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Soberano revolcón del Supremo al Gobierno por meterse a hacer de juez con las TV
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OBLIGA A 'APAGAR' DE INMEDIATO NUEVE CANALES

Soberano revolcón del Supremo al Gobierno por meterse a hacer de juez con las TV

El Tribunal Supremo afea al Ejecutivo que se abrogara la potestad de retrasar la aplicación de la sentencia que obliga a las TV a 'devolver' canales.

Foto: Un empleado del centro de control de emisiones de la Torre de Comunicaciones de Collserola. (EFE)
Un empleado del centro de control de emisiones de la Torre de Comunicaciones de Collserola. (EFE)

Montesquieu definió la separación entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial como uno de los pilares de un Estado libre y no arbitrario. Y para regenerar de verdad el país, no sería accesorio que algunos miembros del Gobierno aprovecharan los festejos navideños para volver la vista al año 1748 y repasar El espíritu de las leyes. Todo después de que el Supremo confirmara ayer en un auto la obligación de las televisiones de devolver nueve canales concedidos sin concurso en la era Zapatero y, de paso, afeara al Ejecutivo que se arrogara la potestad de retrasar la aplicación del fallo inicial. El Alto Tribunal no se muerde la lengua en su resolución.

“La suspensión o inejecución de una sentencia, sea de manera definitiva o meramente transitoria, como es el caso, no es una decisión que puedan adoptar las partes, ni siquiera el Consejo de Ministros en pretendida defensa de intereses generales. En efecto, la Ley de la Jurisdicción es taxativa, como no podía dejar de ser, en que la potestad de hacer ejecutar las sentencias y demás resoluciones judiciales corresponde exclusivamente al tribunal sentenciador (…), mientras que las partes están obligadas sin más a cumplirlas en los términos en que éstas se consignen”, expone la resolución sin ambages. Un soberano varapalo al Ejecutivo.

La cronología de los hechos arranca en noviembre de 2012. En esas fechas, el Supremo hacía pública una sentencia en la que anulaba el último reparto de canales del PSOE, al haber entrado antes en vigor la Ley de la Comunicación Audiovisual y obligar ésta a concederlos vía concurso. Ya sorprendió entonces que la primera reacción de las cadenas fuera deslizar sotto voce que estaban previstas reuniones con el Gobierno para buscar una solución al problema. La vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, comparecía en marzo para dar la de cal y la de arena. Por un lado, aseguraba que los canales dejarían de emitir. Por otra y con el fin de “salvaguardar los objetivos de interés general derivados de la liberación del dividendo digital”, les permitía seguir en antena “transitoriamente”.

Es este sí pero no –una decisión en su día vista como una forma de ganar tiempo para alcanzar un acuerdo con las compañías afectadas– lo que el Supremo rebate en respuesta al recurso contencioso-administrativo contra la decisión del Consejo de Ministros interpuesto por la demandante original, Infraestructuras y Gestión 2002. Al punto de declarar nulo ese acuerdo del Gobierno, lo que obliga al apagón de los canales. “Procede (…) estimar la pretensión de nulidad, en cuanto supone una decisión unilateral de la Administración contraria al fallo que debe ejecutar, que ni ha sido solicitado por el procedimiento legalmente establecido, ni encuentra fundamento en las razones que se esgrimen”, insiste el auto.

La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría. (EFE)Para mayor escarnio del Ejecutivo popular, el Alto Tribunal recuerda que la Ley de Jurisdicción solo contempla dos situaciones de suspensión de sentencias. En primer lugar, imposibilidad material o legal. Y en segundo término, causas de interés público. Y no ve el Supremo cómo puede acudirse a este último escenario, ya que no parece que la sentencia obligue a entrar en guerra: “El Gobierno de la Nación no ha declarado que pueda concurrir alguna de las causas de utilidad pública o utilidad social por causa de la ejecución. (…) Por lo demás, tampoco podría razonablemente pensarse que dichas causas (peligro cierto de alteración grave del libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, temor fundado de guerra o el quebranto de la integridad del territorio nacional), pudieran suscitarse como consecuencia de este proceso”.

