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Amnistía Internacional reprende a España por la ley antiterrorista: "Tuitea si te atreves"
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119 condenados en siete años, más de la mitad en dos años

Amnistía Internacional reprende a España por la ley antiterrorista: "Tuitea si te atreves"

La organización ya dio un aviso al Gobierno español en su informe anual, en concreto por la fuerza excesiva de las autoridades durante el referéndum catalán del 1 de octubre

Foto: El rapero Pablo Hasel ha sido condenado por sus comentarios en Twitter | EFE
El rapero Pablo Hasel ha sido condenado por sus comentarios en Twitter | EFE

El artículo 578 del Código Penal español prevé que el "enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos comprendidos en los artículos 572 a 577 o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de prisión de uno a tres años y multa de 12 a 18 meses". En estos artículos, del 572 al 577, se regulan los delitos relacionados con terrorismo, que han valido un total de 119 condenas en siete años, más de la mitad de ellos en los últimos dos años. Así se desprende del último informe de Amnistía Internacional (AI) en el que evalúan la aplicación del citado artículo y su relación con el derecho a la libertad de expresión.

El pasado mes de febrero, la organización lanzó su informe anual evaluando la situación de Derechos Humanos país por país, y ya señaló que tanto la libertad de expresión como el derecho de reunión están retrocediendo en España. En el texto destacaba que ambos derechos se han restringido "desproporcionadamente" en 2017 y que esto ha afectado, sobre todo, "a personas que apoyaban la independencia catalana". Además, puso de relieve la "fuerza excesiva" que utilizaron las autoridades estatales durante la celebración del referéndum del 1 de octubre.

Ahora, en su último informe —'Tuitea... si te atreves: cómo las leyes antiterroristas restringen la libertad de expresión en España'— Amnistía ha criticado que en virtud de esta Ley antiterrorista el Gobierno "somete a hostigamiento toda una serie de expresiones en Internet". En el documento señala tanto letras de canciones "políticamente controvertidas" hasta "simples chistes", usando las "categorías de enaltecimiento del terrorismo y humillación de las víctimas de los delitos terroristas" previstas en el Código Penal y que, añaden, tienen una redacción un tanto "imprecisa".

Desde 2011, el número de condenados por enaltecimiento del terrorismo o humillación de las víctimas en Internet es de 119. Sin embargo, más de la mitad han tenido lugar en los últimos dos años: las condenas impuestas por la Audiencia Nacional a periodistas, artistas y usuarios de redes sociales han crecido exponencialmente, desde una sola condena en 2011, a 15 en 2012, 7 en 2013 y 12 en 2014. Pero desde 2015, coincidiendo con la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como 'Ley Mordaza', esa cifra se ha disparado, para pasar de las 18 personas que este tribunal condenó ese año a las 31 del pasado, aunque el máximo se produjo en 2016 con un total de 35 condenas.

Operaciones 'Araña'

En su informe, Amnistía Internacional recuerda cómo las autoridades han lanzado diferentes operaciones, todas bajo el nombre de 'Araña', que acabaron con detenciones de personas sospechosas de estos delitos de terrorismo. Durante la primera, que tuvo lugar en abril de 2014, fueron detenidas 21 personas en distintos puntos de la geografía española. Tras esta, llegaron otras tres, la última en abril de 2016. En esta última, AI recuerda cómo "ocho agentes de la Guardia Civil detuvieron a Arkaitz Terrón, abogado vasco de 31 años residente en Barcelona, cuando estaba a punto de salir de su casa para ir a trabajar".

Terrón fue procesado por nueve comentarios publicados en Twitter entre 2010 y 2016, entre ellos uno que hacía referencia a una placa que se había colocado en Madrid en memoria de Carrero Blanco, asesinado por ETA. "No entiendo por qué la placa a Carrero no se la ponen los productores de cava. El día que ETA lo hizo volar se descorcharon muchas botellas", escribió. Terrón finalmente fue absuelto: la Audiencia Nacional decidió que sus mensajes no habían incitado a nadie, ni directa ni indirectamente, a cometer un delito de terrorismo. Sin embargo, la Fiscalía recurrió ante el Supremo, que ratificó su absolución enero de 2018.

