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Primera sentencia a favor de las interinas de Sanidad en Galicia tras el fallo de la UE
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el Servicio Gallego de Salud "recurrirá al 99%"

Primera sentencia a favor de las interinas de Sanidad en Galicia tras el fallo de la UE

Un juzgado de Vigo reconoce a tres enfermeras y seis auxiliares de enfermería como indefinidas después de llevar desde 2008 firmando contratos temporales con una duración de seis meses

Foto: Manifestación de la Marea Blanca, organizada por la Mesa en Defensa de la Sanidad Pública, integrada por plataformas de trabajadores y usuarios además de sindicatos. (Efe)
Manifestación de la Marea Blanca, organizada por la Mesa en Defensa de la Sanidad Pública, integrada por plataformas de trabajadores y usuarios además de sindicatos. (Efe)

Nueve días después de lasentenciadel Tribunal de Justicia de la UEque declaró ilegal la concatenación de contratos temporalespara cubrir un puesto permanente en Sanidad, la justicia española ha reconocido a tres enfermeras y a seis auxiliares de enfermería como indefinidas después de llevar desde 2008 firmando contratos temporales con una duración de seis meses.

Según una sentenciadel19 de septiembre a la que ha tenido acceso El Confidencial, el Juzgadode los ContenciosoAdministrativo nº 2 de Vigo considera quelos contratos eventuales firmados constituyen un fraude de ley y queestas nueve trabajadoras tienen que ser reconocidas como personal indefinidodel Servicio Gallego de Salud (Sergas). Por ello, obliga a este organismo público a crear nueve plazas de carácter estructural y reconocerles su antigüedad desde el primer día en el que firmaron su primer contrato temporal. Además, acusa a Sergas dehaber actuado con desviación de poder.

Contratos de seismeses ysin vacaciones

Enconversación con el abogado que ha llevado el caso, Fabián Valero Moldesy su equipo de Zeres Abogados, las empleadasencadenaban contratos eventuales de seis meses a un año de duración desde 2008 -una de las demandantes-,2009 -seis de ellas- y desde 2011 - las dos restantes- en los que se indicaba que eran contratadas por "necesidades asistenciales". En este sentido, la sentencia es clara y afirma que estas necesidades no solo no eran temporales, sino que eran "permanentes o estructurales inherentes a la prestación regular y ordinaria del servicio y no a la cobertura de necesidades de carácter coyuntural o extraordinario" ante la falta de personal en la plantilla.

Estas nueve empleadas trabajaron de forma "ininterrumpida" con este tipo de contratos desde hace al menosocho años, lo que supone que durante este tiempo "no disfrutaron de vacaciones" y estuvieron sin descansar "durante años" ya que les eran retribuidas económicamente cuando finalizaba su contrato de seis meses. Incluso, cualquieraccidente laboral hacía peligrar la renovación del contrato, ya que si alguna de ellas solicitaba una baja laboral y su contrato estaba a punto de expirar, este no le era renovado porque las "necesidades asistenciales" continuaban en los seis meses posteriores. "Es una situación de abuso", consideran.

Foto: Encuentro digital con Egoitz Begoña y Daniel Macho, abogados laboralistas de Arinsa

El Servicio Gallego de Salud tiene 15 días desde la publicación de la sentencia para recurrirla, algo que, según Zeres Abogados, "tiene un 99% de posibilidades" de que ocurra aunque la posibilidad de que llegue a buen puerto es muy baja. "Hay muchas posibilidades de ganar esto y más ahora con la sentencia del del Tribunal de Justicia de la UE", apuntan.

Las nueve trabajadoras continúan en su puesto de trabajo hasta que la sentencia sea definitiva concatenando contratos temporalesde manera indefinida. Si durante los próximos meses alguna de ellas es cesada, se considerará una "vulneración de los derechos fundamentales" que, previa sentencia, irá acompañada de una indemnización por daño moral.

Habrá más demandas y sentencias favorables

ElSindicato de Auxiliares de Enfermería de Galiciareconoce queson "bastantes" los casos de trabajadores que se encuentran en esta situación. "Casi todos son contratos basura que no garantizan en absoluto una estabilidad", dice, advirtiendo de que la "calidad de vida" de estos empleados no solo no es mala sino que, además, "no pueden planificar nada" de cara al futuro.

Desdela sede central de este sindicato en Madridconsideran que a partir de esta sentencia será mucho "más fácil" que empiecen a interponerse "más demandas" como la de estas nueve trabajadoras y haya un mayor número de "sentencias en firme" que reconozcan a estos trabajadores como indefinidos después de años con contratos temporales cada 6 o 12 meses.

Igual indemnización para los temporales

El Tribunal de Justicia de la UE también establece en la sentencia que no sepuede discriminar en las indemnizaciones por despido a trabajadores fijos y temporales, de forma que ambas categorías de asalariados reciban una compensación económica de 30 días por año trabajado.

La sentencia exige a los tribunales españoles que reconozcan a ambos tipos de empleados por igual, mientras que la norma vigente en España hasta ahora estipula que los trabajadores temporales deben ser indemnizados con entre 8 y 12 días de sueldo por año de servicio, o nada en el caso de que sean interinos.

Nueve días después de lasentenciadel Tribunal de Justicia de la UEque declaró ilegal la concatenación de contratos temporalespara cubrir un puesto permanente en Sanidad, la justicia española ha reconocido a tres enfermeras y a seis auxiliares de enfermería como indefinidas después de llevar desde 2008 firmando contratos temporales con una duración de seis meses.

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