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El magistrado del TC que decantó la balanza: el primer estado de alarma sí, el segundo no
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LA SENTENCIA SE SALDÓ CON SEIS VOTOS A CUATRO

El magistrado del TC que decantó la balanza: el primer estado de alarma sí, el segundo no

Andrés Ollero rompió el hipotético empate a cinco y, esta vez sí, consideró que el Gobierno había traspasado las líneas rojas con la prórroga de seis meses y la cogobernanza

Foto: El magistrado del Tribunal Constitucional Andrés Ollero. (EFE)
El magistrado del Tribunal Constitucional Andrés Ollero. (EFE)
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El Tribunal Constitucional considera que el Gobierno se excedió en la aplicación de los dos estados de alarma durante la pandemia, pero por motivos distintos: en el primer caso, porque el confinamiento fue más allá de una simple limitación de derechos fundamentales para adentrarse en la suspensión. En el segundo, porque la prórroga de seis meses y la cogobernanza con las comunidades vulneraron la ley. Ambos debates presentan claras diferencias, y así se refleja en la postura que ha mantenido ante los mismos el magistrado Andrés Ollero: entre julio y octubre, solo él ha cambiado de 'bando' en el tribunal y ha terminado por decantar la balanza de la segunda votación.

La clave pasa por que en primera deliberación participaron 11 magistrados y se saldó por seis votos contra cinco, mientras que en la segunda el número se vio reducido a 10: Alfredo Montoya, considerado conservador, no acudió por razones de salud. Sin él, se igualaban las fuerzas con los supuestos defensores de los estados de alarma de Pedro Sánchez, pero Ollero rompió el hipotético empate a cinco: esta vez sí, concluyó que el Gobierno había traspasado las líneas rojas por los motivos que adelantó El Confidencial en julio. Tras esta votación, él será uno de los cuatro magistrados que abandonen el tribunal ante la renovación acordada por PP y PSOE la pasada semana.

Foto: El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el Congreso. (EFE)

Otros dos de los magistrados que saldrán del Constitucional por este pacto son el presidente, Juan José González Rivas, y la vicepresidenta, Encarnación Roca Trías, quienes también se han desmarcado de las etiquetas que se les atribuyen: el primero, considerado conservador, ha votado contra las dos sentencias sobre los estados de alarma, mientras que ella, tildada de progresista, ha seguido el camino contrario.

La postura de Ollero

Diputado del PP durante 17 años y exportavoz de Justicia en el Congreso, Ollero emitió un voto particular el pasado julio en el que se desmarcaba del bloque considerado conservador. Frente a la idea de que las limitaciones a la movilidad de la primera ola fueron más propias de otros estados como el de excepción, él dio por buena la alarma: "La realidad ha demostrado que una pandemia puede afectar con más intensidad a determinadas facetas de los titulares de derechos constitucionales que un posible golpe de Estado o la invasión de divisiones acorazadas", argumentaba. "Dada mi edad, he podido experimentar varios estados de excepción".

En cualquier caso, ya entonces dejaba caer una frase con la que reflejaba que se trataba de una valoración jurídica, no de un espaldarazo político. Frente al estado de excepción, limitado por la Constitución a "treinta días, prorrogables por otro plazo igual", él reflexionaba lo siguiente: "Esto lleva a pensar que quien lo proclamara en el arranque de una pandemia como la experimentada estaría transmitiendo a la población que se consideraba en condiciones de ponerle fin en uno o dos meses. A lo largo del desarrollo del estado de alarma, se han expresado no pocas majaderías, incluso por portavoces autorizados, pero es de justicia reconocer que no se llegó a ese extremo".

Foto: El presidente del Tribunal Constitucional, Juan José González Rivas. (EFE)

¿Por qué apoya ahora la sentencia contra la prórroga de seis meses? Porque, como avanzaba este miércoles el Constitucional, no se trata de analizar el cuánto, sino el cómo. La sentencia, cuyo contenido íntegro no se conocerá hasta los próximos días, se centrará para ello en que "lo que merece censura constitucional no es la duración de la prórroga, por sí sola y sin más, sino el carácter no razonable o infundado". Apoyándose en este argumento, concluye que "la determinación temporal de aquella prórroga de seis meses se realizó de un modo por entero inconsistente con el sentido constitucional que es propio del acto de autorización y sin coherencia alguna".

En cuanto a la cogobernanza con las comunidades autónomas, la sentencia explicará que "contraviene lo dispuesto en la ley orgánica" que regula "los estados de crisis y las competencias y limitaciones correspondientes", a lo que se suma que "el Gobierno acordó con carácter permanente la delegación sin reserva alguna de la supervisión efectiva o de la eventual avocación al propio Gobierno". Con ese razonamiento jurídico sobre la mesa, Ollero sí ha votado esta vez junto al considerado bloque conservador.

El Tribunal Constitucional considera que el Gobierno se excedió en la aplicación de los dos estados de alarma durante la pandemia, pero por motivos distintos: en el primer caso, porque el confinamiento fue más allá de una simple limitación de derechos fundamentales para adentrarse en la suspensión. En el segundo, porque la prórroga de seis meses y la cogobernanza con las comunidades vulneraron la ley. Ambos debates presentan claras diferencias, y así se refleja en la postura que ha mantenido ante los mismos el magistrado Andrés Ollero: entre julio y octubre, solo él ha cambiado de 'bando' en el tribunal y ha terminado por decantar la balanza de la segunda votación.

Pedro Sánchez
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