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La jueza de Madrid dice que FIFA y UEFA han abusado de su posición de dominio frente a la Superliga
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La jueza de Madrid dice que FIFA y UEFA han abusado de su posición de dominio frente a la Superliga

La sentencia acusa a ambas organizaciones de impedir la libre competencia en el mercado y le prohíbe sancionar a los equipos que impulsen la competición alternativa

Foto: Florentino Pérez y Joan Laporta. (EFE/Mariscal)
Florentino Pérez y Joan Laporta. (EFE/Mariscal)

La magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil n.º 17 de Madrid ha estimado parcialmente la demanda presentada por la Superliga contra la UEFA y la FIFA. Así, ha declarado que ambos organismos han abusado de su posición de dominio y están impidiendo la libre competencia en el mercado al atribuirse la facultad discrecional de prohibir la participación en competiciones alternativas e imponer restricciones injustificadas y desproporcionadas. Según dice, infringen los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

La Superliga es el proyecto impulsado en su día por doce equipos de varios países. En España estaba secundada por el Real Madrid, el Barça y el Atlético de Madrid. Sin embargo, su anuncio supuso una fractura en el mundo del fútbol, un rechazo de muchos hinchas y la mayoría de los equipos fundadores se bajaron del proyecto, entre ellos el equipo colchonero. Lo que se propone es sustituir el actual statu quo de las competiciones europeas por una distribución en varias divisiones semicerradas y menos condicionadas por los resultados cosechados en las ligas nacionales.

La FIFA y la UEFA reaccionaron a la propuesta anunciando sanciones graves contra aquellos que impulsaran competiciones alternativas a las oficiales y los promotores de la Superliga acudieron a este Juzgado de Madrid en busca de protección. Antes de tomar una decisión, el Juzgado madrileño elevó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para que fijase posición. Lo hizo hace meses en la misma línea que el fallo conocido este lunes.

La sentencia del juzgado mercantil madrileño ordena también a la FIFA y a la UEFA a que cesen en las conductas anticompetitivas sancionadas y se les prohíba su reiteración futura. Además, les condena a remover inmediatamente todos los efectos de las actuaciones anticompetitivas que se hayan producido antes o durante la duración de este procedimiento, que comenzó el 18 de abril de 2021 cuando la Superliga anunció la puesta en marcha de un proyecto de nueva competición de fútbol profesional y ejercitó acciones en materia de defensa de la competencia ante la respuesta de las citadas instituciones.

En la sentencia se destaca que el contenido de las declaraciones emitidas por FIFA, UEFA y otras entidades como las federaciones y ligas de Inglaterra, Italia y España el 18 de abril de 2021 en relación con el proyecto de competición internacional paneuropea, infringe también los artículos 101 y 102 del TFUE.

"Sistema monopolístico"

La sentencia da la razón a la Superliga “por cuanto la actuación de las demandadas no se encontraba dirigida únicamente a evitar el desarrollo de un determinado proyecto, sino a evitar la implantación de un tercero competidor y modificación del sistema monopolístico de la organización de competiciones, ya que se ha mantenido la misma defensa en todo el procedimiento aun cuando el proyecto de la Superliga haya decaído o al menos se ha aceptado que no se va a desarrollar en los términos inicialmente planteados, lo que denota que los actos iniciales conectaban con la oposición de modificación del sistema de autorización de competiciones por terceros competidores”. En su versión inicial, la Superliga era una competición cerrada más parecida a la NBA que al concepto de competición europea.

Añade la sentencia que, “no cabe la imposición de una prohibición o restricción en abstracto; es decir, imponer una prohibición a futuro de cualquier otro proyecto o modificación del ya presentado. Admitir lo contrario supondría aceptar una suerte de prohibición o blindaje de cualquier proyecto de competición futbolística que fuera presentado por las demandantes, lo cual no es aceptable. Corresponderá a los intervinientes su modificación y adaptación posterior. Ello no determina que sea objeto del procedimiento la autorización de cualquier competición, sino sentar las bases para encauzar un sistema de libre competencia de organización de competiciones de fútbol”.

Esta resolución aún no ha alcanzado firmeza y contra ella cabe la interposición del correspondiente recurso de apelación ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, órgano competente en asuntos de naturaleza mercantil.

LaLiga, entidad que gestiona la competición doméstica en España siempre se opuso a la Superliga, cuyo principal impulsor es el presidente del Real Madrid, Florentino Pérez. Este lunes ha emitido un comunicado en el que afirma que la sentencia "no avala la Superliga Europea, insiste en que este procedimiento no juzga el proyecto abandonado de la Superliga". A su entender, el juzgado "ha dejado claro en su sentencia que en tanto que la Superliga en los términos inicialmente planteados ya ha sido descartado por las propias impulsoras, los pedimentos en relación con ello deben igualmente decaer".

La magistrada titular del Juzgado de lo Mercantil n.º 17 de Madrid ha estimado parcialmente la demanda presentada por la Superliga contra la UEFA y la FIFA. Así, ha declarado que ambos organismos han abusado de su posición de dominio y están impidiendo la libre competencia en el mercado al atribuirse la facultad discrecional de prohibir la participación en competiciones alternativas e imponer restricciones injustificadas y desproporcionadas. Según dice, infringen los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

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