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La juez Alaya ‘burló’ la Constitución y dos leyes para preimputar a Chaves y Griñán
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duras críticas a su proceder el lunes

La juez Alaya ‘burló’ la Constitución y dos leyes para preimputar a Chaves y Griñán

Obvió el artículo 71 de la Constitución, el 57 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y los 196 y 750 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para preimputarles

Foto: La juez de los ERE, Mercedes Alaya. (EFE)
La juez de los ERE, Mercedes Alaya. (EFE)

La juez Mercedes Alaya, titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, obvió el artículo 71 de la Constitución Española, el artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y los artículos 196 y 750 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para preimputar a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán en el caso de los ERE falsos.

“En las causas contra diputados y senadores será competente la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo”, manifiesta el artículo 71 de la Carta Magna; en ningún caso lo será ni el Congreso de los Diputados, ni el Senado, ni siquiera para anunciar que el diputado Chaves y el senador Griñán estén preimputados. “La preimputación es una figura jurídica desconocida y una actuación sin precedentes ni en España ni en otro país de la Unión Europea”, según fuentes de un Alto Tribunal consultadas por El Confidencial.

Estas mismas fuentes precisan que la exposición razonada de las acusaciones debe ser elevada al Tribunal Supremo. “Y en el instructor de la causa [en este caso la magistrada Alaya] debe escuchar al fiscal”, añade un experto jurídico en este tipo de procedimiento. La Fiscalía pidió la semana pasada que la causa se troceara para intentar aligerar la macroinstrucción. La jueza se negó al considerar el caso “indisoluble”.

Los puntos números 1 y 2 del artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Judicial también especifican que la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo conocerá de los recursos de casación, revisión y otros extraordinarios en materia penal que establezca la ley, además de la “instrucción y enjuiciamiento de las causas contra el presidente del Gobierno, presidentes del Congreso y del Senado, presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Presidente del Tribunal Constitucional, miembros del Gobierno, diputados y senadores (…)”.

José Antonio Griñán y Manuel Chaves. (EFE)
El artículo 196 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal
también especifica que tanto el Congreso como el Senado no tienen nada que ver con una pre o imputación. “Los jueces y Tribunales se dirigirán en forma de exposición, por conducto del Ministerio de Gracia y Justicia, a los Cuerpos Colegisladores y a los Ministros de la Corona, tanto para que auxilien a la Administración de Justicia en sus propias funciones como para que obliguen a las Autoridades, sus subordinadas, a que suministren los datos o presten los servicios que se les hubieren pedido”.

“Cuando fuere procesado…”

El Libro IV de esta ley, sobre los procedimientos especiales, en el Título 1, artículo 750, Del modo de proceder cuando fuere procesado un senador o diputado a Cortes se señala de un modo muy claro que el juez o Tribunal que encuentre “méritos para procesar a un senador o diputado a Cortes por causa de delito, se abstendrá de dirigir el procedimiento contra él si las Cortes estuvieren abiertas, hasta obtener la correspondiente autorización del Cuerpo Colegislador a que pertenezca”.

El presidente del Congreso, Jesús Posada, recordó ayer que el cauce adecuado para trasladar cualquier asunto judicial que afecte a diputados es el Tribunal Supremo. Así lo aseguró en la Cámara Baja después de que la Mesa del Congreso haya ratificado la decisión que él mismo adoptó este lunes de devolver a Alaya, sin abrirlo, el sobre que unos agentes "de paisano, pero armados", entregaron en el Palacio de la Carrera de San Jerónimo.

La juez Mercedes Alaya, titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, obvió el artículo 71 de la Constitución Española, el artículo 57 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y los artículos 196 y 750 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para preimputar a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán en el caso de los ERE falsos.

Tribunal Supremo Manuel Chaves Caso ERE José Antonio Griñán Mercedes Alaya
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