La eventual imposibilidad material o legal debía haber sido comunicada al Tribunal en los dos meses siguientes al fallo, algo que no hizo.“Sólo lo anterior determina ya la nulidad de pleno derecho del punto segundo del Consejo de Ministros”, expone el auto, en el que ha actuado como ponente Eduardo Espín Templado. Precisamente, la argumentación de la Abogacía del Estado, para defenderel acuerdo del cónclave ministerial, aludía a la complejidad del proceso de liberación del dividendo digital y a las dificultades técnicas para ejecutar la sentencia antes de cerrar ese proceso. “Tales dificultades existen con o sin nulidad del acuerdo, y la cesación de determinados canales en nada obstaculiza”, expone el órgano jurisdiccional.

Apagón no tan inminente

La resolución de ayer deja claro que nueve canales deben inmediatamente irse a negro. En concreto, tres de Atresmedia y dos de Mediaset, Vocento y Unidad Editorial, respectivamente. ¿Será ya? Fuentes jurídicas explican a este diario que la cuestión es inminente, aunque depende de la fecha en que el Gobierno reciba comunicación oficial del fallo. “Esto es premioso. La sentencia original fue de noviembre y el Gobierno tenía dos meses para pronunciarse. Lo hizo en marzo porque hasta enero no se dio por enterado. Eso sí, desde que tenga la notificación, tendrá que justificar cada día que se retrase”, subrayan. Otro frente que se abre es si el Gobierno amortizará espectro o, como parecería razonable, convoca los concursos para adjudicar nuevos canales. Todo con grupos como 13TV a la espera de cadena propia.

Tdt-informeLas cadenas reaccionaron ayer con cierta resignación. Primero, porque ya se lo esperaban. El signo del auto rondaba desde hacía días por el sector. Y segundo, porque el nivel de afectación difiere. Y es que para los dos grandes la cuestión no tiene tanto impacto como para los pequeños. Eso sí, sí algo puede inquietar a Atresmedia es que pierde un canal más que Mediaset. Por su parte, Vocento y Unidad Editorial sí se ven más afectados, ya que tienen todos sus canales arrendados y perciben un canon anual de cuantía no menor. Por ejemplo y como publicaba esta semana El Confidencial, la editora de El Mundo recibe 2,2 millones este año de 13TV. Ha llegado a percibir seis millones de euros. De hecho, consigna esas frecuencias como un activo en su balance.

“Lo peor no es la pérdida de canales –explican fuentes del sector–. Lo peor sería que el Gobierno decidiera ahorrarse el espectro para facilitar la transición al dividiendo digital. Eso impediría competir a medio plazo en cuestiones como la HD. Sin contar con el frente judicial. Al Ejecutivo se le abre ahora un panorama de demandas contra el Estado por daños. Los grupos han acometido inversiones para poner en marcha los canales nuevos, se ha alquilado a terceros…”. En efecto, operadores extranjeros que han entrado arrendados en el sector pueden legítimamente cuestionarse la seguridad jurídica bajo la que se opera en España. Nada diferente de lo que ya saben las eléctricas.

Montesquieu definió la separación entre los poderes ejecutivo, legislativo y judicial como uno de los pilares de un Estado libre y no arbitrario. Y para regenerar de verdad el país, no sería accesorio que algunos miembros del Gobierno aprovecharan los festejos navideños para volver la vista al año 1748 y repasar El espíritu de las leyes. Todo después de que el Supremo confirmara ayer en un auto la obligación de las televisiones de devolver nueve canales concedidos sin concurso en la era Zapatero y, de paso, afeara al Ejecutivo que se arrogara la potestad de retrasar la aplicación del fallo inicial. El Alto Tribunal no se muerde la lengua en su resolución.

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