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El cantante de Def con Dos, condenado por el Supremo a un año de cárcel
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sus tuits "legitiman el terrorismo"

El cantante de Def con Dos, condenado por el Supremo a un año de cárcel

La Audiencia Nacional le absolvió al considerar que los mensajes que envió forman parte de su faceta artística, pero el fiscal recurrió ante el Supremo

Foto: El cantante de Def con Dos, César Augusto Montaña. (EFE)
El cantante de Def con Dos, César Augusto Montaña. (EFE)

El cantante de Def con Dos, César Augusto Montaña Lehmann, ha sido condenado a un año de cárcel y a seis años y medio de inhabilitación absoluta por enaltecimiento del terrorismo y humillación de las víctimas de ETA y de los GRAPO, respondiendo esta condena a una serie de tuits que publicó entre noviembre de 2013 y enero 2014. En los mensajes mencionaba, entre otras personas, al funcionario de prisiones secuestrado por ETA, José Antonio Ortega Lara, así como a los GRAPO. El Tribunal Supremo ha tomado esta decisión después de que la Fiscalía recurriese la sentencia de la Audiencia Nacional de julio de 2016.

La Sala considera que fueron mensajes de humillación y burla que "alimentan el discurso del odio, legitiman el terrorismo como fórmula de solución de los conflictos sociales y, lo que es más importante, obligan a la víctima al recuerdo de la lacerante vivencia de la amenaza, el secuestro o el asesinato de un familiar cercano". A diferencia de la Audiencia Nacional, el Supremo considera, además, que "la provocación, la ironía o el sarcasmo (el 'nihilismo surrealista' en palabras del acusado) que animan sus comentarios" no le excluyen de la culpabilidad, "entre otras razones porque esos complementos explicativos no se incluyen en el mensaje de burla".

Foto: César Strawberry, cantante de Def Con Dos

Los tuits de César Montaña citados en los hechos son los siguientes: "El fascismo sin complejos de Aguirre me hace añorar hasta los GRAPO"; "a Ortega Lara habría que secuestrarle ahora"; "Street Fighter, edición post ETA: Ortega Lara versus Eduardo Madina"; "cuántos deberían seguir el vuelo de Carrero Blanco" y "Franco, Serrano Suñer, Arias Navarro, Fraga, Blas Piñar... Si no les das lo que a Carrero Blanco, la longevidad se pone siempre de su lado". La sentencia también hace referencia a un último mensaje que formaba parte de una conversación con otro usuario donde Montaña empezaba diciendo que "ya casi es el cumpleaños del Rey. ¡Qué emoción¡", a lo que el otro tuitero le preguntaba qué le iba a regalar y el cantante respondía "un roscón-bomba".

La AN le absolvió el pasado julio

La sección primera de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió al cantante en julio 2016 al considerar que los mensajes que envió formaban parte de su faceta artística y no podían enmarcarse por ello en el llamado discurso del odio, pero el fiscal recurrió ante el Supremo por infracción de ley, dada la indebida aplicación -a su juicio- del artículo 578.1 de Código Penal, que regula el delito de enaltecimiento del terrorismo. Dicha institución pedía para el acusado 20 meses de prisión, 16 años de inhabilitación y 3 más de control policial.

Foto: César Strawberry (EFE)

El Supremo aplica ahora la pena menor de las previstas por la Ley, pero señala que no puede disminuir más la condena porque no es posible considerar de menor gravedad los hechos, dada la gran difusión de los mensajes, teniendo en cuenta el amplio número de seguidores en las redes del cantante. De todos modos, cabe señalar que la sentencia cuenta con el voto particular de uno de los cinco magistrados que la firman, Perfecto Andrés Ibáñez, que considera que debió rechazarse el recurso de la Fiscalía y confirmar su absolución, ya que sus mensajes "no pasan de ser meros exabruptos sin mayor recorrido, que se agotan en sí mismos".

Entre las primeras críticas a la decisión del Tribunal Supremo cabe señalar la de Pablo Iglesias, quien considera el fallo una "vergüenza", tal y como ha asegurado en un mensaje que ha compartido en Twitter.

El cantante de Def con Dos, César Augusto Montaña Lehmann, ha sido condenado a un año de cárcel y a seis años y medio de inhabilitación absoluta por enaltecimiento del terrorismo y humillación de las víctimas de ETA y de los GRAPO, respondiendo esta condena a una serie de tuits que publicó entre noviembre de 2013 y enero 2014. En los mensajes mencionaba, entre otras personas, al funcionario de prisiones secuestrado por ETA, José Antonio Ortega Lara, así como a los GRAPO. El Tribunal Supremo ha tomado esta decisión después de que la Fiscalía recurriese la sentencia de la Audiencia Nacional de julio de 2016.

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