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El juez concluye que Delcy recorrió 4 km en Barajas sin salir de la zona de tránsito
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El auto del magistrado

El juez concluye que Delcy recorrió 4 km en Barajas sin salir de la zona de tránsito

Tanto la zona vip como las pistas de aterrizaje y la zona de embarque de la Terminal 4 donde estuvo son "zonas de tránsito internacional" y no "territorio nacional"

Foto: El ministro de Transportes, José Luis Ábalos. (EFE)
El ministro de Transportes, José Luis Ábalos. (EFE)

El juez de Plaza Castilla encargado del caso Delcy considera que el recorrido de 4,2 kilómetros que realizó la vicepresidenta de Venezuela en la madrugada del 20 de enero desde la terminal ejecutiva donde aterrizó en un vuelo privado hasta la T4, de donde partió siete horas más tarde, se produjo "en todo momento" dentro de la zona de tránsito internacional del Aeropuerto de Barajas. Tanto el trayecto que recorrió custodiada por la Policía como el tiempo que permaneció en la sala vip —en la que pasó la noche— quedan así restringidos en opinión el juez a esta área y no suponen una entrada en territorio nacional. Contra la mandataria venezolana pesa una restricción de acceso al espacio Schengen impuesta por la Comisión Europea.

En el auto en el que el magistrado argumenta su decisión de archivar la investigación, al que ha tenido acceso El Confidencial, el titular del Juzgado 31 de Madrid Antonio Serrano-Arnal argumenta que "no consta indicio alguno" de que Delcy Rodríguez tratara de acceder al territorio nacional ni de que tuviera intención de vulnerar la legalidad. "En ningún momento accedió al puesto de control", defiende el magistrado que indica que, al no hacerlo, no violó la orden comunitaria.

Foto: EFE.

"Tanto la zona denominada vip como las pistas de aterrizaje donde se dice que permaneció la dignataria en el interior del avión que la había transportado desde su país de origen, la zona de embarque de la Terminal 4 desde donde se dice que embarcó con destino Dubái en un vuelo de Qatar Airlines y los espacios que conectan ambas tienen, como no puede ser de otra manera, consideración de zona de tránsito internacional, sin que su permanencia en las mismas tenga la consideración de acceso al territorio nacional", va desgranando el juez.

Tampoco por entrar "unos metros" en Schengen

Serrano considera, además, que no habría habido irregularidad alguna "aunque se hubiere producido una desviación en la ruta seguida" y "hubiese traspasado escasos metros el territorio Schengen". No la hay —indica— porque la restricción de entrada impuesta por la UE implica que debe existir "una intención y una voluntad de entrar de forma consciente y querida en el territorio español" que para el magistrado nunca se produjo. Tampoco hubiera visto problema, agrega, si se hubiera alojado en esas horas "en estancias al efecto dispuestas para la espera del vuelo de enlace a destino".

El magistrado se basa para determinar donde estuvo Delcy en la información proporcionada por la Comisaría General de Extranjería y Fronteras y por la Fiscalía que no solo había pedido archivar estas actuaciones, sino que también ha hecho lo mismo con la denuncia presentada contra el ministro Ábalos ante el Tribunal Supremo. Insiste en que no transgredió la prohibición de entrada en la zona Schengen. Apunta, sin embargo, que aunque no ve encaje en la comisión de un delito de prevaricación (penal), los hechos sí pueden tener recorrido "en otros ámbitos".

No todo incumplimiento de índole administrativo supone 'per se' la existencia de un delito de prevaricación

"No todo incumplimiento de índole administrativo supone 'per se' la existencia de un delito de prevaricación, ello dejaría sin contenido el procedimiento sancionador en la vía reglamentaria, el orden contencioso-administrativo", explica y agrega que el derecho penal debe dejarse "para los supuestos cuya gravedad sea evidente". "Es decir, cuando la resolución o la actuación de hecho se hagan de forma consciente con el objetivo de vulnerar la legalidad". "Nada de eso ha ocurrido", concluye.

El juez de Plaza Castilla encargado del caso Delcy considera que el recorrido de 4,2 kilómetros que realizó la vicepresidenta de Venezuela en la madrugada del 20 de enero desde la terminal ejecutiva donde aterrizó en un vuelo privado hasta la T4, de donde partió siete horas más tarde, se produjo "en todo momento" dentro de la zona de tránsito internacional del Aeropuerto de Barajas. Tanto el trayecto que recorrió custodiada por la Policía como el tiempo que permaneció en la sala vip —en la que pasó la noche— quedan así restringidos en opinión el juez a esta área y no suponen una entrada en territorio nacional. Contra la mandataria venezolana pesa una restricción de acceso al espacio Schengen impuesta por la Comisión Europea.

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