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Mayores de 6 años, en transportes o con 1,5 m de distancia: la nueva normativa de la mascarilla
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Mayores de 6 años, en transportes o con 1,5 m de distancia: la nueva normativa de la mascarilla

El Gobierno permite la relajación de la obligatoriedad de su uso en determinados ambientes y escenarios "al igual que están haciendo otros países con situaciones similares"

Foto: Dos mujeres pasean con mascarilla. (EFE)
Dos mujeres pasean con mascarilla. (EFE)

A partir de las 00:00 horas de este sábado, la mascarilla al aire libre deja de ser obligatoria, medida siempre sujeta a unos supuestos. Ayer, el Consejo de Ministros aprobó en una reunión extraordinaria la eliminación de su uso al aire libre, siempre y cuando se pueda mantener la distancia de seguridad para evitar la trasmisión del coronavirus. Así, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes la nueva norma, que "debe atenderse" gracias al avance del programa de vacunación avanzado: "A 23 de junio de 2021, el 100% y el 96,4% de los mayores de 80 y 70 años respectivamente con pauta completa, y el 93,2% y el 86,3% de los mayores de 60 y 50 años con una dosis; además, el 50% de toda la población ya ha recibido, al menos, una dosis de la vacuna". En este contexto, el Gobierno permite la relajación de la obligatoriedad de su uso en determinados ambientes y escenarios "al igual que están haciendo otros países con situaciones similares de nuestro entorno".

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Se modifica así la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de "medidas urgentes de prevención, contención y coordinación" para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19. Por ello, en primer lugar, las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, en lugares al aire libre en los que por la aglomeración de personas no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las mismas, salvo si se trata de grupos de convivientes.

Foto: Foto: EFE.

También es obligatorio su uso en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús o por ferrocarril, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote, ni en espacios exteriores de la nave cuando se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros. De nuevo, es necesario llevarla en eventos multitudinarios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie o si están sentados sin distancia de 1,5 metros, salvo grupos de convivientes.

Es necesario llevarla en eventos multitudinarios al aire libre cuando los asistentes estén de pie o si están sentados sin distancia de 1,5 metros

Quedan exentas de su uso las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitársela. Además de en el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible; o en aquellos lugares o espacios cerrados de uso público que formen parte del lugar de residencia de los colectivos que allí se reúnan, como son las instituciones para la atención de personas mayores o con diversidad funcional. Esta última excepción no será de aplicación a los visitantes externos, ni a los trabajadores de los centros residenciales de personas mayores o con diversidad funcional.

El uso de mascarillas en centros penitenciarios en los que haya movilidad de los internos, tanto en exteriores como en espacios cerrados, se regirá por normas específicas establecidas por la autoridad penitenciaria competente.

A partir de las 00:00 horas de este sábado, la mascarilla al aire libre deja de ser obligatoria, medida siempre sujeta a unos supuestos. Ayer, el Consejo de Ministros aprobó en una reunión extraordinaria la eliminación de su uso al aire libre, siempre y cuando se pueda mantener la distancia de seguridad para evitar la trasmisión del coronavirus. Así, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este viernes la nueva norma, que "debe atenderse" gracias al avance del programa de vacunación avanzado: "A 23 de junio de 2021, el 100% y el 96,4% de los mayores de 80 y 70 años respectivamente con pauta completa, y el 93,2% y el 86,3% de los mayores de 60 y 50 años con una dosis; además, el 50% de toda la población ya ha recibido, al menos, una dosis de la vacuna". En este contexto, el Gobierno permite la relajación de la obligatoriedad de su uso en determinados ambientes y escenarios "al igual que están haciendo otros países con situaciones similares de nuestro entorno".

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