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El Supremo niega dejar libres a los presos catalanes antes del juicio del 'procés'
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no ve comparación con el opositor turco demirtas

El Supremo niega dejar libres a los presos catalanes antes del juicio del 'procés'

En un nuevo auto, refuerza las razones que justifican la prisión y rechaza fórmulas como el control telemático o la vigilancia policial

Foto: Lazos amarillos. (EFE)
Lazos amarillos. (EFE)

El tribunal del 'procés' ha dado carpetazo a la última opción de los presos catalanes de recuperar la libertad antes del juicio que comenzará previsiblemente la próxima semana. En un auto notificado este lunes el alto tribunal se opone a una excarcelación y no ve comparación posible con la situación del disidente turco Selahattin Demirtas, centro de una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

En el auto se rechaza también la imposición de medidas alternativas solicitadas en sus escritos de defensa por los nueve procesados que permanecen en prisión, como la pulsera telemática o la vigilancia policial. Así, recuerda que en decisiones anteriores ya indicó que posibilidades como el control diario pueden resultar insuficientes: "las firmas diarias pueden dejar de ser diarias en el instante en el que el firmante decide emprender la fuga. El control policial puede relajarse o presentar fallos involuntarios que permitan la huida. Los dispositivos de rastreo telemático atenúan su eficacia en un ámbito territorial en el que rige la libertad de fronteras y la libre circulación de personas, por más que su utilización permitiría conocer el itinerario seguido por el procesado para sustraerse al llamamiento para el juicio oral".

Para el Tribunal Supremo el riesgo de fuga sigue siendo intenso ya que existen -dice- estructuras de poder organizadas fuera del territorio español "puestas al servicio de aquellos procesados que han tomado la determinación de sustraerse al llamamiento de esta Sala". "De hecho algunas autoridades y miembros actuales del Gobierno y el Parlamento de Cataluña -como han publicitado ampliamente los medios de comunicación- se han desplazado para mantener reuniones con las personas integrantes de tales estructuras, algunas de ellas también procesadas en esta causa y declaradas en rebeldía", especifica.

En clara referencia a Carles Puigdemont y el resto de exconsellers huidos, los magistrados destacan que esta realidad intensifica claramente el riesgo de fuga, "pues pone de manifiesto la existencia de cierta infraestructura en el extranjero donde se da la presencia de procesados en esta causa ya huidos de la justicia que podría facilitar la fuga de los procesados". Recuerda también que la doctrina de Estrasburgo para valorar el riesgo de fuga exige ponderar la existencia de "contactos en el extranjero" que puedan facilitar la huida.

El alto tribunal se opone al argumento defendido por las defensas de que el encarcelamiento de los políticos es equiparable al del opositor turco Demirtas, que obtuvo el amparo de Estrasburgo y descarta que sea fruto de "un ciego empecinamiento dirigido a sustituir el fundamento de una medida cautelar por una condena anticipada". Son fruto, por contra "de una decisión proporcionada y carente de toda arbitrariedad" sustentada en la inminencia de las sesiones del juicio oral. De hecho, valora argumentos de esa resolución del TEDH que, aplicados al caso del 'procés', sirven para reforzar el mantenimiento en la cárcel en lugar de la excarcelación, como esa existencia de una red de apoyo internacional a la que -manifiesta, se refiere expresamente el tribunal europeo.

Respecto al riesgo de fuga, el tribunal continúa considerándolo elevado y se refiere, en concreto, "a la cercanía de frontera y las facilidades de tránsito entre países de la Unión Europea" que limitan la capacidad de reacción de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El auto también descarta la petición de algunas de las defensas de mantener a los procesados en un centro de de inserción social o la propuesta de que pernocten junto a sus abogados.

El caso Demirtas

Así, la sala rechaza la comparación entre la situación de los políticos catalanes presos y la del opositor turco a que se refiere el TEDH. Incide en un dato que, en su opinión, singulariza y distingue las dos situaciones que las defensas, en su legítimo discurso impugnativo, pretenden igualar. "Demirtas era un líder opositor cuyo encarcelamiento -sin entrar en otro orden de consideraciones acerca de las notas definitorias del sistema jurisdiccional turco y de la pervivencia de preceptos penales difícilmente conciliables con el Convenio de Roma- podía llegar a implicar una ruptura de la legitimidad democrática", dice.

El Tribunal Supremo pone de manifiesto que los presos políticos catalanes no son opositores como el líder kurdo sino que, en su mayor parte, "eran líderes políticos integrados en el Gobierno de una comunidad autónoma en la que asumían la máxima representación del Estado en ese ámbito territorial". "No expresaban, por tanto, la silenciada voz discrepante frente a una política hegemónica que se impone sin contrapesos. Los políticos cautelarmente privados de libertad, cuya situación las defensas identifican con el cautiverio del Sr. Demirtas, se hallaban plenamente integrados en las estructuras de ejercicio del poder autonómico", manifiesto el auto.

La sale dice respetar la equiparación de ambas situaciones como estrategia de defensa pero dice que carece de viabilidad por la falta de similitud con los hechos que van a ser objeto de enjuiciamiento. "No existe persecución por las ideas. No se criminaliza una ideología. De hecho, la ideología que con tanta legitimidad democrática profesan los recurrentes, sostiene ahora al mismo gobierno autonómico y está presente en las instituciones de las que la mayoría de los procesados formaban parte. No está en cuestión una forma de pensar, una concepción rupturista de las relaciones entre los poderes del Estado. El día a día de la actividad política enseña la libertad con la que esas ideas son defendidas en las instituciones y en los foros nacionales e internacionales de debate político", remata.

Tampoco ven los magistrados comparación posible en la vulneración que observó Estrasburgo sobre Demirtas, basada en la "insuficiente valoración de la resoluciones judiciales" que Turquía adoptó en su contra. "Es claro que esta sala (...) ha cumplido las exigencias de motivación derivadas de la sentencia del TEDH y ha explicado de foma concreta por qué resultaba proporcionado el mantenimiento de la medida", indica. El auto se ha notificado precisamente cuando esta cuestión centra el debate en el Tribunal Constitucional que delibera, en estos días, con posturas encontradas, sobre un recurso de Oriol Junqueras en el que se esgrimía la misma resolución europea.

El tribunal del 'procés' ha dado carpetazo a la última opción de los presos catalanes de recuperar la libertad antes del juicio que comenzará previsiblemente la próxima semana. En un auto notificado este lunes el alto tribunal se opone a una excarcelación y no ve comparación posible con la situación del disidente turco Selahattin Demirtas, centro de una reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Tribunal Supremo Cataluña Oriol Junqueras