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El TSJ obliga a fijar una proporción razonable entre valenciano y castellano en los colegios
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El TSJ obliga a fijar una proporción razonable entre valenciano y castellano en los colegios

El tribunal descarta en los cinco casos que la Administración haya vulnerado el derecho fundamental de los padres a elegir libremente la educación de sus hijos

Foto: El presidente de la Generalitat, Ximo Puig. (EFE)
El presidente de la Generalitat, Ximo Puig. (EFE)

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha fijado criterio al establecer que el valenciano y el castellano deben guardar una “proporción razonable” en la educación plurilingüe. En cinco sentencias notificadas este jueves, la Sala de lo Contencioso-Administrativo apunta a que tiene que existir un equilibrio entre ambas lenguas tanto en el tiempo lectivo como en su reparto en las asignaturas troncales, garantizando así que el alumnado alcance la competencia exigida en comunicación lingüística.

El tribunal descarta en los cinco casos que la Administración haya vulnerado el derecho fundamental de los padres a elegir libremente la educación de sus hijos, infrinja la legislación estatal o se base en artículos de un decreto autonómico derogados con anterioridad por la misma sección del TSJCV. También avala la ley de 2018 que "regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano" mientras se interprete conforme a la Constitución y a la jurisprudencia al respecto: según destaca, en cada centro debe considerarse el contexto socioeducativo y “demolingüístico”, para lo que pone el foco en la lengua materna o mayoritaria de los alumnos, padres y docentes.

Foto: El presidente catalán, Pere Aragonès. (EFE/Pérez)

Los dos proyectos que tumba

Con ese razonamiento como telón de fondo, los magistrados han confirmado las resoluciones de la Generalitat que aprobaban los proyectos lingüísticos de los centros Villar Palasí en Valencia y Vicenta Ruso en Santa Pola, pero anula las relativas a otros dos: los CEIP Joaquín Muñoz de Turís y Beata Inés de Benigànim. En un quinto procedimiento, valida el reparto curricular entre las dos lenguas en un centro concertado de Elda, pero al mismo tiempo estima parcialmente el recurso: considera que no se habían adoptado medidas suficientes ante el alumnado que presenta dificultades en el aprendizaje de idiomas o se incorpora de forma tardía al sistema educativo.

Para tumbar los proyectos de los CEIP Joaquín Muñoz y Beata Inés, los magistrados abordan los requisitos que fija la ley valenciana de plurilingüismo en los centros sostenidos con fondos públicos. En concreto, el primero de los tres requisitos que establece su sexto artículo:

  • "El tiempo mínimo destinado a los contenidos curriculares en cada una de las lenguas oficiales, en el conjunto de la escolaridad obligatoria, debe ser del 25% de las horas efectivamente lectivas. Debiéndose impartir en cada una de las lenguas oficiales la materia o la asignatura correspondiente a su aprendizaje y al mismo tiempo, como mínimo, otra área, materia o asignatura no lingüística curricular de carácter troncal o análogo".
Foto: Manifestación en Orihuela contra la ley de Plurilingüismo, el año pasado. (EFE)

El TSJCV considera que ambos centros incumplen esta cláusula. Según argumenta, no solo doblan "el tiempo destinado a los contenidos curriculares en valenciano sobre el tiempo lectivo planificado para castellano", sino que también reservan toda "la enseñanza de las distintas materias troncales precisamente al valenciano". De esta manera, la única asignatura troncal que se imparte en castellano en ambos centros es Lengua y Literatura.

Los magistrados, por el contrario, validan los planes lingüísticos de los CEIP Villar Palasí de Valencia y Vicenta Ruso de Santa Pola al entender que la distribución curricular de las dos lenguas sí guarda una proporción razonable: "En el caso que enjuiciamos tenemos un plan lingüístico que desde primero de Primaria hasta sexto contempla horas lectivas de asignaturas troncales en cada una de las dos lenguas oficiales y vehiculares", sostiene sobre el centro Villar Pasí. Esta conclusión se extiende a su vez al de Vicente Ruso, en cuyo caso la Sala recuerda, además, que se encuentra en Santa Pola, un municipio que presenta un "predominio lingüístico valenciano".

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha fijado criterio al establecer que el valenciano y el castellano deben guardar una “proporción razonable” en la educación plurilingüe. En cinco sentencias notificadas este jueves, la Sala de lo Contencioso-Administrativo apunta a que tiene que existir un equilibrio entre ambas lenguas tanto en el tiempo lectivo como en su reparto en las asignaturas troncales, garantizando así que el alumnado alcance la competencia exigida en comunicación lingüística.

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