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El TS confirma la prisión permanente revisable para Ana Julia por asesinar al niño Gabriel
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murió en febrero de 2018

El TS confirma la prisión permanente revisable para Ana Julia por asesinar al niño Gabriel

Durante el juicio, la fiscal aseguró que el pequeño no tenía "opción de salir con vida" de la finca y que le quitó la vida "de modo deliberado, consciente, a sangre fría y con absoluto desprecio a la vida"

Foto: Ana Julia Quezada, condenada por el asesinato de Gabriel.
Ana Julia Quezada, condenada por el asesinato de Gabriel.

La sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado este miércoles la pena fijada para Ana Julia Quezada, condenada a prisión permanente revisable, por el asesinato con alevosía de Gabriel Cruz, de ocho años, en febrero de 2018. La sala ha desestimado los recursos de casación interpuestos por la defensa de la acusada y por la acusación particular y confirma así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que condenó a dicha pena de prisión permanente revisable a Ana Julia Quezada por un delito de asesinato hiperagravado y a dos años y medio de prisión por dos delitos contra la integridad moral de los padres del niño.

Los cinco magistrados de la sala se han reunido desde primera hora a puerta cerrada para estudiar los recursos contra la sentencia, que supuso la primera condena a prisión permanente a una mujer. Los hechos sucedieron en febrero de 2018, cuando el niño pasaba unos días en casa de su abuela en Las Hortichuelas Bajas, en Níjar (Almería). El día 27, Gabriel salió a jugar con unos primos y Quezada, pareja de su padre, le instó a que le acompañara a una finca en Rodalquilar, donde, de "forma intencionada" y "súbita", le lanzó contra el suelo o pared y le tapó "la boca y la nariz con fuerza" hasta que logró "vencer su resistencia y provocar su fallecimiento", según declaró probado la sentencia.

La búsqueda de Gabriel, que empezó de manera inmediata, se prolongó 11 días, en los que Quezada "simuló encontrarse afligida", daba ánimos a la familia y generaba "falsas expectativas" sobre su aparición e incluso llegó a colocar una camiseta del menor sobre unas matas para distraer la atención de los agentes. Fue detenida el 11 de marzo, cuando, tras desenterrar el cuerpo de Gabriel de la finca y meterlo en el maletero de su coche, llegaba a su domicilio de la localidad almeriense de Vícar. Durante el juicio, la fiscal Elena María Fernández aseguró que el pequeño no tenía "opción de salir con vida" de la finca y que le quitó la vida "de modo deliberado, consciente, a sangre fría y con absoluto desprecio a la vida", realizándolo de manera tan repentina, inmediata e impredecible que "anuló toda capacidad de reacción" del niño.

placeholder Una ballena varada situada al final de la avenida Federico García Lorca de la ciudad de Almería es un monumento que se convirtió en un inesperado altar para el niño Gabriel Cruz. (EFE)
Una ballena varada situada al final de la avenida Federico García Lorca de la ciudad de Almería es un monumento que se convirtió en un inesperado altar para el niño Gabriel Cruz. (EFE)

Tras estudiar los recursos presentados, los magistrados han considerado que la valoración jurídica que llevó al tribunal a imponer prisión permanente es válida y estuvo suficientemente fundamentada y estima que el veredicto que dictó el jurado estaba suficientemente motivado. Así pues, la sentencia desestima todos los recursos interpuestos, tanto por la defensa como por la acusación, y mantiene el fallo emitido por el tribunal. Con respecto al recurso de la acusación, que solicitaba que se penaran dos delitos de lesiones de carácter psíquico (uno por cada progenitor del pequeño Gabriel), el Supremo no ha considerado su imposibilidad, ante la ausencia de base en los hechos probados para esta calificación jurídica, aunque sí se penan dos delitos de integridad moral.

En este sentido, los magistrados han considerado, por un lado, que "los actos de pública farsa y falsas esperanzas a los padres, no solamente exceden del derecho de autoencubrimiento, sino socavan la moral de los padres y acrecientan su sufrimiento, por lo que deben ser penados como delitos contra la integridad moral". "Toda persona tiene el derecho a ser tratada con dignidad, sin hacerla padecer sufrimientos físicos o psíquicos mediante situaciones o conductas de humillación, envilencimiento, cosificación o instrumentalización. De forma que el trato degradante a una persona conlleva el menoscabo de su integridad moral que, siendo grave, alcanzará la calificación del artículo 173.1 del Código Penal".

La sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado este miércoles la pena fijada para Ana Julia Quezada, condenada a prisión permanente revisable, por el asesinato con alevosía de Gabriel Cruz, de ocho años, en febrero de 2018. La sala ha desestimado los recursos de casación interpuestos por la defensa de la acusada y por la acusación particular y confirma así la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que condenó a dicha pena de prisión permanente revisable a Ana Julia Quezada por un delito de asesinato hiperagravado y a dos años y medio de prisión por dos delitos contra la integridad moral de los padres del niño.

Caso Gabriel Cruz
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