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La Fiscalía pide a Alaya que concrete los hechos delictivos de Griñán y Chaves
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"LA IMPUTACIÓN NO ESTÁ FUNDAMENTADA"

La Fiscalía pide a Alaya que concrete los hechos delictivos de Griñán y Chaves

Anticorrupción ha decidido finalmente recurrir el auto en el que Alaya plantea la imputación de los expresidentes andaluces Griñán y Chaves

Foto: José Antonio Griñán y Manuel Chaves (Efe)
José Antonio Griñán y Manuel Chaves (Efe)

La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido el auto de la juez que investiga el caso de los falsosERE por el que imputa a los expresidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, por falta de motivación. En el escrito, pide que anule la resolución y dicte otra señalando cuáles son los hechos presuntamente delictivos que han podido cometer estos aforados, junto a otros cinco también señalados, y les vuelva a imputar en calidad de imputados.

Los dos fiscales delegados consideran que Mercedes Alaya ha aplicado indebidamente el artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en el que permite que un aforado que ha sido denunciado o querellado sea informado de los hechos en el juzgado de instrucción para no causarle indefensión y poder tener conocimiento de ellos antes de que llegue al tribunal competente para investigarlo, es decir el Tribunal Supremo o el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

El Ministerio Público comparte con la instructora las dudas que genera el artículo de la norma pero añade que es claro que, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo, el objeto de aplicar el 118 bis de la LEC es informar a los aforados de qué hechos y delitos concretos se les acusa, algo que no hace Alaya. Así, deja la puerta abierta para que, si la Audiencia Provincial de Sevilla acepta el recurso, la instructora lo redacte de nuevo y diga qué han hecho Chaves y Griñán para quese les deba perseguir penalmente.

Entendemos que el presente auto, por motivo de carecer de suficiente descripción de los hechos investigados que afectan a cada uno de los siete aforados, imputados provisionales, adolece de la motivación necesaria, no es ajustado a derecho y debe dejarse sin efecto, debiendo procederse en su caso al dictado de un nuevo auto por el que previa concreción de los hechos por lo que cada uno de los aforrados puede ser objeto de investigación se dé traslado de la presente causa en calidad de imputados conforme al artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a las personas antes referenciadas, que ostentan a día de hoy la calidad de aforados por razón de su cargo”, apunta el escrito fiscal.

Los fiscales critican la resolución de Alaya porque sostiene que para aplicar correctamente la ley “no basta con un mero traslado formal o rituario” sino que el aforado para poder satisfacer su derecho de defensa debe conocer por medio de dicho auto cuáles sean los hechos concretos que se investigan “y que le pueden afectar o vincular y también en su caso saber cual sea la concreta calificación jurídica o tipificación aunque sea indiciaria de tales hechos”.

En suma, la ley pretende que conozcan qué se les imputa, de qué se les acusa “y por ello, una vez conocido, ejercer, incluso en el juzgado de instrucción de origen y sin perder su fuero, los derechos comunes de cualquier imputado, pudiendo voluntariamente comparecer para declarar”.

La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido el auto de la juez que investiga el caso de los falsosERE por el que imputa a los expresidentes de la Junta de Andalucía, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, por falta de motivación. En el escrito, pide que anule la resolución y dicte otra señalando cuáles son los hechos presuntamente delictivos que han podido cometer estos aforados, junto a otros cinco también señalados, y les vuelva a imputar en calidad de imputados.

José Antonio Griñán Caso ERE Manuel Chaves
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