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¿Estás obligado a presentar la declaración de la renta? Estos son los límites de salario
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¿Estás obligado a presentar la declaración de la renta? Estos son los límites de salario

La campaña de la renta 2017-2018 está ya en su recta final y solo se podrán presentar las declaraciones del ejercicio pasado hasta el próximo 2 de julio

Foto: Mujer trabajando | Pixabay
Mujer trabajando | Pixabay

Presentar la declaración de la Renta es un trámite anual por el que deben pasar todos los contribuyentes que en España cotizan a título personal. Pese a ello, la administración establece un límite de ingresos mínimos que hay que percibir para estar obligado a realizarlo, dejando exenta a una parte de la población. Concretamente no tendrán que presentar la documentación necesaria a Hacienda quienes cumplan estas condiciones:

Si cobras menos de 22.000 euros

La Agencia Tributaria establece que están obligados a presentar la declaración todos los contribuyentes personas físicas residentes en España, excepto aquellos hayan recibido exclusivamente rentas procentes de rendimientos de trabajo personal iguales o inferiores a los 22.000 euros anuales siempre que procedan de un único pagador. En el caso de que existan varios pagadores en el mismo ejercicio, también estarán exentos quienes no lleguen a los 22.000 euros anuales teniendo en cuenta que la suma del segundo pagador, y posteriores si los hay, no alcancen en conjunto los 1.500 euros. En caso de alcanzarlos, el límite extento se establecerá en los 12.000 euros anuales.

También tendrán el límite en 22.000 euros percibidos al año aquellos que cuenten con rendimientos de trabajo consistentes únicamente en pensiones de la Seguridad social y de clases pasivas, de planes de pensiones, de seguros colectivos, de mutualidades de previsión social, de planes de previsi´n social empresarl, planes de previsión aseguradosy prestaciones de seguros de dependencia

El límite es de 12.000 euros para estos casos:

El límite se establecerá en también en 12.000 euros para aquellos que perciban pensiones compensatorias de cónyuge o anualidades por alimentos no exentas; cuando el pagador de los rendimientos de trabajo no esté en la obligación de retener; y cuando se perciben rendimientos íntegros de trabajo sujetos a un tipo fijo de retención.

1.600 euros de ganancia patrimonial y dividendos

Estarán exentos también quienes solo perciban ingresos por rendimiento de capital mobiliario y/o ganancias patrimoniales que no superen los 1.600 euros anuales. Es decir, que no ingresen por ganancia patrimonial o intreses, dividendos, plusvalía o bonos y obligaciones, más de1.600 euros al año.

1.000 euros de beneficios o 500 de pérdida

Tampoco tendrán que presentar declaración de la renta quienes hayan obtenido rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales no superen los 1.000 euros en total. Así como los que hayan obtenido únicamente pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Presentar la declaración de la Renta es un trámite anual por el que deben pasar todos los contribuyentes que en España cotizan a título personal. Pese a ello, la administración establece un límite de ingresos mínimos que hay que percibir para estar obligado a realizarlo, dejando exenta a una parte de la población. Concretamente no tendrán que presentar la documentación necesaria a Hacienda quienes cumplan estas condiciones:

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