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Varapalo del TC a Rajoy: el Congreso podía controlar su Gobierno en funciones
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hace referencia a la XI legislatura

Varapalo del TC a Rajoy: el Congreso podía controlar su Gobierno en funciones

La polémica se produjo después de que el PSOE solicitara en 2016 la comparecencia del entonces ministro de Defensa, Pedro Morenés, quien ignoró la petición por estar en funciones

Foto: Imagen de archivo del expresidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el Congreso de los Diputados. (EFE)
Imagen de archivo del expresidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en el Congreso de los Diputados. (EFE)

El Gobierno de Mariano Rajoy rechazó someterse al control parlamentario entre enero y julio de 2016, durante la XI legislatura. El Ejecutivo permaneció en funciones durante estos meses porque ningún partido tenía suficientes escaños para acceder a la Moncloa, situación que aprovecharon para alegar que no estaban obligados a "someterse a iniciativas de control" del Congreso. Más de dos años después, el Pleno del Tribunal Constitucional ha sentenciado por unanimidad que se equivocaban: un Gobierno en funciones puede ser controlado por el Parlamento.

La polémica se produjo después de que el Grupo Parlamentario Socialista solicitara la comparecencia urgente del entonces ministro de Defensa, Pedro Morenés, para que informara en sede parlamentaria sobre los acuerdos adoptados por la OTAN en febrero de 2016. El PP ignoró la petición por estar en funciones, criterio que repitió con otras iniciativas de control parlamentarias que tuvieron lugar durante dicha legislatura.

“La función de control de las Cortes Generales está implícita en su carácter representativo y en la forma de gobierno parlamentario"

Los populares alegaron en este sentido que al encontrarse en funciones "no existía relación de confianza entre ambos órganos constitucionales", por lo que no estaban obligados a someterse a su control. De hecho, tras llegar el caso al Constitucional, sostuvieron que podía suponer un "fraude de Constitución", ya que se pretendía "controlar por los nuevos diputados y grupos parlamentarios a una mayoría que había obtenido su mandato en elecciones anteriores".

La sentencia, sin embargo, falla lo contrario: aunque normalmente “el control de la acción del Gobierno se ejercerá en el marco de la relación de confianza que ha de existir entre el Gobierno y el Congreso de los Diputados”, ello no significa que “excepcionalmente, como lo son también los periodos en los que no hay relación de confianza entre el Congreso y el Gobierno, no pueda ejercitarse la mencionada función de control”.

"Las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos y controlan la acción del Gobierno"

El fallo sostiene además que “la función de control que corresponde a las Cortes Generales está implícita en su carácter representativo y en la forma de gobierno parlamentario que establece el artículo 1.3 de la Constitución, no pudiendo negarse a las Cámaras todo ejercicio de la función de control, ya que con ello se afectaría al equilibrio de poderes previsto en nuestra Constitución”.

Asimismo, la sentencia considera que el criterio del Gobierno supone menoscabar la atribución que le confiere en su artículo 66.2, en el que establece que "las Cortes Generales ejercen la potestad legislativa del Estado, aprueban sus Presupuestos, controlan la acción del Gobierno y tienen las demás competencias que les atribuya la Constitución".

Aunque el Constitucional recoge en su sentencia que la legislatura en la que se produjo la polémica ya ha concluido, el Tribunal considera igualmente necesario el pronunciamiento porque el conflicto parte "de una controversia competencial real y efectiva en el momento de su formulación, y en tales términos pervive y subsiste".

En un momento político en el que las mayorías absolutas parecen inalcanzables, los gobiernos en funciones ya no podrán eludir el control del Congreso.

El Gobierno de Mariano Rajoy rechazó someterse al control parlamentario entre enero y julio de 2016, durante la XI legislatura. El Ejecutivo permaneció en funciones durante estos meses porque ningún partido tenía suficientes escaños para acceder a la Moncloa, situación que aprovecharon para alegar que no estaban obligados a "someterse a iniciativas de control" del Congreso. Más de dos años después, el Pleno del Tribunal Constitucional ha sentenciado por unanimidad que se equivocaban: un Gobierno en funciones puede ser controlado por el Parlamento.

Mariano Rajoy