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Acabar con el 'spam' telefónico: la petición de Mato que las 'telecos' no quieren acatar
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lo prohíbe la ley de competencia desleal

Acabar con el 'spam' telefónico: la petición de Mato que las 'telecos' no quieren acatar

Ana Mato anunció un sistema para que los usuarios puedan rechazar las llamadas comerciales. Pero esto ya es una obligación que las telecos no cumplen

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Consciente del malestar ciudadano por las llamadas comerciales no deseadas, la ministra de Sanidad Ana Mato anunció el pasado martes un sistema de control telefónico para que los ciudadanos puedan rechazarlas. Sin embargo, este plan ya es una obligación legal establecida en la Ley de Competencia Desleal. El problema es que las operadoras hacen oídos sordos.

El artículo 29.2 de la Ley 3/1991 de 10 de enero de Competencia Desleal, establece que "se reputa desleal realizar propuestas no deseadas y reiteradas por teléfono, fax, correo electrónico u otros medios de comunicación a distancia, salvo en las circunstancias y en la medida en que esté justificado legalmente para hacer cumplir una obligación contractual".

En este sentido, la normativa ya impone que "el empresario o profesional deberá utilizar en estas comunicaciones sistemas que le permitan al consumidor dejar constancia de su oposición a seguir recibiendo propuestas comerciales". Algo que no ocurre.

Por si esto fuera poco, la ley señala que para que el consumidor o usuario pueda ejercer su derecho a manifestar su oposición a recibir propuestas comerciales no deseadas, cuando estas se realicen por vía telefónica, "las llamadas deberán realizarse desde un número identificable".

Es decir, que el problema no es que exista una laguna legal al respecto, sino que no se cumple la ley.

Las 'telecos' aseguran que no usan bases de datos

Según Facua, en este caso es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) el organismo que tiene las competencias sancionadoras ante este tipo de prácticas.

Joaquín Muñoz, abogado del despacho Abanlex, ha explicado a Teknautas que "las operadorasaseguranque las llamadas que hacen son aleatorias. Es decir, que no tienen ningún número en una base de datos con el fin de no ser sancionadas por la Agencia. Sin embargo, cuando realizan las llamadas en la mayoría de ocasiones se conocen el nombre del usuario de la línea".

"Esta práctica está establecida en la Ley de Competencia Desleal porque consiste en una captación ilegal de clientes. En estos casos, siempre hay que tener el consentimiento del usuario para realizar la llamada comercial y hay que identificarse. Además, también es perceptibleofrecer un medio gratuito para que se puedan dar de baja. No vale con facilitar un 902", ha añadido el abogado.

Al respecto, Mato explicó en el Senado que la intención del Ejecutivo es establecer "suficientes garantías" de que en todo momento se está respetando la intimidad de las personas, y de manera especial la de los menores y adolescentes. Su objetivo es que las empresas habiliten un sistema para que, en la misma llamada en la que se realiza la oferta el usuario pueda rechazar futuras comunicaciones.

Derechos de los usuarios afectados

Al respecto, la Agencia de Protección de Datos expone en su página los derechos de los usuarios anteeste tipo de prácticas. El organismo aclara que pueden solicitar que les excluyan del envío de comunicaciones comerciales utilizando el procedimiento indicado en la propia comunicación o, en el caso de no haberla, en el sitio web de la entidad emisora.

En caso de no ser cliente de la entidad que realiza la publicidad también se puede evitar registrando los datos personales en el fichero de exclusión publicitaria. En la actualidad se encuentra en funcionamiento el denominado Servicio de Lista Robinson.

Por último, pueden presentar una denuncia ante la agencia quienes no son clientes de la entidad emisora de la publicidad y figuran en guías con marca de oposición; si son clientes pero a los 10 días de haberse opuesto siguen recibiendo comunicaciones comerciales, ysi las reciben vía email sin consentimiento o de alguna otra forma en la que se disimule o se oculte la identidad del remitente.

Consciente del malestar ciudadano por las llamadas comerciales no deseadas, la ministra de Sanidad Ana Mato anunció el pasado martes un sistema de control telefónico para que los ciudadanos puedan rechazarlas. Sin embargo, este plan ya es una obligación legal establecida en la Ley de Competencia Desleal. El problema es que las operadoras hacen oídos sordos.

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