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Técnicas Reunidas sube en bolsa tras anular la AN la multa de 143 millones
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Técnicas Reunidas sube en bolsa tras anular la AN la multa de 143 millones

Ha estimado el recurso de la empresa contra una serie de resoluciones del TEAC de mayo de 2018 sobre el impuesto de sociedades de los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011

Foto: Juan Lladó, presidente de Técnicas Reunidas. (Reuters/Andrea Comas)
Juan Lladó, presidente de Técnicas Reunidas. (Reuters/Andrea Comas)

Espaldarazo para Técnicas Reunidas. La Audiencia Nacional ha anulado una sanción de 143 millones de euros impuesta en 2018 por el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) a la empresa española, lo que ha animado su cotización al avanzar un 1,12% al cierre de la sesión.

En una sentencia fechada el pasado 27 de enero a la que ha tenido acceso EFE, la Sala de lo Contencioso ha estimado el recurso de la empresa contra una serie de resoluciones del TEAC de mayo de 2018 sobre el impuesto de sociedades de los ejercicios 2008, 2009, 2010 y 2011, cuyo importe ascendía a 142.890.242,24 euros.

Lo que ha tenido en cuenta la Audiencia Nacional es la responsabilidad tributaria de las Uniones Temporales de Empresas (UTE) con las que la empresa opera en el extranjero, así como los modelos de precios de transferencia utilizados por Técnicas Reunidas en las transacciones intragrupo. La controversia se refería a la regularización relativa a las operaciones vinculadas entre las 11 UTE que habían sido objeto de comprobación, de cada una de las cuales se habían dictado los correspondientes acuerdos de liquidación.

La regularización consistió en determinar la base imponible de cada una de ellas en un importe igual a cero, y el ajuste correspondiente en la liquidación del impuesto sobre sociedades de Técnicas Reunidas; como la base imponible resultó igual a cero, se eliminaron los ajustes al resultado contable de Técnicas Reunidas.

Ante las resoluciones del TEAC, Técnicas Reunidas alegaba que todo se hizo conforme a derecho, e indicaba que los ajustes practicados en su base imponible en concepto de rentas exentas procedentes de UTE que operan en el extranjero eran adecuados, ya que las UTE sí aportan valor añadido. Dicho valor añadido, y, por consiguiente, la base imponible, coincide con el declarado por las UTE y sus miembros en los referidos ejercicios, añadía; estas UTE operan en el extranjero y, por tanto, "sus miembros pueden aplicar a las rentas obtenidas" la exención tributaria prevista por la ley, señala la sentencia.

Espaldarazo para Técnicas Reunidas. La Audiencia Nacional ha anulado una sanción de 143 millones de euros impuesta en 2018 por el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) a la empresa española, lo que ha animado su cotización al avanzar un 1,12% al cierre de la sesión.

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