Es noticia
La Audiencia Nacional rechaza suspender de urgencia las repatriaciones de menores
  1. España
No entra aún en el fondo

La Audiencia Nacional rechaza suspender de urgencia las repatriaciones de menores

Avisa de que la expulsión de menores debe seguir el procedimiento establecido pero es la Delegación de Gobierno quien debe demostrar si se cumple

Foto: Fernando Grande-Marlaska. (EFE)
Fernando Grande-Marlaska. (EFE)

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha denegado este miércoles la suspensión cautelar de las repatriaciones de los menores alojados en Ceuta desde el pasado mayo. En una resolución, se declara competente para resolver el recurso presentado por la Asociación Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, pese a las afirmaciones de Interior que se remitía a lo juzgados de la Ciudad Autónoma. Aunque especifica que Interior dio sin duda la orden, basa su decisión en una cuestión técnica, ya que debe ser la Delegación del Gobierno en Ceuta quien demuestre el cumplimiento de la ley en este caso que, según resalta el auto, es imprescindible para expulsar a los menores. El auto deja claro que ell acuerdo bilateral impone que para la ejecución de lo previsto en dicho acuerdo son necesarios procedimientos y pronunciamientos individualizados que no se produjeron en este caso.

Pese a apreciar razones de urgencia para resolver la cautelar porque los retornos se están produciendo en estos días, rechaza la paralización porque la solicitud debe plantearse en los procedimientos previstos y regulados detalladamente en la legislación española a los que remite el Acuerdo Hispano-marroquí. Las entregas ya están, además, paralizadas. El acuerdo de 2007 requiere de un análisis pormenorizado de su contenido y cumplimiento por parte de Ceuta en el que cabrá, en su caso, que apreciar "si existen las vulneraciones de derechos fundamentales denunciadas". En consecuencia, y sin prejuzgar el fondo del recurso, la Sala rechaza acordar la suspensión cautelar en tanto que del acto impugnado, en una primera aproximación cautelar, no se deducen las violaciones de derechos denunciadas en relación con el acto objeto del presente recurso.

El Tribunal responde a Interior respecto a la competencia y dice que el objeto del presente recurso es un escrito de 10 de agosto de 2021 con el membrete de la Secretaría de Estado de Seguridad por el que se acuerda que se proceda a ejecutar las previsiones recogidas en el artículo 5 del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre la cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y retorno concertado. La Sala considera que el escrito, aunque presenta defectos de forma, como la falta de firma, no impide al tribunal reconocer su competencia para conocer y resolver sobre la medida cautelarísima solicitada.

El recurso de la Red

Para la Red que denunció los hechos, la forma de proceder de Interior incumple "la normativa tanto nacional como internacional que protege a estas personas y les confiere derechos y obligaciones que han sido severamente conculcados por el Estado español". Enumera las obligaciones que exigen las leyes para estas repatriaciones, entre ellas, que los niños afectados deben ser informados del inicio del expediente de repatriación y ser escuchados. En caso de mostrar su disconformidad, se debe proceder al nombramiento de un defensor judicial, después se abre un trámite de alegación y la Delegación del Gobierno debe recabar un informe del servicio de protección de menores que debe ser entregado en 10 días.

Foto: El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. (EFE)

Una vez efectuadas las alegaciones, se abre un periodo de prueba que no puede ser inferior a 10 días en que se recaba el informe del fiscal. Tras incorporar todos los documentos, se abre un trámite de audiencia en la Delegación del Gobierno al que serán convocados el Ministerio Público, el menor y su representante legal y el defensor judicial. Una vez realizada esta diligencia, se resolverá si procede o no la resolución. La decisión, en cualquier caso, ha de ser notificada para que pueda recurrirse.

El recurso destaca que la observancia estricta de la Convención de los Derechos del Niño, las normas internacionales y las del Reino de España exigidas por el acuerdo con el Reino de Marruecos de 2007 han sido "frontalmente conculcadas", "vulnerando flagrantemente los derechos fundamentales que respecto de los niños y los ciudadanos del mundo establece nuestra Constitución".

Las asociaciones de defensa de los inmigrantes implicadas en su defensa, como la Coordinadora de Barrios aseguran que a pesar de que la Audiencia no para cautelarmente el dispositivo, la resolución confirma que la suspensión de la devolución de los menores migrantes acordada por el juzgado de lo contencioso-administrativo 1 de Ceuta sigue vigente. También siguen vigentes las medidas de suspensión de las devoluciones acordadas por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas. "Por otro lado, además, está resolución desautoriza expresamente la posición del presidente de la ciudad de Ceuta y del ministro del interior de que el acuerdo bilateral con Marruecos de 2007 autoriza directamente las devoluciones".

La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha denegado este miércoles la suspensión cautelar de las repatriaciones de los menores alojados en Ceuta desde el pasado mayo. En una resolución, se declara competente para resolver el recurso presentado por la Asociación Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado, pese a las afirmaciones de Interior que se remitía a lo juzgados de la Ciudad Autónoma. Aunque especifica que Interior dio sin duda la orden, basa su decisión en una cuestión técnica, ya que debe ser la Delegación del Gobierno en Ceuta quien demuestre el cumplimiento de la ley en este caso que, según resalta el auto, es imprescindible para expulsar a los menores. El auto deja claro que ell acuerdo bilateral impone que para la ejecución de lo previsto en dicho acuerdo son necesarios procedimientos y pronunciamientos individualizados que no se produjeron en este caso.

Inmigración Audiencia Nacional Fernando Grande-Marlaska
El redactor recomienda