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Cambio de tercio en el Constitucional: estudia avalar las devoluciones en caliente
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ABORDARÁ UN NUEVO TEXTO

Cambio de tercio en el Constitucional: estudia avalar las devoluciones en caliente

De la propuesta inicial de considerar la práctica inconstitucional se pasa ahora a la de avalarla, en vista de la doctrina de Europa, confirman a El Confidencial fuentes jurídicas

Foto: Una veintena de inmigrantes subidos a la valla de Melilla, en una imagen de 2015. (EFE)
Una veintena de inmigrantes subidos a la valla de Melilla, en una imagen de 2015. (EFE)

El Tribunal Constitucional se ha repensado sus primeras conclusiones acerca del ajuste legal de las devoluciones en caliente de inmigrantes. Los magistrados, que llevaban meses debatiendo sobre la constitucionalidad de la 'Ley mordaza' —recurrida en 2015 por varios grupos, entre ellos el PSOE—, y que tenían muchas dudas sobre la propuesta inicial del anterior ponente, Fernando Valdés, sobre las expulsiones en frontera, abordarán la próxima semana un nuevo texto redactado por el presidente Juan José González Rivas. De la propuesta inicial de considerar la práctica inconstitucional se pasa ahora a la de avalarla, en vista de la doctrina de Europa, confirman a El Confidencial fuentes jurídicas.

El tribunal de garantías se encontró el pasado febrero con que tendrá que acomodar su postura a la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que avaló este jueves estas devoluciones sumarias y falló por unanimidad a favor de España. La salida de Valdés, que renunció a su puesto ante una investigación por violencia de género, ha provocado el cambio de manos.

Foto: Puerto de Arguineguin, en Gran Canaria. (EFE)

Así, la corte europea ha reorientado la doctrina que Valdés defendía en el TC. La Gran Sala del TEDH, la instancia superior del tribunal, y ante la que no cabe ya más recurso, rectificó una sentencia de la Sala de octubre de 2017 por la que condenó a España por la "expulsión de carácter colectivo", contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos, "sin ninguna medida administrativa o judicial previa". La demanda había sido planteada por dos inmigrantes, N. D. y N. T., nacionales de Mali y Costa de Marfil, que fueron expulsados a Marruecos tras entrar ilegalmente en España a través de la valla de Melilla el 13 de agosto de 2014. El Gobierno del PP recurrió esa primera condena. El Ejecutivo de Pedro Sánchez, contrariamente a su posición de 2015, mantuvo y defendió esa impugnación a través de la Abogacía del Estado.

Los 17 jueces de la Gran Sala consideraron, en su sentencia, que los dos inmigrantes "se colocaron ellos mismos en una situación ilegal" cuando intentaron entrar en España aquel día al acceder a un lugar "no autorizado", aprovechando que estaban en un "grupo numeroso" y haciendo "uso de la fuerza". Decidieron "no entrar por los procedimientos legales". Así que el tribunal entiende que "la ausencia de una decisión individual de expulsión "se puede atribuir al hecho de que los demandantes, suponiendo que hubieran querido hacer valer los derechos en virtud de la Convención, no utilizaron los procedimientos de entrada oficiales existentes y que, por lo tanto, es la consecuencia de su propio comportamiento". El TEDH "no puede hacer responsable al Estado [España] de la falta de un recurso legal en Melilla que les hubiera permitido recurrir su expulsión". Y esta no constituye por sí misma, decía la resolución, una violación del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El magistrado Valdés, progresista, había asumido la ponencia y, en su borrador, dudaba del encaje en la Carta Magna de las devoluciones en caliente

El giro de 180 grados de Estrasburgo ha tenido sus efectos como ha adelantado 'El Español'. El TC se hallaba ya analizando el recurso que en mayo de 2015 [aquí en PDF] presentaron PSOE, Izquierda Plural, UPYD, Compromís-Equo, Coalición Canaria-Nueva Canarias y Geroa Bai contra la Ley de Seguridad Ciudadana que impulsó el Gobierno de Mariano Rajoy. La mayoría de los grupos de la oposición en aquel momento impugnaban varios artículos de esa norma, la llamada 'ley mordaza', que en una disposición final daba cobertura a las devoluciones en caliente: "Los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España".

Foto: El magistrado del Tribunal Constitucional Fernando Valdés. (EFE)

El magistrado Valdés, progresista, había asumido la ponencia y, en su borrador, dudaba del encaje en la Carta Magna de las devoluciones en caliente. Los recurrentes habían advertido de que este tipo de expulsiones en frontera, no sujetas a revisión judicial, privan al extranjero de su derecho a la tutela judicial efectiva al no garantizarle el acceso a los tribunales "en condiciones que aseguren el efectivo ejercicio de sus derechos de defensa", como prescribe el artículo 24 de la Constitución. La ponencia generó una considerable oposición y quedó congelada.

Fuentes jurídicas apuntan ahora que la discrepancia ha quedado salvada con el cambio de tercio, que apoya una mayoría. La ponencia del presidente también apoya otros aspectos discutidos de la Ley de Seguridad Ciudadana del PP y solo impugna cuestiones menores, indican.

El Tribunal Constitucional se ha repensado sus primeras conclusiones acerca del ajuste legal de las devoluciones en caliente de inmigrantes. Los magistrados, que llevaban meses debatiendo sobre la constitucionalidad de la 'Ley mordaza' —recurrida en 2015 por varios grupos, entre ellos el PSOE—, y que tenían muchas dudas sobre la propuesta inicial del anterior ponente, Fernando Valdés, sobre las expulsiones en frontera, abordarán la próxima semana un nuevo texto redactado por el presidente Juan José González Rivas. De la propuesta inicial de considerar la práctica inconstitucional se pasa ahora a la de avalarla, en vista de la doctrina de Europa, confirman a El Confidencial fuentes jurídicas.

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