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Quiebra de Lehman: el Supremo condena a Espírito Santo por no informar de los riesgos
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CONDENA A ESPIRITO SANTO A DEVOLVER 2 MILLONES

Quiebra de Lehman: el Supremo condena a Espírito Santo por no informar de los riesgos

El Tribunal Supremo ha considerado nula la venta de productos estructurados sobre bonos de Lehman Brothers cuando no se informaba bien de sus riesgos

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La Sala Civil del Tribunal Supremo ha considerado nula la venta de productos estructurados sobre bonos de Lehman Brothers cuando no se informaba adecuadamente de sus riesgos, algo habitual en la comercialización de los mismos. En este caso, el condenado ha sido Banco Espírito Santo (BES), que deberá devolver a 31 clientes de Guipúzcoa dos millones de euros que invirtieron a través de la entidad.

Los productos estructurados sobre bonos de Lehman pasaron a valer cero al quebrar la entidad norteamericana en septiembre de 2008: si una empresa quiebra, no paga sus deudas por definición, y los bonos son deuda. El problema es que muchos inversores compraron estos productos (depósitos, seguros, etc.) sin saber que debajo había bonos de Lehman ni que corrían este riesgo. La entidad más afectada fue Banif, el antiguo banco privado del Santander, que ofreció diferentes compensaciones a sus clientes para devolverles el dinero y evitar demandas. El 98% de los perjudicados aceptaron estas ofertas.

Lo más relevante de la sentencia es la argumentación del Supremo, que puede aplicarse a casos con muchos más perjudicados como el de las preferentes. Según su doctrina, no es suficiente con informar de los riesgos en los documentos contractuales en el momento de la firma, sino que deben haberse advertido claramente y con tiempo suficiente para poder tomar una decisión informada. El mes pasado, también dictó dos sentencias en las que ampliaba el plazo de prescripción de las preferentes a 15 años si el cliente pide incumplimiento del contrato, no nulidad, y que considera que la perpetuidad de estos productos no anula su comercialización.

El alto tribunal estima el recurso de los clientes de BES y anula una sentencia de la Audiencia de Guipúzcoa, que había absuelto al banco. Aunque los bonos que se vendieron correspondían a Lehman Brothers y al banco islandés Kaupfthing (que también quebró), en la presentación con 'power-point' de los productos que se mostraba a los clientes, los responsables del Banco Espírito Santo omitieron quiénes eran los emisores reales de los productos.

El Supremo ve fundamental que los clientes no fueran inversores cualificados y destaca que el banco no les informó adecuadamente "del considerable riesgo asociado a la operación (que llamativamente se calificaba como 'seguro de vida')". También destaca que solo en algunos documentos contractuales "muy accesorios", que no fueron entregados con la necesaria antelación, se hacían "puntuales referencias, en el seno del amplío condicionado general, a la existencia de riesgo".

La sentencia no considera admisible el argumento del banco de que los datos que no suministraron a los clientes, como la identidad de los emisores de los bonos y su alta calificación por las empresas de rating en 2005-2007, antes de que tanto Lehman como el banco Kaupfthing quebraran, eran incluso más favorables para la inversión.

En este sentido, Supremo subraya que los clientes deberían haber sido quienes, contando con la información exigida por la normativa del mercado de valores, "decidieran si dichos emisores les resultaban fiables, especialmente después de que se les suministrara información completa y clara sobre el riesgo de pérdida de su inversión que iba asociada a la insolvencia de esas empresas extranjeras, sin que existiera fondo de garantía que respondiera de tales pérdidas".

La Sala Civil del Tribunal Supremo ha considerado nula la venta de productos estructurados sobre bonos de Lehman Brothers cuando no se informaba adecuadamente de sus riesgos, algo habitual en la comercialización de los mismos. En este caso, el condenado ha sido Banco Espírito Santo (BES), que deberá devolver a 31 clientes de Guipúzcoa dos millones de euros que invirtieron a través de la entidad.

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