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“Antes de 2007, los registradores ya estaban ciegos y los registros llenos de auténtica basura”
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PILAR BLANCO-MORALES EX DIRECTORA GENERAL DEL REGISTRO

“Antes de 2007, los registradores ya estaban ciegos y los registros llenos de auténtica basura”

La polémica está servida. Este jueves, los registradores denunciaban que el cambio legislativo de 2007 les ha impedido negarse a registrar aquellas hipotecas en las que consideran que existen cláusulas abusivas.

Foto: “Antes de 2007, los registradores ya estaban ciegos y los registros llenos de auténtica basura”
“Antes de 2007, los registradores ya estaban ciegos y los registros llenos de auténtica basura”

La polémica está servida. Este jueves, los registradores denunciaban que el cambio legislativo de 2007 les ha impedido negarse a registrar aquellas hipotecas en las que consideran que existen cláusulas abusivas.

Dicho cambio, orquestado por el exministro de Justicia Mariano Fernández Bermejo, y respaldado por Pilar Blanco-Morales Limones, entonces directora general de Registros y del Notariado, provocó, según los registradores, que “en los últimos cinco años los registros se hayan llenado de hipotecas con cláusulas abusivas”. De “auténtica basura”, fueron las palabras de este colectivo.

La respuesta no se ha hecho esperar. Pilar Blanco-Morales, en un correo electrónico remitido a este periódico asegura que antes de esta reforma, los registradores estaban “ciegos” y los registros ya estaban llenos de “auténtica basura”. Y basa dichas afirmaciones remitiéndose a la hipoteca de Mohamed Aziz, cuyo caso ha servido de base al Tribunal de Luxemburgo (TJUE) para poner de manifiesto las ineficiencias de la normativa española en materia de desahucios. La hipoteca en cuestión, se firmó el 19 de julio de 2007, “cinco meses antes de la entrada en vigor de la Ley 41/2007”. 

A lo que los registradores responden que la sentencia del TJUE no califica de abusivas las cláusulas del contrato hipotecario de Mohamed Aziz, sino que la decisión de valorar si éstas tienen carácter abusivo o no corresponde al juez nacional en base a la directiva europea y española.

La exdirectora general de los registradores califica de mentirosos a Alfonso Candau, el decano presidente del Colegio de Registradores de España y a Belén Madrazo, directora del Servicio Registral de Protección a los Consumidores y Usuarios. "El Sr. Candau y la Sra. Madrazo, no sólo estaban ciegos y sus registros llenos de basura, sino que además mienten. Cuando detectaban la presencia de cláusulas abusivas, las registraban", explica Pilar Blanco-Morales en dicho correo. 

Lista negra de cláusulas abusivas

Los acontecimientos de los últimos días -sentencia del Tribunal de Luxemburgo y comunicado del Tribunal Supremo sobre las cláusulas suelo- han puesto de manifiesto que la presencia de cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios no es anecdótica. Pero, ¿por qué son tan frecuentes? y, lo más importante, ¿por qué se permiten? 

En España, son varias las leyes que declaran abusivas determinadas cláusulas, por lo que su presencia sería nula en una hipoteca. En concreto, la Ley General de Consumidores y Usuarios contiene una 'lista negra' –artículos 82 a 90- en base a la cual, los registradores deben rechazar las hipotecas que las contengan. Como también deben rechazarlas cuando se trate de cláusulas declaradas judicialmente nulas por sentencia firme e inscrita en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación -artículo 84-, o cuando dichas cláusulas sean contrarias a una norma imperativa o prohibitiva que claramente las rechace.

Al margen de estos tres supuestos y, tras la reforma legislativa, corresponde a los jueces valorar cuándo una cláusula es abusiva o no lo es. Ni la Ley General de Consumidores y Usuarios, ni la sentencia del Tribunal de Luxemburgo establecen, por ejemplo, a partir de qué porcentaje un interés de demora es abusivo o si debería declararse nula la cláusula que contempla que la muerte de un avalista permite dar por vencido todo el préstamo. En esto casos, corresponde a los jueces, caso por caso, en base a la interpretación de la ley determinar si dichas cláusulas son abusivas o no. “Para un juez, un interés de demora del 18% puede ser abusivo pero para otro no”, aclaran los abogados consultados.

Prueba de ello fue la falta de acuerdo entre los jueces madrileños para sacar adelante una propuesta que permita unificar criterios y establecer a partir de qué porcentaje se considera abusivo el interés que están aplicando los bancos a la hora de reclamar las deudas a sus clientes hipotecarios

En medio de este cruce de declaraciones, los registradores insisten en la necesidad de recuperar el control preventivo "que se nos cercenó en 2007". Y piden la vuelta al modelo anterior ya que consideran que "la mejor manera de proteger al consumidor es prevenir".

La polémica está servida. Este jueves, los registradores denunciaban que el cambio legislativo de 2007 les ha impedido negarse a registrar aquellas hipotecas en las que consideran que existen cláusulas abusivas.