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El Gobierno tendrá que autorizar el plan de IAG para Air Europa si Globalia recibe ayudas
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Así está regulado por real decreto

El Gobierno tendrá que autorizar el plan de IAG para Air Europa si Globalia recibe ayudas

El Fondo de Solvencia para Empresas puesto en marcha por el Ejecutivo y dotado de 10.000M hará seguimiento de las firmas a las que preste su ayuda y tomará parte de las decisiones estratégicas

Foto: Avión de Air Europa, en el aeropuerto de Palma de Mallorca. (EFE)
Avión de Air Europa, en el aeropuerto de Palma de Mallorca. (EFE)
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No habrá barra libre. El fondo de apoyo de solvencia para empresas estratégicas, el ente público de la SEPI dotado con 10.000 millones de euros para ayudar a compañías cuya viabilidad peligra por los efectos de la crisis del covid-19, mantendrá un seguimiento de aquellas empresas a las que ayude tras el desembolso de los fondos. En ese proceso, tendrá que autorizar todas las decisiones estratégicas que se tomen sobre la misma y afecten al acuerdo de rescate mientras el dinero no se haya devuelto. Incluso cuando haya un cambio de accionista.

Así viene regulado en el Real Decreto 25/2020, según apuntan fuentes expertas conocedoras de este fondo de ayudas públicas. Esto quiere decir que Globalia, que ha solicitado ya ayudas del Gobierno para salvar la empresa de la quiebra, tendría que contar con el visto bueno del Ejecutivo si su aerolínea, Air Europa, es finalmente vendida a IAG, la multinacional británica dueña de Iberia y Vueling. La operación, anunciada en noviembre de 2019, se frenó tras la irrupción de la crisis del coronavirus, que ha afectado con dureza al sector de las aerolíneas. Entonces, ambas empresas habían pactado la operación por 1.000 millones, una cifra que IAG ya ha dicho que en este contexto no se sostiene.

Uno de los asuntos clave en la operación es saber qué ocurrirá con las condiciones que la SEPI imponga a Air Europa, si esta recibe ayudas públicas del fondo de rescate, en el caso de que la compañía cambie de manos. La respuesta es clara: el Ejecutivo monitorizará todo el proceso hasta que la empresa logre devolver las ayudas que le sean concedidas en cuestión. Para el seguimiento, el Consejo Gestor del fondo de solvencia, el máximo órgano de este ente público, tendrá que autorizar cualquier decisión que afecte a la empresa.

Foto: El consejero ejecutivo de Globalia, Javier Hidalgo. (Carmen Castellón)

Este consejo asesor está formado por el presidente de la SEPI, la Secretaría de Estado de Energía, la Secretaría de Estado de Economía, la Secretaría de Estado de Industria y la Subsecretaría de Hacienda. En última instancia, serán estos altos cargos los que den el visto bueno sobre el futuro de las empresas rescatadas. El objetivo del Gobierno es que empresas que han visto comprometida su viabilidad por el covid puedan recuperar la situación patrimonial que tenían previa a la pandemia.

En el seguimiento de las firmas rescatadas, se pretende apoyar a empresas estratégicas españolas, para que mantengan sus centros operativos en España, así como los puestos de trabajo. Cualquier decisión crítica de los dueños de una empresa que ha recibido fondos públicos habrá de ceñirse al acuerdo de viabilidad que hayan firmado entre las partes, y que contará con estas restricciones vinculadas al interés público. Eso también aplica a cuestiones económicas: las empresas rescatadas no podrán dar dividendos a sus accionistas o pagar bonus a sus directivos hasta que no se hayan devuelto los fondos de titularidad pública.

