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¿A quién defiende la Abogacía del Estado?
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posición contradictoria en el 'caso aizoon'

¿A quién defiende la Abogacía del Estado?

¿A quién defiende la Abogacía del Estado? La pregunta puede parecer retórica, pero no lo es. En el caso Aizoon se ha apartado de la Agencia Tributaria

Foto: La infanta Cristina. (Reuters)
La infanta Cristina. (Reuters)

¿A quién defiende la Abogacía General del Estado? La pregunta puede parecer retórica, pero no lo es. En el caso de la infanta Cristina se ha apartado de la posición que mantiene la Agencia Tributaria, que, como se sabe, no ha encontrado delito en las actuaciones de la hija del jefe del Estado. Sin embargo, y pese a ello, ha decidido no recurrir el auto del juez Castro ante la Audiencia de Palma de Mallorca que proclama, precisamente, su imputación, por lo que tendrá que declarar el próximo ocho de febrero.

¿Qué quiere decir esto? Pues que sobre un mismo asunto el Estado tiene dos posiciones. O dos planteamientos, como se prefiera. La primera, la que representa la propia Abogacía General, que da por bueno el auto del juez Castro al no presentar el correspondiente recurso. La segunda, la de la Agencia Tributaria, que ha dado argumentos sólidos desde un punto de vista técnico para pedir al instructor, por el contrario, que no llame a declarar a la Infanta.

Una evidente contradicción que cuestiona la defensa del principio de legalidad, en última instancia la verdadera función de la abogacía. Si la Agencia Tributaria sostiene que el comportamiento de la Infanta se ajusta a la ley, ¿por qué la Abogacía General del Estado no defiende ese planteamiento ante los órganos encargados de dirimir los recursos y presenta el correspondiente al caso Aizoon?

placeholder El abogado de la infanta Cristina Miquel Roca. (EFE)

Mantener dos posiciones por parte de diferentes instituciones del Estado en un asunto tan relevante parece, por lo tanto, incoherente. Claro está, salvo que la posición de la abogacía forme parte de una estrategia de Estado diseñada al alimón desde el despacho Roca y el palacio de la Zarzuela. Y no parece casualidad que el fiscal del caso –también encargado de defender el principio de legalidad– haya también declinado la presentación de un recurso. Otra cosa es lo que hagan los abogados defensores, que legítimamente deciden la mejor estrategia para sus clientes desde un punto de vista jurídico y, en este caso, hasta mediático.

Asistencia jurídica

No hay que olvidar que el reglamento de la abogacía deja bien claro que el servicio jurídico del Estado se constituye como el conjunto de órganos administrativos que “dan asistencia jurídica al propio Estado y a sus órganos administrativos”, y en todo caso, a “los restantes organismos y entidades públicas”.

Como es lógico, la Agencia Tributaria –que ha dicho que no hay delito contra la Hacienda Pública– está dentro de estos supuestos. De hecho, el propio reglamento establece que todos los abogados del Estado, incluidos lo que están adscritos al Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, “dependerán orgánica y funcionalmente de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y estarán incluidos en su relación de puestos de trabajo”.

Es decir, que existe una jerarquía evidente respecto de la abogada general, Marta Silva, que impide comportamientos o posiciones ‘autónomas’. No caben, por lo tanto, dos posiciones abiertamente contradictorias sobre un mismo asunto. O hay razones para imputar a la Infanta o no las hay, pero las dos cosas, como de forma activa asume la abogacía, son incompatibles.

Tampoco hay que olvidar, como sostienen ilustrados procesalistas, que las sospechas del juez Castro (el instructor) para convertirse en indicios tienen que ser previamente contrastadas. Y lo que ha dicho Hacienda es que no se siente perjudicada por las actuaciones de la infanta Cristina. No hay, por lo tanto, contraste posible. Y eso es, probablemente, lo que buscan los abogados de la Infanta.

¿A quién defiende la Abogacía General del Estado? La pregunta puede parecer retórica, pero no lo es. En el caso de la infanta Cristina se ha apartado de la posición que mantiene la Agencia Tributaria, que, como se sabe, no ha encontrado delito en las actuaciones de la hija del jefe del Estado. Sin embargo, y pese a ello, ha decidido no recurrir el auto del juez Castro ante la Audiencia de Palma de Mallorca que proclama, precisamente, su imputación, por lo que tendrá que declarar el próximo ocho de febrero.

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