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"Me despidieron por subir un vídeo a TikTok": ¿la empresa puede impedirme usar la 'app'?
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Por comportamientos inadecuados

"Me despidieron por subir un vídeo a TikTok": ¿la empresa puede impedirme usar la 'app'?

Más de una sentencia ha justificado el cese de un trabajador en una empresa por haber quebrantado la normativa interna. Desde insultos a clientes hasta conducir un camión y grabarse mientras

Foto: Foto: Freepik.
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Los famosos trends o vídeos tendencia en las redes sociales cogen cada vez más peso. Ya no solo entre los jóvenes, sino que usuarios de diferentes edades están presentes en estas plataformas como Instagram, Facebook, Twitter o TikTok. Además de recurrir a los bailes con canciones de moda, bromas a amigos o test, muchos utilizan estas aplicaciones como un espacio para desahogarse. El problema llega cuando este tipo de grabaciones ocurren en el trabajo o afectan directamente a la empresa en la que trabaja. Así, diversos tribunales han estimado sentencias que declaran procedentes los despidos por subir contenidos a estas redes, particularmente, a TikTok.

Este año, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ratificó la declaración de procedencia del despido disciplinario de un empleado que subió un vídeo a la red social mientras iba conduciendo el camión de la empresa. Según indica la sentencia, el actor publicó vídeos en TikTok tomados desde el interior del camión que era propiedad de su empleadora: "Manejaba el actor, y en esos momentos, cuando circulaba, el actor publicó un vídeo en TikTok donde se muestra la carga (frigoríficos) del camión que era propiedad de su empleadora", zanja el documento.

Al haber sido tomados desde el interior del camión, propiedad de la empleadora, y al haber estado en movimiento, se asumió como una conducta negligente, que podía ser susceptible de causar un perjuicio a la empresa. Además, se consideró que su actuación podía ser perjudicial para la seguridad vial, los objetos y la vida de los demás usuarios de la carretera, además de la suya propia, al desviar su inexcusable atención circulatoria, lo que hace que el cese deba ser calificado como procedente.

En 2022, otro caso también fue considerado como despido procedente. El TJS de Asturias declaró la nulidad por vulneración de derechos fundamentales por parte de una empleada que utilizó la plataforma. La trabajadora subió un vídeo a TikTok insultando a los clientes, con el gran inconveniente de que lo hizo utilizando el uniforme de trabajo de la compañía. En la grabación, la empleada hacía una parodia de los clientes y escribió: "Vamos a currar de buen rollo", o "primera clienta a las 9:07", "empezamos con los hijos de puta, hijos de puta…", entre otras frases que llevaron a la empresa a tomar la decisión de despedirla.

Foto: Despido por uso excesivo de móvil en el trabajo. (iStock)

Por haber utilizado un polo distintivo de la compañía, por actuar como un cliente y ser irrespetuosa con ellos, y por todo lo realizado en los vídeos, se impuso una indemnización de más de 6.000 euros por daños morales. Según la sentencia, esto rebasaba los límites del derecho a la libertad de expresión, porque cayó en los insultos y solo criticaba su trabajo y atentó contra el honor de sus clientes.

Me doy de baja por dolencias... pero me pongo a bailar

En la misma línea se sitúa el caso de una trabajadora que realizó actividades cuando se encontraba en una situación de incapacidad temporal. La trabajadora compartió un vídeo donde comenzó a realizar movimientos incompatibles con sus dolencias de lumbalgia, las que fueron causantes de su baja médica. Así lo confirma el TSJ de Castilla y León, que desestimó el recurso de suplicación interpuesto por la empleada y confirmó la procedencia del despido. La trabajadora tenía su perfil abierto y era accesible para cualquier persona, por lo que gracias a ello se pudo constatar que desde la fecha de baja, y hasta el 10 de septiembre, había realizado multitud de publicaciones a modo de vídeos en los que se le veía en ocasiones acompañada de una menor y de otras personas.

"En los mismos, baila, se mueve y actúa de un modo que es incompatible con la lesión diagnosticada en enero de 2021. Lo que estaba diagnosticado como un proceso corto en cuanto a su curación, se ha convertido en una exposición viral de vídeos, que demuestran el fraude al sistema de prestaciones, y una falta de respeto a la empresa y a sus compañeros", indicaba la empresa en la sentencia. Por estas mismas razones, y tras haber comprobado las fechas y la cantidad de vídeos que había publicado en TikTok gracias al testimonio de una testigo que corroboró el relato de los hechos mantenido por la demandada, el tribunal decidió confirmar la sentencia de despido con una multa de 600 euros conforme a lo establecido en el artículo 229.1.b de la LRJS.

Foto: Foto: Pexels

Un caso similar ocurrió en Madrid, cuando una teleoperadora aseguraba que no podía desempeñar con normalidad su profesión por una lesión y decidió darse de baja por luxación en el peroneo. A los días, apareció en un vídeo de TikTok dando volteretas en una cama elástica, haciendo piruetas en el aire, y dentro de un parque de aventuras. Se verificaron las fechas, y no se notó ningún tipo de dolencia clara en los vídeos, por lo que aseguraron que se trataba de una conducta que podía calificarse como "trasgresión de la buena fe y, por ello, incardinable en el artículo 54.2.d del ET". Por lo mismo, el TSJ de Madrid ratificó la declaración de procedencia del despido.

Lo que evidencian este tipo de casos, en los que los usuarios suben contenido sin antes haberse planteado que sea una causa de despido, es que esta app puede ser utilizada como fuente para recabar información y pruebas que justifiquen el despido en determinados supuestos, al igual que otras redes sociales. Es decir, si una compañía siente que este vídeo puede dañar la imagen o reputación corporativa, puede tomar medidas al respecto y desvincular al usuario que publicó el TikTok de la empresa. Todo dependerá de la política de la empresa, de los términos en los que se haga la grabación y el contenido de la misma.

Por lo mismo, los expertos y las mismas empresas siempre aconsejan que será mejor tener ojo con lo que se haga en esta plataforma, y no solo en TikTok, sino en cualquier red social. En este sentido, la empresa no puede impedirte utilizar la aplicación, ni decir qué tipo de contenidos subir; sin embargo, en caso de criticar a la compañía o ir en contra de la normativa general, como todos los anteriormente mencionados, sí podrán tomar medidas al respecto.

Los famosos trends o vídeos tendencia en las redes sociales cogen cada vez más peso. Ya no solo entre los jóvenes, sino que usuarios de diferentes edades están presentes en estas plataformas como Instagram, Facebook, Twitter o TikTok. Además de recurrir a los bailes con canciones de moda, bromas a amigos o test, muchos utilizan estas aplicaciones como un espacio para desahogarse. El problema llega cuando este tipo de grabaciones ocurren en el trabajo o afectan directamente a la empresa en la que trabaja. Así, diversos tribunales han estimado sentencias que declaran procedentes los despidos por subir contenidos a estas redes, particularmente, a TikTok.

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