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El juez castiga a KKR por la quiebra de Dentix: "Es contraria a la buena fe"
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GUERRA CONTRA EL ADMINISTRADOR

El juez castiga a KKR por la quiebra de Dentix: "Es contraria a la buena fe"

El magistrado rechaza la petición del fondo estadounidense de apartar al administrador concursal, al considerar que se trata de una maniobra para dilatar su posible culpabilidad

Foto: Una mujer pasea enfrente de una clínica Dentix. (EP)
Una mujer pasea enfrente de una clínica Dentix. (EP)
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El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, que tramita la quiebra de Dentix, dictó este miércoles un auto en contra de la petición de Kohlberg Kravis Roberts (KKR) de apartar al administrador concursal de la gestión de la cadena dental española por presunto conflicto de interés. Lejos de atender la petición del segundo mayor fondo de capital riesgo del mundo, el magistrado Andrés Sánchez Magro considera que su solicitud "puede considerarse contraria a la buena fe y rozar el abuso de derecho y fraude de ley".

Con esta contundencia, el juez encargado de la liquidación de Dentix desestima la exigencia de KKR, que el pasado 1 de septiembre reclamó que se apartase a Ius Aequitas de la gestión de lo que queda del grupo dental, que se declaró en concurso de acreedores en noviembre de 2020. Una suspensión de pagos derivada, según su fundador, Ángel Lorenzo Muriel, del incumplimiento contractual del fondo estadounidense, que inicialmente, a finales de 2020, se había comprometido a inyectar 20 millones en la compañía y convertir en capital préstamos por 160 millones de euros.

Tres años después, el administrador concursal emitió en julio un informe en el que ya indicaba que la insolvencia se había producido por la marcha atrás de KKR, que en febrero de 2020 anuló la ampliación de capital al estimar que, tras hacer una due diligence o análisis profundo de las cuentas, la situación real de Dentix no se correspondía a la que le había trasmitido su fundador. Semanas más tarde, Linklaters, el despacho del fondo americano, solicitó al juzgado quitar los poderes a Ius Aequitas al considerar que había un conflicto de interés porque había participado previamente en la venta de 78 clínicas a Adven para que los clientes pudieran ser atendidos en sus tratamientos. Una decisión ratificada por el juzgado, pero que en su opinión perjudicaba sus intereses.

El magistrado no paralizó el caso, como pretendía KKR, apoyado en una reclamación de la Agencia Tributaria, para que no se emitiera el definitivo informe de calificación, en el que se dicta quién es el causante último de la quiebra. El pasado 23 de octubre, el administrador reiteró su conclusión sobre el papel de KKR al tildar su participación en la quiebra de "culpable" legal, lo que conlleva responsabilidades económicas muy graves. Pero, además, pidió medidas cautelares millonarias para cubrir el déficit concursal de Dentix, calculado entre 350 y 400 millones de euros.

Foto: Logo de KKR. (Reuters/Brendan McDermid)

Este miércoles, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid afirma en su escrito que debe "afear la conducta procesal de KKR Funds por el contexto en el que esta se ha desarrollado y el ataque a la independencia de la administración concursal que entraña". Por ello, tras rechazar su petición, lo condena en costas con "expresa temeridad procesal (…) pues su conducta bien puede considerarse contraria a la buena fe", para añadir que, "como acertadamente señala la concursada, es sintomático de un posible claro abuso de derecho".

En el auto, el juzgado destaca la contradicción de KKR, que a finales de 2021, 10 meses después de la venta de las clínicas a Advent, admitió la validez de Ius Aequitas como mediador para tratar de alcanzar un acuerdo con Muriel. Negociaciones que se extendieron hasta finales de 2022. Es decir, le pareció que el administrador sí era neutral e imparcial. Por ello, Sánchez Magro agrega que "bajo la cobertura del cauce de separación y utilizando argumentos forzados contrarios a derecho y a lo resuelto con carácter firme [la venta de las clínicas] por este juzgado, KKR Funds pretende en verdad impedir o al menos retrasar su afección por la calificación de culpable de los concursos del Grupo Dentix anunciada por la administración concursal". El caso está pendiente del informe final de Ius Aequitas y el de la Fiscalía, a partir de los cuales el juzgado tomará una decisión definitiva.

Manipulación de las cuentas

Junto a la batalla mercantil, KKR ha iniciado una guerra penal contra Muriel, contra quien ha presentado una querella por los delitos de falsedad en las cuentas, estafa e insolvencia punible. La querella, que es respaldada por informe pericial de la firma estadounidense de investigación Kroll, ha sido admitida a trámite por el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional, según se detalla en el último informe concursal.

En la misma, KKR considera que Muriel e Igor Albiol, el director financiero, llevaron a cabo una manipulación consciente de la contabilidad y de las cuentas anuales, con la finalidad de ocultar la verdadera situación económica y financiera del Grupo Dentix. Además, acusa al fundador de enriquecerse a costa de la empresa, al distribuirse beneficios millonarios de forma encubierta que le permitieron hacerse con un patrimonio personal valorado en varias decenas de millones de euros, incluidas mansiones y coches de lujo.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, que tramita la quiebra de Dentix, dictó este miércoles un auto en contra de la petición de Kohlberg Kravis Roberts (KKR) de apartar al administrador concursal de la gestión de la cadena dental española por presunto conflicto de interés. Lejos de atender la petición del segundo mayor fondo de capital riesgo del mundo, el magistrado Andrés Sánchez Magro considera que su solicitud "puede considerarse contraria a la buena fe y rozar el abuso de derecho y fraude de ley".

KKR Dentix Concurso de acreedores
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