Es noticia
El Supremo avisa: Franco no saldrá del Valle de los Caídos sin su visto bueno
  1. España
así responde a su recurso

El Supremo avisa: Franco no saldrá del Valle de los Caídos sin su visto bueno

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo no atendió este lunes la petición de la familia de Francisco Franco de paralizar cautelarmente la exhumación

Foto: Tumba de Francisco Franco en el Valle de los Caídos. (EFE)
Tumba de Francisco Franco en el Valle de los Caídos. (EFE)

La exhumación de Franco no podrá llevarse a cabo sin el visto bueno del Tribunal Supremo. La Sala de lo Contencioso-Administrativo así lo explica a la hora de rechazar el recurso presentado por los descendientes del dictador, quienes consideran que sus restos se van a sacar del Valle de los Caídos "antes de existir un pronunciamiento firme en el orden jurisdiccional”. El alto tribunal, sin embargo, descarta de plano esta posibilidad en un auto al que ha tenido acceso El Confidencial: "[El proyecto] no podrá ser ejecutado sin que previamente los recurrentes hayan podido recurrirlo y recabar la tutela judicial efectiva, incluida la cautelar, y esta Sala se haya pronunciado al respecto".

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo no atendió el pasado lunes la petición de los Franco de paralizar cautelarmente la exhumación, pues considera que el recurso ha sido presentado de forma prematura. El alto tribunal subraya en dicho auto que el acuerdo recurrido, el del Consejo de Ministros del pasado 8 de noviembre, no es más que el comienzo del proyecto, por lo que "no implica por sí mismo la exhumación de los restos de Francisco Franco Bahamonde ni produce una situación irreversible que haga perder su finalidad al recurso".

Foto: Valle de los Caidos. (EFE)

El Supremo argumenta también que la paralización cautelar de la exhumación entrañaría riesgos, alegando en este sentido que se debe intentar "evitar que el lapso de tiempo que transcurre hasta que recae un pronunciamiento judicial firme suponga la pérdida de la finalidad del proceso". Si los familiares deciden recurrir, los magistrados exigen además que prueben "adecuadamente qué daños y perjuicios de reparación imposible o difícil concurren en el caso para acordar la suspensión sin que sea suficiente una mera invocación", requisito que no consideran cumplido por los Franco.

Pese a rechazar su recurso con estos argumentos, el Supremo avisa de que "estamos en un procedimiento no concluso", aclarando así que el auto de esta semana no implica en ningún caso que la exhumación no vaya a poder paralizarse en un futuro. La decisión, por tanto, no da luz verde a la promesa estrella del Gobierno, sino que se limita a señalar que todavía es demasiado pronto para recurrirla.

El voto particular de un magistrado

El auto de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo recoge además el voto particular del magistrado Segundo Menéndez Pérez, quien pese a mostrar su "total conformidad" con el rechazo de "la medida cautelar que había sido solicitada" considera que "hubiera debido acordar la inadmisión a trámite del recurso contencioso-administrativo, por interponerse contra un acto no susceptible de impugnación".

Basándose en este razonamiento, el juez sostiene que deberían haberse impuesto "las costas causadas a la parte recurrente", exigiendo así que la familia pague los gastos que ha conllevado su recurso a la parte contraria. Menéndez, que es además presidente de la Junta Electoral Central y pertenece a la asociación Jueces y Juezas para la Democracia, se opone así a lo acordado por la Sala, que argumenta en la sentencia que "no ha lugar a un pronunciamiento expreso sobre costas".

La exhumación de Franco no podrá llevarse a cabo sin el visto bueno del Tribunal Supremo. La Sala de lo Contencioso-Administrativo así lo explica a la hora de rechazar el recurso presentado por los descendientes del dictador, quienes consideran que sus restos se van a sacar del Valle de los Caídos "antes de existir un pronunciamiento firme en el orden jurisdiccional”. El alto tribunal, sin embargo, descarta de plano esta posibilidad en un auto al que ha tenido acceso El Confidencial: "[El proyecto] no podrá ser ejecutado sin que previamente los recurrentes hayan podido recurrirlo y recabar la tutela judicial efectiva, incluida la cautelar, y esta Sala se haya pronunciado al respecto".

Valle de los Caídos Tribunal Supremo
El redactor recomienda