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Los motivos del TS para revisar ahora los indultos: "No pueden quedar inmunes al control"
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"Garantizar al máximo la tutela judicial"

Los motivos del TS para revisar ahora los indultos: "No pueden quedar inmunes al control"

La Sección Quinta considera por mayoría que la legitimación de los recurrentes no puede condicionar que no se analice la gracia concedida a Oriol Junqueras y el resto de condenados

Foto: Los presos del 'procés', en su salida de la cárcel. (EFE/Quique García)
Los presos del 'procés', en su salida de la cárcel. (EFE/Quique García)

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha hecho públicos este jueves los autos en los que se fundamenta su decisión de admitir los recursos presentados contra los indultos del 'procés' cuyo estudio fue rechazado en un primer momento. El TS basa su decisión en la convicción de que no es "deseable" que un ámbito como la gracia, que permitió exonerar a Oriol Junqueras y el resto de condenados, sea "inmune al control jurisdiccional".

Los autos se refieren a la complejidad para analizar la legitimación activa de los recurrentes, entre los que se encuentra el PP, Vox y Ciudadanos, y entiende que "una decisión de tal calado" no puede despejarse en una fase inicial, sin ni siquiera entrar a valorarla. La idea es la de garantizar "al máximo" el derecho a la tutela judicial efectiva de los recurrentes, dice el alto tribunal.

Foto: Oriol Junqueras. (EFE/Kai Försterling)

La Sección Quinta revirtió su decisión inicial hace unas semanas. En un inicio, esa misma sección, con otra composición, rechazó de plano resolver sobre las decenas de impugnaciones que se presentaron. La entrada de una nueva magistrada ha sido clave para cambiar ahora las cosas. La resolución, adoptada de nuevo por un estrecho tres a dos, pero en sentido contrario a la inicial, abrirá un nuevo frente al Ejecutivo y tardará meses en resolverse.

La Sala estimó todos los recursos, excepto el interpuesto por la entidad Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén, que se rechaza por unanimidad. El tribunal ha ordenado la continuación de los procedimientos y pospone al trámite de sentencia el pronunciamiento sobre la falta de legitimación de los recurrentes planteada por la Abogacía del Estado en todos los recursos. La admisión a trámite no predetermina el sentido de la sentencia final.

Foto: Junqueras, en un acto político de ERC. (EFE)

Hace cuatro meses, el rechazo se adoptó en una sala de cinco magistrados por un estrecho tres a dos. El presidente, Segundo Menéndez; la ponente Ángeles Huet, y el magistrado Octavio Herrero forzaron la inadmisión en bloque de todos los recursos contra el criterio de otros dos magistrados, Wenceslao Olea y Fernando Román, que sí veían necesario admitirlos. No obstante, poco después se produjo un cambio en la composición de la Sección Quinta. La magistrada Huet fue sustituida por Inés Huerta, cuyo criterio difiere. Por su parte, Segundo Menéndez se jubiló. El nuevo criterio de la magistrada Huerta supuso un vuelco de aquella decisión inicial en la fase de los recursos de reposición.

Examen, en sentencia

La legitimación de los partidos y políticos recurrentes es uno de los puntos clave y en algunos de los autos se indica que "no puede condicionar el proceso, sino que solo puede ser determinada cuando se examine el derecho material reclamado". Ese examen solo puede hacerse en sentencia, advierte el TS. También indica que los indultos parciales concedidos por el Gobierno en este caso lo fueron por delitos "muy singulares". "Contra la sociedad, que protegen bienes jurídicos colectivos", asegura.

Además del PP y Vox en calidad de partidos, recurrieron al Supremo los dirigentes de Ciudadanos Inés Arrimadas, Carlos Carrizosa y José María Espejo-Saavedra; los diputados y exdiputados del PP en el Parlamento de Cataluña Alejandro Fernández, Santiago Rodríguez, Andrea Levy, Juan Bautista Milian y Lorena Roldán; dos asociaciones —Convivencia Cívica Catalana y Pro Patrimonium Sijena y Jerusalén—, y el exdelegado del Gobierno en Cataluña Enric Milló.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo ha hecho públicos este jueves los autos en los que se fundamenta su decisión de admitir los recursos presentados contra los indultos del 'procés' cuyo estudio fue rechazado en un primer momento. El TS basa su decisión en la convicción de que no es "deseable" que un ámbito como la gracia, que permitió exonerar a Oriol Junqueras y el resto de condenados, sea "inmune al control jurisdiccional".

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