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Tres magistrados deciden si la hermana del Rey va al banquillo, como pide sólo el juez
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Contra criterio de fiscalía y abogacía del estado

Tres magistrados deciden si la hermana del Rey va al banquillo, como pide sólo el juez

La Audiencia de Palma tiene en sus manos exculpar hoy a la infanta Cristina del caso Nòos, tal y como piden su defensa, Anticorrupción y la Abogacía del Estado

Foto: Cristina de Borbón, el pasado 8 de febrero en los juzgados de Palma de Mallorca. (Gtres)
Cristina de Borbón, el pasado 8 de febrero en los juzgados de Palma de Mallorca. (Gtres)

La Audiencia Provincial de Palma tiene en sus manos exculpar hoy a la infanta Cristina del caso Nóos, tal y como pide no sólo su defensa, sino la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado, basándose en informes de la Agencia Tributaria y policiales que sostienen que no hay base para acusarla de delito fiscal y blanqueo de capitales, tal y como ha mantenido el juez José Castro.

Los tres magistrados tienen la gran responsabilidad de decidir si la hermana de Felipe VI debe sentarse en el banquillo de los acusados por introducir en el circuito económico legal el dinero obtenido con actividades delictivas por parte de su marido, Iñaki Urdangarin. También tendría que responder como responsable de un delito fiscal porque su cónyuge introdujo como beneficios de la empresa que compartían ambos, Aizoon, ingresos que realmente percibió él a título personal.

El juez que ha instruido la causa considera que la Infanta debía conocer por un lado que su marido engañó a Hacienda y, por otro, que parte del dinero que introducía en Aizoon como beneficios del Instituto Noós provenían de actividades delictivas. En este último punto es por el que se le acusa de blanqueo de capitales. Urdangarin está imputado, junto a su exsocio en el Instituto Nóos, de conseguir contratos públicos para la asociación sin cumplir los requisitos establecidos, a base de cohechos y tráfico de influencias por parte de diversos dirigentes políticos, entre ellos el expresidente balear, Jaume Matas. La Infanta debía conocer, según Castro, que su marido cometía esas tropelías. Parte de ese dinero lo ingresaba en la cuenta de Aizoon, de la que Cristina de Borbón poseía tarjeta de crédito, y utilizaba para diversos gastos. Esas compras son para el instructor un claro blanqueo porque el dinero fue obtenido ilegalmente y ella lo ha ido metiendo en el circuito legal.

Vídeo: La Audiencia de Palma falla hoy el recurso contra la imputación

Para aquellos que defienden la inocencia de la Infanta, esta era ajena a la administración de la sociedad Aizoon –de la que se encargaba su marido– y no tenía por qué conocer de qué forma tenían legalmente que tributar los rendimientos de trabajo. Así lo afirmó la Agencia Tributaria aunque no satisfizo al instructor, que decidió llevar a juicio a la hermana del Rey.

Dilucidar si hay indicios contra Cristina

Lo que tiene que resolver la Audiencia Provincial de Palma es, primero de todo, si hay pruebas e indicios de que la hija de Don Juan Carlos I conocía que a Urdangarin le iban tan bien los negocios no por su destreza empresarial, sino porque utilizaba su condición de miembro de la Familia Real para que diversos dirigentes políticos se postraran a sus pies y se saltaran los mecanismos legales establecidos para la concesión de adjudicaciones públicas.

Para que se pueda dar el delito de blanqueo de capitales tiene que haber un conocimiento de que la procedencia del dinero es delictivo. Y después, que se haya gastado con la intención de que ese dinero pase de la ilegalidad a la legalidad. El fiscal de Anticorrupción ha mantenido desde el principio, por activa y por pasiva, que por el hecho de ser cónyuge la infanta no tenía por qué saber que su marido engañaba a la sociedad y convencía a políticos corruptos de que eligieran su proyecto en detrimento de otros.

Cristina de Borbón es la única imputada de la causa, que la hace responsable del delito de blanqueo. Ni Urdangarin, ni su socio, ni la esposa de este han sido acusados por ello al considerar Castro que en su caso sería autoblanqueo y no fue regulado como tal hasta el año 2010, fecha posterior a la comisión de los delitos. Eso significa que al resto sí les hace responsables de sacar beneficio económico de actividades delictivas, pero, a pesar de que lo hayan blanqueado, no se les puede juzgar por ello.

La Fiscalía reclamará el dinero gastado

Si los tres magistrados que componen la Sala, Diego Jesús Gómez-Reino, Juan Jiménez Vidal y Mónica de la Serna, entienden que no hay pruebas de que la hermana del monarca supiera de los negocios fraudulentos de su esposo, la Fiscalía va a reclamar que devuelva el dinero gastado. Es decir, aunque ella no supiera que la procedencia del dinero que disfrutó durante un tiempo provenía de actividades delictivas, lo cierto es que se lo ha gastado y lo tiene que devolver. El fiscal ha estimado que tendrá que entregar 500.000 euros como responsabilidad civil. Esta figura se llama partícipe a título lucrativo y tiene como objetivo, según diversa jurisprudencia, evitar que nadie se enriquezca gracias a la comisión de delitos de terceras personas. En otras palabras, falta el elemento intelectual. Se trata de un enriquecimiento injusto e indebido y, para evitarlo, el dinero o los bienes obtenidos gracias a este deben ser devueltos. Lo esencial de esta figura es que el partícipe desconoce la procedencia delictiva de ese capital.

Un tribunal bajo presión

Todos los ojos estarán puestos hoy en el tribunal. Si rechazan los recursos, la imagen de la hermana del actual Rey de España sentada en el banquillo de los acusados dará la vuelta al mundo. Si los estiman tras considerar que no hay pruebas que demuestren el conocimiento de las actividades de su marido, defraudarán a todos aquellos que veían el juicio a Cristina de Borbón no sólo como una causa justa, sino como un castigo a la Monarquía.

Respecto del delito fiscal, diversas fuentes jurídicas señalan que no está tan claro que la Sala resuelva sobre el fondo o explique que, debido a la conocida 'doctrina Botín' dictada por el Tribunal Constitucional, un tribunal no puede juzgar a una persona por un delito que tiene un perjudicado directo y este o el fiscal no acusan. En este caso, del delito fiscal el perjudicado es Hacienda y este organismo sostiene que Cristina de Borbón no ha cometido ningún delito, el mismo criterio que el fiscal. Basándose en esta doctrina, en este caso una única acusación popular no puede actuar en contra de la mujer de Urdangarin. Distinto es el caso del blanqueo de capitales porque el perjudicado se entiende va más allá porque afecta a intereses generales. Los tres magistrados basarán su decisión es aspectos puramente jurídicos, aunque decidan lo que decidan tendrá una repercusión y proporciones desorbitadas.

La Audiencia Provincial de Palma tiene en sus manos exculpar hoy a la infanta Cristina del caso Nóos, tal y como pide no sólo su defensa, sino la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado, basándose en informes de la Agencia Tributaria y policiales que sostienen que no hay base para acusarla de delito fiscal y blanqueo de capitales, tal y como ha mantenido el juez José Castro.

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