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El Supremo fija el 21 de junio la vista para los recursos contra la sentencia de 'La Manada'
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SERÁ UNA VISTA PÚBLICA

El Supremo fija el 21 de junio la vista para los recursos contra la sentencia de 'La Manada'

El tribunal deliberará en una vista pública sobre los recursos de casación presentados por todas las partes contra el fallo del TSJN que confirmó la pena de nueve años de cárcel por abuso sexual

Foto: Los miembros de La Manada
Los miembros de La Manada

La Sala II del Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 21 de junio una vista pública para deliberar los recursos de casación presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) que confirmó la condena de nueve años de prisión para los cinco integrantes de La Manada por un delito de abuso sexual con prevalimiento durante los Sanfermines de 2016.

La Sala deliberará sobre los recursos que han presentado las diferentes partes implicadas en el proceso, ya que las resoluciones dictadas hasta la fecha por la Audiencia de Navarra, en primera instancia. y por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Foral con posterioridad no han satisfecho a ninguno de los personados en el proceso. La Fiscalía reclama que se aumente la condena hasta los 18 años de cárcel por un delito de agresión sexual, la misma consideración que defienden la víctima, una joven de Madrid que en el momento de los hechos tenía 18 años, y las acusaciones populares ejercidas por el Gobierno de Navarra y del Ayuntamiento de Pamplona. Por su parte, la defensa de los acusados pide la nulidad de la pena y su absolución.

El tribunal que examinará el caso estará presidido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta e integrado además por Francisco Monterde, Ana Ferrer, Vicente Magro y Susana Polo, ésta última como ponente, según ha informado el Supremo. Será el último recorrido judicial del proceso abierto contra los cinco jóvenes sevillanos, que permanecen en libertad provisional desde junio del pasado año tras la polémica decisión de la Audiencia Provincial de Navarra de decretar su excarcelación hasta que la sentencia sea firme con el voto a favor de los magistrados Ricardo González y Raquel Fernandino y el rechazo del presidente del tribunal, Francisco José Cobo.

Foto: Una mujer llora en el exterior del Palacio de Justicia de Pamplona tras conocerse la sentencia, con una condena bastante menor a la que demandaba la Fiscalía. (EFE)

La cuestión principal que deberá abordar la Sala es si los cinco jóvenes sevillanos actuaron con intimidación en el interior del portal de la calle Paulino Caballero de Pamplona donde sucedieron los hechos de cara a determinar si su conducta da pie a calificar los hechos como agresión sexual y no solo como abuso sexual con prevalimiento. Es la tesis, por ejemplo, que defendieron dos de los cinco magistrados del TSJN, su presidente Joaquín Galve y Miguel Ángel Abárzuza, que emitieron un contundente voto particular discrepante contra la sentencia que el pasado mes de noviembre confirmó la pena de nueve años de cárcel al estimar que se debía condenar a los miembros de La Manada a penas de 14 años, 3 meses y un día por un delito continuado de agresión sexual al apreciar sin ningún género de duda la existencia de "intimidación".

Es, sin duda, la cuestión clave sobre la que va a pivotar la deliberación de la Sala II del Supremo y de la que dependerá el sentido del pronunciamiento judicial. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial descartó imputar el delito de agresión sexual continuado a los cinco acusados de violación grupal a la joven madrileña al “descartar el empleo de violencia o intimidación que integran el concepto normativo de agresión” dentro del Código Penal. Sin embargo, con posterioridad, los dos jueces del TSJN discrepantes con la resolución que confirmó la sentencia inicial defendieron que los acusados ejercieron “intimidación” al sostener que en los hechos juzgados concurren los “elementos subjetivos y objetivos necesarios y precisos para considerar que los atentados que tuvieron lugar contra la libertad sexual de la víctima lo fueron mediando intimidación ejercida por los acusados”. Incluso, en su contudente voto particular, consideraron "procedente" declarar que los cinco jóvenes sevillanos debe ser "castigados como reos de violación" al "revestir la intimidación ejercida de un carácter particularmente degradante o vejatorio".

Precisamente, la importante división existente en la Sala de lo Penal del TSJN a la hora de pronunciarse sobre los recursos contra la sentencia inicial, con dos de los cinco magistrados a favor de imponer una condena mayor por un delito de agresión sexual, puede abrir las puertas a que se imponga esta calificación en el que va a ser el definitivo pronunciamiento judicial del caso. A este respecto, la Fiscalía sostiene en el recurso presentado ante el Supremo que los hechos objeto de enjuiciamiento "fueron realizados mediante intimidación suficiente para anular la voluntad de la víctima" y "no es admisible forzar el derecho hasta extremos de exigir de las víctimas actitudes heroicas que inexorablemente las conducirán a sufrir males mayores".

El Ministerio Público insiste en que se dio una intimidación grave, por lo que solicita que se doble la condena impuesta a José Ángel Prenda, Ángel Boza, Jesús Escudero, Antonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo, así como que se les impongan diez años de libertad vigilada e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y prohibición de acercamiento a la víctima durante 20 años. Igualmente, pide que se decrete una pena de dos años de prisión para Antonio Manuel Guerrero por un delito de robo con intimidación tras sustraer a la víctima el móvil, lo que le dejó en una situación de mayor indefensión.

Por su parte, el abogado de los acusados, Agustín Martínez, ha reclamado la nulidad de la sentencia porque, según ha afirmado, la condena inicial de nueve años de cárcel fue impuesta "bajo una presión mediática que se personalizó en algunos elementos del tribunal". El letrado alude a la "presión" que ha existido durante todo el proceso no solo con manifestaciones de protesta en la calle sino también con pronunciamientos políticos e institucionales, entre ellos dentro del propio Gobierno español, que defiende la necesidad de acometer una reforma del Código Penal para evitar precisamente sentencias como la de La Manada, la cual ha provocado una ola de indignación ciudadana por la "escasa" condena impuesta.

Ahora, de cara a la definitiva resolución judicial del caso, la Sala II del Supremo ha decidido que la deliberación sobre los recursos de casación se realice en vista pública. Está por ver cuándo se pronunciará el tribunal, si bien fuentes judiciales no descartan la posibilidad de que el contenido del fallo se adelante y se dé a conocer en los días posteriores a la celebración de la vista antes de la redacción íntegra de la sentencia, lo que se demorará varias semanas. Es una opción que puede seguir el tribunal presidido por el magistrado Andrés Martínez Arrieta, quien en la actualidad forma parte del tribunal encargado de juzgar a los políticos independentistas catalanes procesados por el referéndum ilegal del 1-0 dentro del desafío soberanista de Cataluña al Estado.

La Sala II del Tribunal Supremo ha fijado para el próximo 21 de junio una vista pública para deliberar los recursos de casación presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) que confirmó la condena de nueve años de prisión para los cinco integrantes de La Manada por un delito de abuso sexual con prevalimiento durante los Sanfermines de 2016.

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