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El juez archiva el 'Delcygate' al considerar que la dos de Maduro no pisó suelo español
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QUEDAN PENDIENTES LAS QUERELLAS DEL SUPREMO

El juez archiva el 'Delcygate' al considerar que la dos de Maduro no pisó suelo español

La vicepresidenta venezolana tenía prohibida su estancia y tránsito por el espacio europeo, pero el 20 de enero aterrizó en el aeropuerto de Barajas y se reunió en secreto con Ábalos

Foto: EFE.
EFE.

La madrugada del 20 de enero, la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Eloína Rodríguez, no pisó suelo español al reunirse en secreto con el ministro José Luis Ábalos en el aeropuerto de Barajas. Al menos esa es la conclusión del titular del juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, que este miércoles ha dictado un auto de sobreseimiento para dar carpetazo a la causa conocida como ‘Delcygate’. La decisión puede ser recurrida ante el tribunal y ante la Audiencia Provincial de Madrid por la Fiscalía y Vox, quedando además pendiente el pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre las querellas que se presentaron ante el alto tribunal por los mismos hechos.

La número dos de Maduro tenía prohibida su estancia y tránsito por el espacio europeo, pero el 20 de enero, aterrizó en la terminal ejecutiva, al sur del aeropuerto, y recorrió más de 4,3 kilómetros por las pistas de Barajas antes de tomar un nuevo vuelo. Un viajero normal no podría pasar de la terminal privada a un vuelo en la Terminal 4 sin que le sellaran el pasaporte, pero la vicepresidenta de Venezuela evitó este trámite porque entonces habría entrado formalmente en España. Según Transportes, todo el operativo era un tema de Interior, y en Interior señalaron la labor policial para evitar que entrara en España, postura a la que se agarra el juez.

Foto: El ministro de Transportes, José Luis Ábalos. (EFE)

Para justificar el sobreseimiento, el magistrado apunta al artículo 25 de la Ley de Extranjería: "El extranjero que pretenda entrar en España deberá hacerlo por los puestos habilitados al efecto, hallarse provisto del pasaporte o documento de viaje que acredite su identidad, que se considere válido para tal fin en virtud de convenios internacionales suscritos por España y no estar sujeto a prohibiciones expresas", establece el mismo. Como el propio Ábalos acudió a pie de pista para recibirla y en ningún momento se procedió al sellado de su pasaporte en "los puestos habilitados al efecto", el juez considera entonces que la número dos de Maduro no pisó suelo español.

Su razonamiento choca con el de juristas consultados por El Confidencial, que apuntan a que tanto las zonas de tránsito como la terminal internacional de los aeropuertos forman parte del territorio español. "En la actualidad, no existen 'terra nullius', es decir, espacios no sometidos a la soberanía de los Estados. El aeropuerto de Barajas no es un espacio internacionalizado sustraído de la soberanía española. Otra cosa es que no se hayan pasado los controles aduaneros o migratorios", aseguraba el pasado enero a este diario el catedrático de Derecho Internacional de la Universidad Rey Juan Carlos, Francisco Jiménez.

Foto: La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen. (EFE)

Otros juristas consultados subrayan que el propio Tribunal Constitucional se refirió al asunto en 1996, en contestación a un demandante de asilo. En aquella ocasión, el tribunal de garantías indicaba que la zona internacional del aeropuerto es territorio español. "Tanto el espacio aéreo como los aeropuertos están sometidos a la soberanía española, tal y como declaran los artículos 1, 3, 42 y 47 de la Ley sobre Navegación Aérea, de 1960, y los artículos 1, 2, 10 y 13 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, firmado en Chicago en 1944, y ratificado por España en 1969", subrayaba en su resolución.

El primero de los artículos señalados no puede ser más claro. "El espacio aéreo situado sobre el territorio español y su mar territorial está sujeto a la soberanía del Estado español". Lo mismo sucede con el convenio de Chicago, en el que se deja al país en cuestión el cumplimiento de su legalidad "en lo relativo a entrada y salida de pasajeros o mercancías". Las normas de cada uno "deberán ser cumplidas durante la llegada, salida y estancia en dicho país", agrega. El Constitucional señalaba además que los funcionarios del servicio de control de fronteras —cuya presencia junto a la vicepresidenta venezolana ha mencionado continuamente Ábalos— "actúan en ejercicio de las potestades públicas inherentes a la soberanía plena y exclusiva del Estado sobre el espacio aéreo y los aeropuertos aduaneros".

La Fiscalía pide el archivo

La decisión del titular del juzgado de Instrucción número 31 de Madrid es recurrible por la Fiscalía, pero esta ya ha dejado clara su postura en el reciente informe que presentó ante el Tribunal Supremo, en el que pide que se archiven todas las querellas presentadas contra el ministro de Transporte. Para defender esta solicitud, defiende que no se han presentado "indicios suficientes de que los hechos sean constitutivos de delito de prevaricación" y apunta a que la labor del ministro no fue “más allá de lo estrictamente diplomático”, dando por buena la versión del Gobierno de que Rodríguez no llegó a pisar suelo español pese a bajar de su avión.

"Al parecer, la citada vicepresidenta no llegó a entrar en territorio español, sino que se mantuvo en la zona de tránsito hasta que partió en avión con destino fuera del espacio europeo", defiende en su informe. Apoyándose en esta idea, reduce las querellas contra el ministro a acusaciones están "basadas exclusivamente en artículos de prensa" y en la “declaración notarial” de un trabajador que ni siquiera especifica su puesto de trabajo, sin concretarse "cuál es la resolución injusta y arbitraria dictada por el querellado, ni cuáles son los indicios de participación del querellado en la decisión que cuestionan"

La madrugada del 20 de enero, la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Eloína Rodríguez, no pisó suelo español al reunirse en secreto con el ministro José Luis Ábalos en el aeropuerto de Barajas. Al menos esa es la conclusión del titular del juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, que este miércoles ha dictado un auto de sobreseimiento para dar carpetazo a la causa conocida como ‘Delcygate’. La decisión puede ser recurrida ante el tribunal y ante la Audiencia Provincial de Madrid por la Fiscalía y Vox, quedando además pendiente el pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre las querellas que se presentaron ante el alto tribunal por los mismos hechos.

José Luis Ábalos Jueces Internacional Aeropuerto de Barajas
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