Es noticia
Canal de Isabel II se enreda en una batalla judicial contra una veintena de empleados
  1. España
  2. Madrid
Tras la absorción de Hispanagua

Canal de Isabel II se enreda en una batalla judicial contra una veintena de empleados

Los trabajadores presentaron sus demandas de forma individual. Y siete de ellos ya conocen el veredicto: debían haber sido contratados como "indefinidos no fijo"

Foto: Sede central del Canal de Isabel II. (EFE)
Sede central del Canal de Isabel II. (EFE)

La situación laboral de 23 de trabajadores tiene al Canal de Isabel II inmerso en una batalla judicial. Estos empleados fueron integrados en la empresa pública madrileña tras la absorción de Hispanagua —previo paso por Tragsa— con un contrato temporal que, en la mayoría de los casos, termina en abril o mayo de 2022. Pero la Justicia ya ha decretado varias sentencias en las que dictamina que se incurrió en fraude de ley, una decisión que actualmente se encuentra recurrida en los tribunales.

Todos estos empleados presentaron sus demandas de forma individual en los Juzgados de lo Social de Madrid. Y siete de ellos ya conocen el veredicto: debían haber sido contratados como indefinidos no fijos, ya que venían encadenando, durante más de tres años, un contrato temporal tras otro o eran falsos autónomos desde que trabajaban para Hispanagua. Como ejemplo, en una sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, se falla que "apreciando fraude de ley la relación debe transformarse en indefinida no fija desde el inicio". Con estos precedentes, el resto de los trabajadores prevé que sus procesos judiciales finalicen de la misma manera.

Foto: Logo de Comfica.

Frente a todas estas sentencias cabe recurso de suplicación, una posibilidad a la que se ha acogido el Canal de Isabel II. La compañía pública ha decidido proceder de esta manera porque entiende que los razonamientos o fundamentaciones jurídicas de estas resoluciones "no resultan ajustadas a Derecho". Desde su perspectiva, mantiene que actuó de forma correcta porque "mantuvo la naturaleza y la duración de los contratos" cuando incorporó a su plantilla a los 286 empleados de Hispanagua, incluidos la veintena con los que está pleiteando.

Es cierto que en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores se expone que un proceso de absorción, como el de Hispanagua y Canal de Isabel II, "no extinguirá por sí mismo la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior". Es decir, que la compañía absorbente debe mantener las condiciones laborales que sus nuevos empleados tenían en la anterior empresa. Sin embargo, la Justicia entiende que se incurre en fraude de ley porque los trabajadores eran falsos autónomos o venían concatenando contratos temporales desde que trabajaban en Hispanagua, unos hechos fraudulentos que ha heredado la empresa pública.

Por lo tanto, siempre y cuando los recursos no cambien la resolución judicial, deben ser contratados como indefinidos no fijos. Esta figura híbrida entre un contrato fijo y uno temporal solo existe en el ámbito de lo público y supone que el empleado únicamente puede ser despedido en dos supuestos: cuando una persona con oposición ocupe su plaza o cuando la Administración acredite que ha desaparecido la necesidad que venía desarrollando. En este caso, no se cumple ninguna de estas dos condiciones. Por lo tanto, el cese sería ilegal y, al ser indefinidos no fijos, deberán recibir una indemnización de 20 días por año trabajado, compensación que no contenta a los trabajadores, que quieren mantener sus empleos.

Foto: Instalaciones de la Fundación Canal Isabel II.

Para ser más concretos, actualmente no hay ningún proceso selectivo abierto en la Administración Pública madrileña para cubrir estas 23 plazas. Y si lo hubiese, los trabajadores que ahora mismo ocupan estos puestos deben ser informados para poder presentarse y optar al cargo por oposición. En ningún caso, el empleado indefinido no fijo puede ser cesado por otro con contratado fijo mediante un traslado ni por un proceso de promoción interna.

Tampoco ha desaparecido la necesidad que vienen cubriendo: la instalación y reparación de contadores. De hecho, Canal de Isabel II ha sacado a concurso público un contrato de 78,9 millones de euros para realizar obras de instalación de contadores y accesorios para la telelectura. Los trabajadores se muestran sorprendidos por esta licitación, pero desde la compañía explican que se trata de una implantación masiva de telelectura de 1,6 millones de contadores para toda la Comunidad de Madrid, por lo que "es imposible que se pueda llevar a cabo únicamente con el personal procedente de Hispanagua". Su previsión es que estos trabajos multipliquen por cuatro la actividad actual.

Canal de Isabel II ha sacado a concurso un contrato para realizar obras de instalación de contadores y accesorios para la telelectura

De cualquier modo, los trabajadores se sienten engañados por la dirección del Canal de Isabel II. Sobre todo después de que el consejero delegado de la compañía, Pascual Fernández Martínez, asegurase en la Asamblea de Madrid que los puestos de trabajo de todos los empleados de Hispanagua estaban asegurados. "El empleo de los trabajadores de Hispanagua está absolutamente garantizado", manifestó durante la Comisión de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad que se celebró el 21 de octubre de 2020. Para Canal no ha habido ningún cambio de criterio porque consideran que todos los contratos se firmaron conforme a la ley y así lo están intentando demostrar en los tribunales.

De cualquier modo, más allá de los procesos judiciales, el caso podría entrar ahora en el terreno de la política y volver a tratarse en la sede parlamentaria madrileña por iniciativa de varios partidos de la oposición que ya están al tanto de estos acontecimientos.

La situación laboral de 23 de trabajadores tiene al Canal de Isabel II inmerso en una batalla judicial. Estos empleados fueron integrados en la empresa pública madrileña tras la absorción de Hispanagua —previo paso por Tragsa— con un contrato temporal que, en la mayoría de los casos, termina en abril o mayo de 2022. Pero la Justicia ya ha decretado varias sentencias en las que dictamina que se incurrió en fraude de ley, una decisión que actualmente se encuentra recurrida en los tribunales.

Madrid