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Las notarías operan para casos urgentes durante la alarma (aunque con limitaciones)
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SON SERVICIOS PÚBLICOS DE INTERÉS GENERAL

Las notarías operan para casos urgentes durante la alarma (aunque con limitaciones)

El interesado que considere urgente una actuación notarial deberá contactar por teléfono con el notario o en lo posible presentar un escrito a través de una página web

Foto: Sello de goma para documentos. (Pixabay)
Sello de goma para documentos. (Pixabay)

Las notarías operan para casos urgentes durante el estado de alarma. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en coordinación con el Consejo General del Notariado, dictó la semana pasada una Instrucción sobre la prestación de este "servicio público de interés general". Al tener esta consideración, "su prestación ha de quedar garantizada en todo el territorio nacional".

Las excepciones a su prestación son los supuestos de enfermedad y los establecidos en la legislación notarial. De no ser así, el notario no puede cerrar el despacho notarial al tener carácter de oficina pública, aunque solo será obligatorio atender aquellas actuaciones de carácter urgente, así como las que determine el Gobierno.

Foto: Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. (EFE)

Por ello, el notario "se abstendrá de citar a interesados para actuaciones que no revistan dicho carácter" y deberá habilitar un teléfono de contacto, así como un correo electrónico para atender estos casos. "Estos medios están publicados en la página web www.notariado.org", informa el Consejo General del Notariado.

"El interesado que considere urgente una actuación notarialdeberá contactar por teléfono o en lo posible presentar telemáticamente un escrito en la citada página web en el que deberá indicar sus datos de identificación, incluido teléfono, así como la actuación notarial demandada", añade el organismo.

El notario "se abstendrá de citar a interesados para actuaciones que no revistan dicho carácter urgente" y deberá habilitar un teléfono

A pesar de que la actuación requerida por el interesado fuera urgente, indicael Notariado, también incluye ciertas limitaciones: no se admitirá el acceso a la notaría a nadie distinto del propio interesado y conforme a la legislación notarial otros intervinientes como intérpretes o testigos; la actuación notarial se desarrollará exclusivamente en la oficina notarial, el interesado deberá acudir con medios de autoprotección, se respetará el alejamiento físico y los empleados que se requieran para dicho acto deberán solicitar al notario un documento que justifique que acuden a su puesto de trabajo.

Las notarías operan para casos urgentes durante el estado de alarma. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en coordinación con el Consejo General del Notariado, dictó la semana pasada una Instrucción sobre la prestación de este "servicio público de interés general". Al tener esta consideración, "su prestación ha de quedar garantizada en todo el territorio nacional".

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