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Bruselas expedienta a España por seis directivas que debían transponerse a finales de 2023
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Procedimiento de infracción

Bruselas expedienta a España por seis directivas que debían transponerse a finales de 2023

La CE da un toque de atención a casi todos los países de la UE por distintas normas europeas que debían ser traspuestas a la legislación nacional antes del final de 2023

Foto: La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen. (EFE/Fehim Demir)
La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen. (EFE/Fehim Demir)
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La legislación europea debe ser traspuesta a la nacional antes de una determinada fecha. Si no se hace o se hace mal, la Comisión Europea, encargada de que se aplique correctamente el derecho de la Unión, debe tirar de las orejas a los Estados miembros en cuestión, amenazarlos o hasta llevarlos a los tribunales europeos hasta que cumplan y apliquen las directivas europeas. El 31 de diciembre de 2023 era la fecha límite para que empezaran a cumplirse un buen número de ellas. España, junto a otros Estados miembros, tiene tareas pendientes. Este jueves la Comisión Europea ha abierto seis procedimientos de infracción a España por seis directivas que debían haberse transpuesto antes de final de año.

El procedimiento de infracción comienza con el envío de una notificación formal, tras la que el Estado miembro puede dar explicaciones a la Comisión. Esta puede, después, enviar un dictamen motivado, en el que se explican con detenimiento las razones por las que el país en cuestión está incumpliendo la legislación europea. Si el Estado miembro sigue sin cumplir, entonces Bruselas puede llevar el asunto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), aunque en la mayoría de casos no suele ser necesario. En último caso, el Ejecutivo comunitario puede llegar a pedir al alto tribunal de Luxemburgo que imponga sanciones diarias al Estado miembro hasta que cumpla con la legalidad.

Seis directivas

La primera de las directivas que España no ha transpuesto a tiempo tiene que ver con el acuerdo internacional para el establecimiento de un impuesto mínimo de sociedades del 15%, el llamado "Segundo Pilar" del acuerdo de la OCDE. España, junto con Estonia, Grecia, Chipre, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y Portugal, no ha comunicado todavía "las medidas nacionales" para asegurar que se cumpla la Directiva (UE) 2022/2523, que entró en vigor este 1 de enero. Este acuerdo no está pensado tanto para países como España, sino para socios con impuestos extremadamente bajos, que suelen ser acusados por sus socios de ser paraísos fiscales encubiertos y permitidos.

La segunda directiva pendiente tiene que ver con el régimen de comercio de los derechos de emisión en la Unión Europea (ETS, por sus siglas en inglés), que refuerzan y amplían el marco existente, cubriendo ahora también el transporte marítimo e implantando "la tarificación del carbono en nuevos sectores de la economía mediante el establecimiento de un nuevo régimen de comercio de derechos de emisión independiente para los edificios, el transporte por carretera y los combustibles utilizados en pequeñas industrias emisoras". Además, los ingresos de este comercio se destinarán a un Fondo Social del Clima establecido en esta modificación de la directiva, que debía ser transpuesta como muy tarde el 31 de diciembre. En este caso son veintiséis los Estados miembros que todavía no han comunicado las medidas necesarias, es decir, todos los socios de la Unión Europea salvo uno: Dinamarca.

La tercera directiva tiene que ver con la inmigración altamente cualificada. La Unión Europea acordó una "Tarjeta Azul", reflejada en la Directiva (UE) 2021/1883, que establece "normas eficaces para atraer a trabajadores altamente cualificados a la UE" como "condiciones de admisión más flexibles, mayores derechos y la posibilidad de desplazarse y trabajar más fácilmente entre los Estados miembros de la UE". Esta directiva debería haberse traspuesto en noviembre, pero la Comisión Europea todavía no ha recibido una notificación formal de cumplimiento con dicho requisito de España ni de Bélgica, Bulgaria, Estonia, Francia, Croacia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Polonia, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia y Suecia.

El cuarto procedimiento de infracción se refiere a la directiva sobre el cargador común, que tiene como objetivo que haya un solo cargador universal, el USB-C, y que ha sido una iniciativa europea que ha contado con un importante respaldo público. "La Directiva también garantiza que la venta de cargadores esté disociada de la venta de dispositivos electrónicos y que los consumidores estén informados sobre el rendimiento de la carga, y allana el camino para soluciones armonizadas de carga inalámbrica", recuerda la Comisión Europea. La norma empezará a aplicarse a partir de finales de 2024 para teléfonos, cámara o tabletas, y a partir de abril de 2026 para ordenadores portátiles, pero debía estar transpuesta desde el 28 de diciembre de 2023.

La quinta directiva sin transposición por parte de España tiene que ver con la modificación de la norma europea sobre la protección de víctimas de accidentes de tráfico en la Unión Europea, aumentando el alcance, facilitando los controles de los seguros obligatorios y estableciendo un mecanismo para la indemnización de víctimas en caso de que la aseguradora responsable se dedique insolvente. Esta norma, que debía ser transpuesta a más tardar el 23 de diciembre de 2023, no ha sido trasladada a la legislación nacional ni por España ni por Bélgica, Bulgaria, Chequia, Alemania, Estonia, Grecia, Luxemburgo, Letonia, Hungría, Malta, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia ni Finlandia.

La quinta tiene que ver con la modificación de la norma europea sobre la protección de víctimas de accidentes de tráfico

Por último, España tampoco ha transpuesto tiene que ver con la directiva sobre gestores y compradores de crédito, que crea un mercado secundario de préstamo de dudoso cobro (los non-performing loan, NPLs, por sus siglas en inglés) con normas para la "autorización y supervisión de los compradores y administradores de créditos y proporcionando un conjunto de criterios armonizados que permiten a los administradores de créditos comercializar NPL transfronterizos". Además de España, Bélgica, Bulgaria, Chequia, Estonia, España, Francia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía y Eslovenia deberían haber comunicado medidas de transposición, a más tardar, el 29 de diciembre.

La legislación europea debe ser traspuesta a la nacional antes de una determinada fecha. Si no se hace o se hace mal, la Comisión Europea, encargada de que se aplique correctamente el derecho de la Unión, debe tirar de las orejas a los Estados miembros en cuestión, amenazarlos o hasta llevarlos a los tribunales europeos hasta que cumplan y apliquen las directivas europeas. El 31 de diciembre de 2023 era la fecha límite para que empezaran a cumplirse un buen número de ellas. España, junto a otros Estados miembros, tiene tareas pendientes. Este jueves la Comisión Europea ha abierto seis procedimientos de infracción a España por seis directivas que debían haberse transpuesto antes de final de año.

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