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Los jueces zanjan la muerte del senegalés: "Ningún dato ni testigo" apoya acoso policial
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MAME MBAYE MURIÓ EN LAVAPIÉS DE PARO CARDIACO

Los jueces zanjan la muerte del senegalés: "Ningún dato ni testigo" apoya acoso policial

La Audiencia Provincial de Madrid desestima el recurso de Sos Racismo, que solo se basaba en "meras afirmaciones" sin sustento probatorio alguno

Foto: Concentración convocada por el sindicato de manteros. (EFE)
Concentración convocada por el sindicato de manteros. (EFE)

La Audiencia Provincial de Madrid considera que acusar a la Policía de haber hostigado y perseguido al ciudadano senegalés Mame Mbaye, fallecido el 15 de marzo de 2018 por un paro cardiaco en pleno barrio madrileño de Lavapiés, no tiene base probatoria alguna. El recurso contra el auto del Juzgado 48 que ordenó el archivo de la investigación, asegura el alto tribunal provincial, fue contruido por la Asociación Sos Racismo "sobre afirmaciones apodícticas y especulaciones o conjeturas carentes de sustento objetivo".

De las actuaciones, continúa la Audiencia de Madrid, "no se desprende el más mínimo vestigio de que el fallecido se hubiese visto sometido personalmente a ningún tipo de hostigamiento o persecución policial previa que pudiera haber desencadenado los letales efectos de la patología cardiaca que presentaba como, de forma absolutamente infundada, se sostiene en el recurso". "No existe dato objetivo ni testigo alguno que afirme la existencia de tal hostigamiento o persecución, que no cuenta con otro sustento que las meras afirmaciones de la parte apelante", sentencia el tribunal.

Foto: Rommy Arce, concejala en el Ayuntamiento de Madrid. (EFE)

La Audiencia Provincial argumenta además que "consta en las actuaciones la declaración testifical prestada ante la policía por otro ciudadano senegalés que acompañaba al luego fallecido en los instantes previos al fallecimiento" y este, señala el alto tribunal en su auto, relata ante el juzgado que "ambos se encontraban en la vía pública" cuando "observaron cómo un grupo de personas que se dedican a la venta ambulante bajaban corriendo delante de la policía procedentes de la Puerta del Sol". En ese momento, continúa el testigo, tanto él como su compañero Mbaye decidieron "escapar por la calle Postas corriendo hacia la plaza Mayor por miedo a ser identificados".

Una vez llegaron a este último emplazamiento, agrega el mismo declarante, se percataron de que la policía ya no estaba, pues había continuado siguiendo al grupo que habían visto al principio. Fue más tarde, cuando ambos decidieron dirigirse hacia la calle del Oso, cuando Mbaye comenzó a sentirse mal. Unos pocos segundos después, prosiguió su compañero ante la autoridad judicial, se desplomó y falleció.

Foto: Obras y 'top manta' en la Gran Vía de Madrid, en pleno verano. (EC)

"Del relato se desprende que la policía ni siquiera perseguía al posteriormente finado y a su acompañante, sino a otras personas distintas, aunque aquellos decidiesen alejarse corriendo del lugar por miedo a ser identificados", sostiene el auto que desestima el recurso de Sos Racismo. "Estamos muy lejos, por tanto, de la fase fáctica necesaria para la aplicación de la jurisprudencia constitucional que la parte apelante invoca", arguye el alto tribunal en referencia a las sentencias del Tribunal Constitucional y del Europeo de Derechos Humanos que abordan casuísticas similares. Según esta última jurísprudencia, argumenta la Audiencia, la tutela judicial efectiva solo se vulnera cuando el juez cierra la instrucción sin despejar las razonables de que la policía ha cometido torturas o tratos inhumanos, extremo que en esta causa no ocurre.

"En el supuesto que nos ocupa falla ya el primer requisito, pues no cabe extraer del examen de las actuaciones siquiera sospecha razonable alguna de que la policía hubiese sometido al luego fallecido a tortura o trato inhumano o degradante que pudiera haber estado en el origen del proceso fisiológico que se desencadenó y que acabó dando lugar al fallecimiento, no pudiendo entenderse en modo alguno que el hecho de que el finado hubiese observado en las inmediaciones la presencia de una persecución policial dirigida contra otras personas (...) constituya la realización sobre su persona de conductas de tal naturaleza", razona la Audiencia Provincial.

La Audiencia Provincial de Madrid considera que acusar a la Policía de haber hostigado y perseguido al ciudadano senegalés Mame Mbaye, fallecido el 15 de marzo de 2018 por un paro cardiaco en pleno barrio madrileño de Lavapiés, no tiene base probatoria alguna. El recurso contra el auto del Juzgado 48 que ordenó el archivo de la investigación, asegura el alto tribunal provincial, fue contruido por la Asociación Sos Racismo "sobre afirmaciones apodícticas y especulaciones o conjeturas carentes de sustento objetivo".

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