial alguno".

placeholder implant files (EC)
implant files (EC)

El escándalo del Ala Octa y su perfluoroctano tóxico es uno de los más extendidos en nuestro país, dando paso a un caso flagrante de infranotificación por parte de las autoridades españolas, según desvelamos en The Implant Files, la investigación internacional lanzada por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ) en noviembre de 2018 en la que participó El Confidencial.

Rectificación: En uno de los párrafos de una primera versión de esta noticia se apuntaba a la clínica La Arruzafa, donde tuvo lugar la operación, como demandada en la sentencia, cuando la demandada, en tanto que responsable civil, es en realidad la aseguradora Allianz.

El Juzgado de 1ª Instancia nº97 de Madrid ha condenado a la aseguradora alemana Allianz a indemnizar con 307.808 euros a un paciente que perdió la vista en el ojo izquierdo debido al uso de un producto sanitario defectuoso en una operación que tuvo lugar en la Clínica La Arruzafa de Córdoba. El Ala Octa, un gas oftalmológico fabricado por el laboratorio alemán AlaMedics y empleado en la cirugía de retina para readherirla tras un desprendimiento, fue retirado del mercado por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) en el año 2015 tras registrar numerosas alertas.

Córdoba