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El TS investiga si Victoria Rosell favoreció a su pareja cuando era juez en activo
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El TS investiga si Victoria Rosell favoreció a su pareja cuando era juez en activo

El alto tribunal admite la querella presentada por el exministro José Manuel Soria por retardo malicioso, prevaricación y cohecho, pero rechaza los delitos de injurias y calumnias

Foto: El exministro José Manuel Soria. (Efe)
El exministro José Manuel Soria. (Efe)

La Sala de lo Penal del Supremo ha admitido a trámite la querella que interpuso José Manuel Soria contra la juez en excedencia y diputada de Podemos Victoria Rosell por tres de los cinco delitos que señalaba el exministro. Según han adelantado fuentes del alto tribunal, la Sala abre investigación contra ella por retardo malicioso en la administración de justicia, prevaricación y cohecho, pero rechaza la existencia de las injurias y calumnias que también apreciaba el querellante al considerar que estaban amparadas por la libertad de expresión, que prevalece sobre el honor o la intimidad cuando se trata de cargos públicos.

El tribunal, que ha nombrado instructor del caso a Juan Ramón Berdugo, investigará la demora en una investigación judicial atribuida a Rosell cuando era titular del Juzgado de Instrucción 8 de Las Palmas en las que se indagaba a un empresario supuestamente relacionado con su pareja. El auto explica que el instructor tendrá que practicar las diligencias necesarias con el fin de concluir o descartar si la demora en la tramitación "estuvo relacionada con el deseo de favorecer las relaciones comerciales entre Carlos Sosa- persona con la que la señora Rosell convive y mantiene una relación afectiva- y el imputado en aquellas diligencias, Miguel Ángel Ramirez".

La admisión a trámite, es decir, el inicio de la investigación contra la diputada de Podemos, se produce con el criterio en contra del fiscal, que pidió el archivo al advertir que el Promotor de la Accion Disciplinaria -el encargado de investigar las infracciones administrativas de los jueces para su remisión a la comisión disciplinaria del Consejo- no había encontrado ninguna falta en la actuación de la juez ahora en excedencia. El tribunal, sin embargo, asegura que la investigación penal prima sobre la del Consejo y que, desde el archivo de las diligencias informativas abiertas por el órgano de gobierno de los jueces contra la ahora diputada, han trascendido nuevos datos "que no pudieron ser valorados" por el promotor.

La resolución, redactada por el presidente de la Sala de lo Penal, Manuel Marchena, explica que la fase de investigación que ahora comienza deberá aclarar si las distintas resoluciones dictadas en el marco de aquellas diligencias "no eran sino el vehículo para la consecución del objetivo de la señora Rosell, que según el querellante, buscaba enriquecer a su pareja". Es decir, que se trata de dilucidar si en la dilatada tramitación de aquel proceso "no habrían sido sino una coartada llamada a camuflar el irreparable quebranto de los principios y deberes estatuarios que legítiman el ejercicio de la función jurisdiccional".

La Sala se basa, además de en la querella presentada por el exministro, en los documentos solicitados por el alto tribunal tras recibir el informe del Ministerio Público solicitando el archivo de la querella, como el informe remitido por el promotor de la Acción Disciplinaria cronológicamente anterior a los nuevos datos aportados en la ampliación de la querella, así como los testimonios de la declaración prestada por Miguel Ángel Ramirez, en la que se aludió a la existencia de pagos continuados a Carlos Sosa, hechos por los que se investigará un delito de cohecho.


La Sala de lo Penal del Supremo ha admitido a trámite la querella que interpuso José Manuel Soria contra la juez en excedencia y diputada de Podemos Victoria Rosell por tres de los cinco delitos que señalaba el exministro. Según han adelantado fuentes del alto tribunal, la Sala abre investigación contra ella por retardo malicioso en la administración de justicia, prevaricación y cohecho, pero rechaza la existencia de las injurias y calumnias que también apreciaba el querellante al considerar que estaban amparadas por la libertad de expresión, que prevalece sobre el honor o la intimidad cuando se trata de cargos públicos.

José Manuel Soria Tribunal Supremo