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El TC rechaza unido apartar a la magistrada Díez del recurso sobre el recuento de votos
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El TC rechaza unido apartar a la magistrada Díez del recurso sobre el recuento de votos

Entienden que no queda sustentado el argumento de que tenga interés directo o indirecto en la causa como alegaba el PP al señalar que fue alto cargo de la Moncloa

Foto: La magistrada Díez junto a varios de sus compañeros. (EFE/Ballesteros)
La magistrada Díez junto a varios de sus compañeros. (EFE/Ballesteros)

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha rechazado este lunes por unanimidad la recusación del PP contra la magistrada Laura Díez en el recurso de amparo electoral para la revisión de los votos nulos en Madrid. La Sala entiende que los hechos alegados carecen de relación y no son susceptibles de integrar la causa de recusación invocada por el PP, esto es, tener interés directo o indirecto en la causa.

El PP había pedido al Constitucional que apartara a Díez de la deliberación sobre el recurso con el que el PSOE busca forzar la revisión. Los populares apuntaban al hecho de que Díez trabajara para la Moncloa entre febrero de 2020 y abril de 2022 como directora general de Asuntos Constitucionales, primero bajo las órdenes de la exministra Carmen Calvo y después bajo el mando del actual ministro de la Presidencia, Félix Bolaños.

El Constitucional admitió a trámite el recurso del PSOE el pasado martes y se reunirá mañana para tomar su decisión definitiva. Los socialistas confían en forzar la revisión de los votos nulos para recuperar el escaño que perdieron por el voto exterior el pasado 28 de julio, cuando el recuento se saldó con un diputado más para el PP por una diferencia de 1.341 papeletas. Sin ese escaño, la hipotética abstención del partido de Carles Puigdemont ya no resulta suficiente para investir a Pedro Sánchez con el apoyo de sus actuales socios y exige el sí expreso de los independentistas.

Foto: Edificio del Tribunal Constitucional. (Europa Press/Fernando Sánchez)

Dada su relación previa con el Gobierno, el PP consideraba que Díez puede buscar favorecerlo y cuestiona su imparcialidad. Los populares incidían en que el propio Bolaños, con el que la magistrada trabajó hasta hace poco más de un año, "ha realizado declaraciones reiteradas poniendo en duda la fiabilidad de los resultados del proceso electoral a las Cortes Generales de julio de 2023".

La oposición del sector conservador del TC

Como ya informó El Confidencial este jueves, el sector conservador del Constitucional teme que la mayoría progresista termine por forzar el recuento con una resolución que no respete su habitual doctrina. La clave, en su opinión, es que los socialistas reclaman el recuento, pero no lo acompañan de ningún indicio de "irregularidad". La jurisprudencia ha defendido de forma tradicional que es imprescindible identificar el objeto de la impugnación y la razón que la justifica. Lo contrario conduciría a revisiones sin base y a la imposibilidad de llevar materialmente a cabo el escrutinio en el plazo legal.

Foto: El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez (c), junto al ministro de la Presidencia en funciones, Félix Bolaños (d). (EFE/Borja Sánchez-Trillo)

El sector conservador coincide así con la interpretación que ya hizo el Supremo, que falló en contra de la reclamación de los socialistas tras realizar un minucioso examen de la jurisprudencia y doctrina del propio Constitucional. La conclusión es que la reclamación del PSOE no reúne los requisitos exigidos por esa doctrina. No basta como argumento la escasa diferencia en los resultados, adoptados por un margen de 1.200 votos, ni puede aceptarse que se revisen los votos "por si acaso", de forma preventiva y para ver si se aprecia algún fallo favorable al PSOE.

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha rechazado este lunes por unanimidad la recusación del PP contra la magistrada Laura Díez en el recurso de amparo electoral para la revisión de los votos nulos en Madrid. La Sala entiende que los hechos alegados carecen de relación y no son susceptibles de integrar la causa de recusación invocada por el PP, esto es, tener interés directo o indirecto en la causa.

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