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El Gobierno interviene el monopolio de las gestoras e impone multas de 800.000 euros
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El Gobierno interviene el monopolio de las gestoras e impone multas de 800.000 euros

“Está en la mente de todos los problemas que las entidades de gestión han tenido en este país”, así legitimó Wert la intervención en las gestoras

Foto: La Guardia Civil entra en la sede Sociedad General de Autores y Editores de Madrid, en 2011. Comenzaba la operación SAGA. (EFE)
La Guardia Civil entra en la sede Sociedad General de Autores y Editores de Madrid, en 2011. Comenzaba la operación SAGA. (EFE)

“Está en la mente de todos los problemas que las entidades de gestión han tenido en este país y en otros”, con estas palabras en referencia a la SGAE y el caso SAGA, el ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, justificaba la intervención sobre las sociedades de gestión de derechos de propiedad intelectual presente en el proyecto de reforma de la ley que arranca su camino parlamentario. Tras el Consejo de Ministros, Wert apuntó que las entidades deberán presentar cuentas anuales, se someterán a auditorias y a las tarifas que la Administración Pública determine. Todas se someterán al estricto control del Estado.

¿Es una nacionalización de las sociedades de gestión de derechos de propiedad intelectual? “No, es un mecanismo de intervención sobre el monopolio que tienen las sociedades sobre estos derechos”, explica a El Confidencial una fuente de la Secretaría de Estado de Cultura, organismo que ha dirigido la negociación con todas las partes implicadas en esta reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI). “Son mecanismos de control que antes no existían y que se introducen para evitar, incluso, casos como el de las Fundaciones Arteria y Fundación Autor”, añade.

A pesar de las propuestas que lanza sobre obligaciones y sanciones a las que tendrán que enfrentarse las gestoras, la ley señala que lo que contiene el texto en estos momentos son medidas que subsanan estas deficiencias, pero que esperan que en una próxima ley se revise en profundidad el conjunto del sistema. El proyecto de la norma destaca tres tipos de medidas: uno, el catálogo de obligaciones para con las Administraciones y sus asociados; dos, infracciones y sanciones en consecuencia; y tres, los límites de los ámbitos de responsabilidad ejecutiva de las administraciones.

UNO / Las cuentas por delante

Las entidades deberán presentar sus cuentas anuales. Debe incluir información sobre las actividades, como los importes totales de la facturación y de la recaudación del ejercicio; el importe total repartido, desglosado por cada derecho y modalidad; un informe sobre la evolución y la situación de la entidad; las cantidades destinadas al cumplimiento de la función social prevista, desglosadas por conceptos y por proyectos; o las modificaciones de los estatutos aprobadas. Todas someterán a auditoría sus cuentas anuales, eso sí, los auditores son nombrados por la entidad.

DOS / Lo tomas o lo dejas

Las entidades de gestión, a partir de ahora, están obligadas a negociar y contratar en condiciones equitativas y no discriminatorias con quien lo solicite, tal y como se puede leer en la Ley, a la que ha tenido acceso este periódico. Además, deben establecer tarifas generales, simples y claras que determinen la remuneración exigida por la utilización del repertorio. Deberán actuar bajo los principios “de buena fe y transparencia”. Pero también se regula la relación con sus socios. Las sociedades están obligadas a presentar rendición de liquidaciones y de los pagos.

Deberán establecer el importe de las tarifas en “condiciones razonables”. ¿Eso qué quiere decir? Que deben buscar “el justo equilibrio” teniendo en cuenta el grado de uso efectivo del repertorio, la intensidad y relevancia del uso, la amplitud del repertorio de la entidad, los ingresos económicos obtenidos por el usuario, las tarifas establecidas con otros usuarios para la misma modalidad, las tarifas de otras entidades de la UE.

TRES / El gran hermano te interviene

Las Administraciones tienen facultades de supervisión sobre las gestoras, como actividades de inspección y control, las “que consideren convenientes”. Las entidades están obligadas a colaborar y a atender con rapidez los requerimientos de información y documentación. Se crea la Comisión de Propiedad Intelectual, cuya Sección Primera ejercerá el control sobre las empresas: corregirá tarifas si hay petición, resolverá conflictos sobre la gestión de los derechos y, lo más importante, determinará las tarifas para la explotación y velará por que las tarifas establecidas por las entidades sean equitativas y no discriminatorias.

CUATRO / Las multas de Cultura

La inhabilitación para operar corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Las infracciones cometidas por las entidades pueden ser muy graves, graves y leves. Las muy graves son aquellas que muestren la “ineficacia manifiesta y notoria” en la administración de los derechos que la entidad tiene encomendados. También cuando se realicen actividades que no sean de protección o de gestión de los derechos de propiedad intelectual.

Las graves son el incumplimiento de las condiciones del contrato de gestión, el reparto de cantidades recaudadas de manera arbitraria y no equitativa, la resistencia a la actuación inspectora de las administraciones, el menosprecio a las quejas de los socios. Y faltas leves se entienden que son la falta de atención a los requerimientos de las administraciones y los incumplimientos formales o documentales.

CINCO / Y las sanciones

Por las faltas muy graves a la entidad se le impondrá la inhabilitación para operar o una multa de entre un 1% y un 2% de la recaudación total obtenida por la entidad en el año en que se le multa. En defecto de recaudación se impondrá una multa no superior a 800.000 euros ni inferior a 400.000 euros. Por las infracciones graves: multa no superior al 1% de la recaudación o multa de 200.000 a 400.000 euros. Por las leves: una multa no superior a 200.000 euros ni a un 0,5% de su recaudación.

SEIS / Pasen por caja

En las negociaciones mantenidas por José María Lassalle, Secretario de Estado de Cultura, con todas las partes tuvo que hacer frente a una petición de los clientes del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, los hoteleros. Se quejaban del descontrol para pagar. Varias entidades reclamaban al tiempo cantidades que se solapaban por un mismo derecho. Con la creación de la “ventanilla única” el cobro de recaudación debería ganar en eficacia: las entidades tienen cinco meses más tres para acordar los términos de creación, financiación de esta ventanilla. Si no hay acuerdo incurren en sanción grave con multa. La ley crea un intermediario, una persona jurídica privada que gestionará el cobro. Luego, las entidades de gestión se reparten lo recaudado. De esta manera se evita que al hotelero le lleguen pidiéndole qué hay de lo suyo por el hilo musical, por la televisión, etc…

“Está en la mente de todos los problemas que las entidades de gestión han tenido en este país y en otros”, con estas palabras en referencia a la SGAE y el caso SAGA, el ministro de Educación, Cultura y Deporte, José Ignacio Wert, justificaba la intervención sobre las sociedades de gestión de derechos de propiedad intelectual presente en el proyecto de reforma de la ley que arranca su camino parlamentario. Tras el Consejo de Ministros, Wert apuntó que las entidades deberán presentar cuentas anuales, se someterán a auditorias y a las tarifas que la Administración Pública determine. Todas se someterán al estricto control del Estado.

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