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IAG estima un impacto positivo de 249 M por la anulación de la reforma fiscal de Montoro
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Tras la decisión del Constitucional

IAG estima un impacto positivo de 249 M por la anulación de la reforma fiscal de Montoro

Desglosa ese impacto en su último informe financiero anual tomando como ejemplo lo que sucedería si hubiese aplicado los efectos de la sentencia en sus cuentas de 2023

Foto: Aviones de Iberia, aerolínea que forma parte del grupo IAG. (EP/Gustavo Valiente)
Aviones de Iberia, aerolínea que forma parte del grupo IAG. (EP/Gustavo Valiente)
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IAG, el holding de aerolíneas al que pertenece Iberia, calcula un impacto positivo de unos 249 millones de euros en sus cuentas gracias a la decisión del Tribunal Constitucional de anular la reforma del Impuesto de Sociedades que ejecutó el exministro Cristóbal Montoro. Se convertiría así en la segunda empresa más beneficiada por las devoluciones masivas que afronta Hacienda, solo por detrás de Telefónica.

El grupo aéreo desglosa ese impacto en su último informe financiero anual, tomando como ejemplo lo que sucedería si hubiese aplicado los efectos de la sentencia en sus cuentas de 2023. Según sus estimaciones, obtendría unos 83 millones, correspondientes al impuesto de sociedades que pagó de más entre los ejercicios 2016 y 2022. Es una cantidad que podría elevarse, ya que la compañía manifiesta que "está evaluando actualmente los posibles intereses adeudados". Por otro lado, considera que el montante que le correspondería recibir por el ejercicio 2023 asciende a unos 108 millones.

Prevé así que Haciende le ingrese 191 millones de forma directa, mientras que los 58 millones restantes "son una estimación del ahorro a futuro", tal y como explican fuentes de la compañía. Es un cálculo que realiza atendiendo al impacto que habrá en el impuesto en diferido, porque el grupo de aerolíneas espera ahora "poder utilizar una mayor parte de sus pérdidas fiscales históricas" para pagar menos por el Impuesto de Sociedades.

La cuestión está en que las empresas, cuando tienen pérdidas, acumulan un activo fiscal para reducir el pago de impuestos cuando tienen beneficios. Hacienda, con Montoro al frente, limitó en 2016 el uso de bases imponibles negativas desde el 70% al 25%. Supuso un hachazo fiscal, ya que se debe tener en cuenta que muchas compañías habían acumulado bases imponibles negativas importantes por las pérdidas sufridas en la matriz o en filiales durante la crisis financiera, entre 2008 y 2012.

Las empresas, cuando tienen pérdidas, acumulan un activo fiscal para reducir el pago de impuestos cuando tienen beneficios

El Tribunal Constitucional ha tumbado ese límite a comienzos de este año y Hacienda afronta ahora devoluciones masivas a grandes empresas. En concreto, el alto tribunal dictó el pasado 18 de enero de 2024 una sentencia por la que declaró inconstitucionales varias modificaciones del Impuesto de Sociedades realizadas en 2016 en el Real Decreto-Ley 3/2016, entre las que se incluye el mencionado límite del uso de base imponibles negativas.

Pese a esta decisión judicial, IAG advierte en su memoria que todavía "sigue existiendo incertidumbre sobre la aplicación de la anulación del Real Decreto-Ley 3/2016 y, por tanto, sobre la metodología con la que el grupo, junto con sus asesores fiscales externos, cuantifica los impactos de dicha anulación". Mantiene así la prudencia, sobre todo después de que el PSOE haya registrado una enmienda para intentar "paliar la pérdida recaudatoria" que supone la sentencia, según recoge Europa Press.

El Tribunal Constitucional ha tumbado este año ese límite y Hacienda afronta ahora devoluciones masivas a grandes empresas

El Ejecutivo de Mariano Rajoy aprobó las modificaciones en el Real Decreto-Ley 3/2016, limitando la mencionada compensación de la base imponible con pérdidas fiscales negativas históricas acumuladas. Por otro lado, si se habían deteriorado las inversiones en empresas filiales con anterioridad a 2013, y se habían deducido fiscalmente los deterioros, la nueva norma obligó a las sociedades, con carácter retroactivo, a revertir fiscalmente dichos deterioros, reconociendo el efecto por igual en los cinco ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016.

El objetivo del decreto fue incrementar el pago de las empresas a Hacienda. "Los preceptos cuestionados han tenido, en conjunto y aisladamente considerados, un impacto notable en elementos estructurales de una pieza fundamental del sistema tributario como es el Impuesto de Sociedades, afectando a la esencia del deber de contribuir de los obligados por este tributo, por lo que deben declararse inconstitucionales y nulos", señaló el Constitucional en una sentencia en la que fue ponente el magistrado César Toloso.

Por el principio de seguridad jurídica, apuntó el alto tribunal, no pueden revisarse obligaciones tributarias ya devengadas y liquidaciones que no fueran impugnadas. Sin embargo, en previsión a un posible cambio, las empresas afectadas, como en este caso IAG, habían impugnado las declaraciones de Sociedades. Y el propio Tribunal Económico Administrativo Central, órgano dependiente de Hacienda, ha reconocido que la sentencia del Constitucional modifica el régimen de uso de bases imponibles negativas.

IAG, el holding de aerolíneas al que pertenece Iberia, calcula un impacto positivo de unos 249 millones de euros en sus cuentas gracias a la decisión del Tribunal Constitucional de anular la reforma del Impuesto de Sociedades que ejecutó el exministro Cristóbal Montoro. Se convertiría así en la segunda empresa más beneficiada por las devoluciones masivas que afronta Hacienda, solo por detrás de Telefónica.

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