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El TC admite a trámite el recurso de Vox contra el estado de alarma
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aprobado el pasado 25 de octubre

El TC admite a trámite el recurso de Vox contra el estado de alarma

El Pleno del tribunal de garantías ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto el pasado 6 de noviembre por más de 50 diputados del partido de Abascal

Foto: Abascal, junto a Espinosa de los Monteros y Olona. (EFE)
Abascal, junto a Espinosa de los Monteros y Olona. (EFE)

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por Vox contra el estado de alarma decretado por el Gobierno de Pedro Sánchez, aunque rechaza suspenderlo mientras estudia si vulnera los derechos de los ciudadanos, entre ellos los de circulación y reunión.

El Pleno del tribunal de garantías ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto el pasado 6 de noviembre por más de 50 diputados del partido de Santiago Abascal contra varios artículos del Real Decreto de estado de alarma aprobado el pasado 25 de octubre para contener la pandemia del coronavirus.

Foto: Imagen del muelle de Arguineguín. (EFE)

Sin embargo, los magistrados no han aceptado la solicitud de suspensión cautelar formulada, ya que no procede su apreciación de acuerdo a lo señalado en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, según la resolución con fecha del pasado 17 de noviembre.

Dicho precepto señala que "la admisión de un recurso o de una cuestión de inconstitucionalidad no suspenderá la vigencia ni la aplicación de la Ley (...), excepto en el caso en que el Gobierno se ampare en lo dispuesto por el artículo 161.2 de la Constitución para impugnar, por medio de su presidente, leyes, disposiciones normativas o actos con fuerza de ley de las comunidades autónomas", lo que no se ha dado en esta ocasión.

En cualquier caso, el Tribunal Constitucional estudiará si el actual estado de alarma por el que se establece un toque de queda, y su prórroga de seis meses, vulnera los derechos de los ciudadanos, entre ellos los de circulación y reunión.

El partido de Abascal sostiene que el estado de alarma vulnera los artículos 17, 19, 21 y 25 de la Constitución, relativos a la libertad y a la seguridad

El partido de Santiago Abascal sostiene que el estado de alarma vulnera los artículos 17, 19, 21 y 25 de la Constitución, relativos a los derechos a la libertad y a la seguridad; a la libre circulación; a la reunión y la manifestación pacíficas; y contra las sanciones administrativas que directa o subsidiariamente impliquen privación de libertad.

Asimismo, también impugnó el acuerdo del pasado 29 de octubre del Congreso de los Diputados autorizando la prórroga del estado de alarma hasta mayo al entender que ha sido aprobada por el "rodillo mayoritario" de la Cámara Baja. También rechaza la decisión de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, solo comparezca cada dos meses ante el Pleno de la Cámara para dar cuenta de su evolución y el ministro de Sanidad, Salvador Illa, lo haga mensualmente ante la Comisión de Sanidad.

El tribunal de garantías ha acordado dar traslado de la demanda y demás documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno para que formulen las alegaciones que consideren convenientes.

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado por Vox contra el estado de alarma decretado por el Gobierno de Pedro Sánchez, aunque rechaza suspenderlo mientras estudia si vulnera los derechos de los ciudadanos, entre ellos los de circulación y reunión.

Pedro Sánchez Santiago Abascal
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