Sin embargo, en la misma operación las autoridades detuvieron —el mismo día que a Terrón— a otro ciudadano, un varón cuyas iniciales son J.C.V., a quien cinco guardias civiles esperaban en su vivienda al regresar del trabajo. J.C.V. fue procesado por 13 mensajes en Twitter, publicados entre 2012 y 2013, que la Fiscalía consideró que utilizaba para enaltecer a grupos armados, como ETA, Grapo y Terra Lliure. En enero de 2018, cuando Terrón era absuelto, J.C.V. era declarado culpable y condenado a un año de prisión y a siete de inhabiltiación​ para empleos o cargos públicos. Ambos casos, apunta Amnistía, "demuestran lo estrechos que se han vuelto los límites de la expresión 'aceptable' en Internet en España.

De César Strawberry a Pablo Hasel

Si bien muchos han permanecido en el anonimato, son muchas las caras conocidas que también se han visto afectadas por estas operaciones que AI considera contrarias a la libertad de expresión. La primera persona en ser condenada por mensajes de enaltecimiento al terrorismo en Internet fue María Lluch Sancho (@melodalger), por sus comentarios sobre víctimas de ETA, como Irene Villa o Miguel Ángel Blanco.

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En marzo de 2017 la tuitera Cassandra Vera era condenada a un año de cárcel por varios comentarios que había escrito en la misma red social, también sobre Carrero Blanco. La Audiencia Nacional falló que los comentarios de la tuitera constituían "desprecio, deshonra, descrédito, burla y afrenta" hacia aquellos que habían sufrido "el zarpazo" del terrorismo. Pasó un año hasta que el Tribunal Supremo absolvió a Vera, al considerar que si bien el contenido de sus mensajes fue de mal gusto, se refería a hechos sucedidos hace 44 años. "Es reprochable social e incluso moralmente en cuanto mofa de una grave tragedia humana, pero no resulta proporcionada una sanción penal".

En enero del mismo año era el turno de César Augusto Montaña Lehmann, más conocido como César Strawberry, el cantante de Def Con Dos. La Justicia lo condenó a un año de cárcel y a seis años y medio de inhabilitación absoluta por enaltecimiento del terrorismo y humillación de las víctimas de ETA y de los GRAPO, en relación a una serie de tuits que publicó entre noviembre de 2013 y enero 2014. En los mensajes mencionaba, entre otras personas, al funcionario de prisiones secuestrado por ETA, José Antonio Ortega Lara, así como a los GRAPO.

placeholder César Strawberry participa en la presentación de un informe de Amnistía Internacional sobre la libertad de expresión en Valladolid | EFE
César Strawberry participa en la presentación de un informe de Amnistía Internacional sobre la libertad de expresión en Valladolid | EFE

El propio Strawberry, que ha acompañado a Amnistía Internacional en sus muchas críticas a la libertad de expresión en España, ha escrito un pequeño texto en la página web de la ONG en el que señala que cuando este tipo de condenas se hacen reales "es que hay algo que va francamente mal". Aunque puedas llegar a creer que ese tipo de cosas no te atañen porque no eres 'de los que no se meten en líos', deberías empezar a preocuparte, opino, quizá no tanto ya por ti mismo, que también tienes pleno derecho a pasar del tema, pero sí por los hijos, sobrinos o menores cercanos de tu entorno, con el fin de poder decirles algún día: puse todo mi empeño para que llegarais a vivir en un mundo mejor a aquel en que yo crecí".

El último caso más sonado fue el del rapero Pablo Hasél, a quien el pasado 2 de marzo ratificaron su condena: dos años de cárcel más uno de multa, que se suman a los otros dos años que le impuso el Tribunal Supremo por enaltecimiento del terrorismo en 2015, al difundir a través de su canal de YouTube varios temas en los que deseaba que se cometieran atentados contra representantes de PP y PSOE. "La libertad de expresión termina cuando empiezas a molestar", decía en una entrevista a El Confidencial, antes incluso de su primera condena.

El artículo 578 del Código Penal español prevé que el "enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos comprendidos en los artículos 572 a 577 o de quienes hayan participado en su ejecución, o la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas de los delitos terroristas o de sus familiares, se castigará con la pena de prisión de uno a tres años y multa de 12 a 18 meses". En estos artículos, del 572 al 577, se regulan los delitos relacionados con terrorismo, que han valido un total de 119 condenas en siete años, más de la mitad de ellos en los últimos dos años. Así se desprende del último informe de Amnistía Internacional (AI) en el que evalúan la aplicación del citado artículo y su relación con el derecho a la libertad de expresión.

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