La manera de ayudar por parte de la SEPI no será única. Tendrá que estudiar caso por caso, revisando minuciosamente las operaciones

La manera de ayudar por parte de la SEPI no será única. Tendrá que estudiar caso por caso. En algunos casos, se tratará de participación directa en el capital de la compañía, lo que también conllevará la asunción de los derechos políticos de la compra de ese capital social. De esta forma, se reservará el derecho de poder estar en el consejo de administración, aunque esta decisión también será particular de cada acuerdo de rescate. Pero también habrá instrumentos híbridos, como préstamos participativos y otro tipo de figuras financieras que se utilizan en estos casos. Estas ayudas, por otro lado, son independiente de los avales del ICO o la solicitud de ERTE.

El proceso de obtención del rescate cuenta con unos plazos reglados y en última instancia deberá contar con la aprobación del Consejo de Ministros, apuntan las fuentes consultadas. Este plazo será de seis meses. En el caso de que la ayuda supere los 250 millones de euros, tendrá que superar el filtro de Bruselas. En suma, el plazo concluirá el 30 de junio de 2021, según estableció la Comisión Europea cuando activó este tipo de ayudas de Estado excepcionales, que no podrían darse en una situación distinta a la de la actual crisis. De hecho, este plazo parece muy ajustado para llegar a tiempo y distintos países de la Unión, entre ellos España, ya han solicitado una ampliación.

Foto: Avión de Air Europa. (Reuters)

La obtención de los fondos deberá pasar un escrutinio de varias fases antes de hacerse realidad. En primer lugar, está la solicitud formal de información. Posteriormente, se hará la petición formal de las ayudas por parte de las empresas. En ese momento, empezarán a contar los seis meses, cuando el silencio administrativo será considerado como negativo. Ahí, la SEPI procederá a hacer los análisis de las solicitudes y las 'due diligences' sobre las empresas, para las que contará con asesoramiento financiero y legal externo. En último término, el consejo asesor formado por altos cargos del Gobierno elevará la solicitud de ayudas concreta al Consejo de Ministros, quien tomará la decisión final.

Por ahora, tres empresas han pedido información formalmente y otras tres ya han hecho la solicitud de las ayudas. No obstante, de manera más informal, ya hay más compañías que están mostrando interés. Además de Duro Felguera y Globalia, se espera que otras firmas como Abengoa o Celsa hagan uso de este fondo. Toda la información relativa a las compañías deberá ser tratada con máxima confidencialidad para evitar un daño reputacional que pueda afectar a la operativa de las compañías, salvo en el caso de las cotizadas, que deben advertir de sus movimientos al mercado.

Foto: Logo de Duro Felguera. (Reuters)

Los expertos consultados aseguran que se trata de ayudas vinculadas exclusivamente a daños por el covid-19, con lo que cualquier situación de crisis previa no se resarcirá. La idea es poner la empresa en situación patrimonial del 31 de diciembre de 2019. Y no son ayudas baratas. De hecho, los tipos de interés establecidos son crecientes, yendo de los 250 puntos básicos en el primer año hasta los 950 puntos básicos a partir del octavo año si para entonces no se han devuelto las ayudas. Además, en caso de que no se resuelvan las devoluciones, el Estado va incrementando su participación en las empresas.

El Real Decreto-ley 25/2020 fue aprobado el 3 de julio y el fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas se formó el 7 de agosto. Por otro lado, el otorgamiento de fondos no tiene por qué ser el que la empresa solicita sino lo que el Gobierno estime. El Ejecutivo ya se prepara para los posibles litigios que puedan surgir. El canal para posibles demandas de las firmas que no estén de acuerdo con las resoluciones de la SEPI será la sala de lo contencioso administrativo de la Audiencia Nacional.

No habrá barra libre. El fondo de apoyo de solvencia para empresas estratégicas, el ente público de la SEPI dotado con 10.000 millones de euros para ayudar a compañías cuya viabilidad peligra por los efectos de la crisis del covid-19, mantendrá un seguimiento de aquellas empresas a las que ayude tras el desembolso de los fondos. En ese proceso, tendrá que autorizar todas las decisiones estratégicas que se tomen sobre la misma y afecten al acuerdo de rescate mientras el dinero no se haya devuelto. Incluso cuando haya un cambio de accionista.

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