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El Constitucional admite a trámite el recurso del PSOE para recontar el voto nulo
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AHORA TENDRÁ QUE ENTRAR EN EL FONDO

El Constitucional admite a trámite el recurso del PSOE para recontar el voto nulo

El Supremo rechazó su petición al concluir que "la mera diferencia numérica en los resultados que se aducen en este caso (1.200 votos) no es base suficiente para la revisión"

Foto: El pleno del Tribunal Constitucional, presidido por el magistrado Cándido Conde-Pumpido. (EFE)
El pleno del Tribunal Constitucional, presidido por el magistrado Cándido Conde-Pumpido. (EFE)

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo electoral del PSOE contra la sentencia del Tribunal Supremo que desestimó la revisión de los votos nulos en Madrid. Se trata de la última baza del Gobierno para tratar de ganar un escaño y rebajar así su dependencia del apoyo de Junts de cara a una investidura de Sánchez. Tras la admisión a trámite, que ha contado con dos votos en contra, el Constitucional tendrá que entrar ahora en el fondo del recurso para decidir si da luz verde al recuento.

Los socialistas confían en forzar esta maniobra para recuperar el escaño que perdieron por el voto exterior el pasado 28 de julio, cuando el recuento se saldó con un diputado más para el PP por una diferencia de 1.341 papeletas. Sin ese escaño, la hipotética abstención del partido de Carles Puigdemont ya no resulta suficiente para investir a Pedro Sánchez con el apoyo de sus actuales socios y exige el sí expreso de los independentistas.

El Supremo concluyó el pasado 25 de agosto que "la mera diferencia numérica en los resultados que se aducen en este caso (1.200 votos) no es base suficiente para la revisión". El PSOE, sin embargo, sí logró que la Fiscalía se posicionara a favor de revisar "todos los votos nulos" porque eran "susceptible de afectar al resultado electoral". El Ministerio Público aseguró que veía "aceptable" la petición de los socialistas toda vez que consideraba que lo que se imponía era "afirmar la primacía que tiene la búsqueda de la verdad material". Según recalcó, no existe precepto alguno en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) que prohíba expresamente solicitar la revisión de los sufragios afectados de nulidad.

La decisión se ha adoptado, de momento, por mayoría y ya anticipa la oposición de los magistrados conservadores que integran la Sala. Cesar Tolosa y Enrique Arnaldo han votado en contra de analizar la reclamación del Gobierno. La Sala, sin embargo, entiende que el recurso tiene especial trascendencia constitucional "porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto al plantear una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica". La ponencia ha recaído en la magistrada Laura Díez, exalto cargo de Moncloa.

Asimismo, considera que el recurso puede dar ocasión al tribunal para aclarar o cambiar su doctrina, como consecuencia del surgimiento de nuevas realidades sociales. Ahora se abre un trámite procesal en el que se da un plazo a las partes y al Ministerio Fiscal para que puedan presentar alegaciones. La Sala se reunirá la próxima semana para decidir sobre el fondo del recurso electoral.

Respecto a la Fiscalía, el Ministerio Público ya se mostró a favor de la petición del PSOE en el TS y defendió que el recuento es "susceptible de afectar al resultado electoral". El Ministerio Público aseguró que veía "aceptable" la petición de los socialistas toda vez que consideraba que lo que se imponía era "afirmar la primacía que tiene la búsqueda de la verdad material".

El fiscal Ricardo González Cerrón estimó pertinente que se declarase la nulidad del acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) y de la Junta Electoral Provincial de Madrid "respecto del escaño adjudicado como número 16 del PP y en la persona de Carlos García Adanero". Según recalcó, no existe precepto alguno en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) que prohíba expresamente solicitar la revisión de los sufragios afectados de nulidad. El fiscal consideró "razonable" revisar los votos nulos en Madrid ante "el estrecho margen de votos con que se ha producido la asignación del último escaño en la circunscripción electoral".

La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo electoral del PSOE contra la sentencia del Tribunal Supremo que desestimó la revisión de los votos nulos en Madrid. Se trata de la última baza del Gobierno para tratar de ganar un escaño y rebajar así su dependencia del apoyo de Junts de cara a una investidura de Sánchez. Tras la admisión a trámite, que ha contado con dos votos en contra, el Constitucional tendrá que entrar ahora en el fondo del recurso para decidir si da luz verde al recuento.

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